CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO ALTO COSTO POR ACCIDENTE Y ENFERMEDAD ARTICULO I: DESCRIPCIÓN DEL SEGURO. Este seguro reembolsa los gastos por prestaciones ambulatorias y hospitalarias producidas por una enfermedad o accidente, paraasegurados de Isapre, Fonasa, Capredena, Dipreca oParticular, como también de otros seguros vigentes que posea el Asegurado. En caso de fallecimiento del asegurado titular por causa natural o accidental, se indemnizará a través de un capital asegurado. ARTICULO II: COBERTURAS El Aseguradorreembolsarálosgastosrazonables,acostumbradosyefectivamente incurridos durante la vigencia de la póliza, que se estipulan a continuación y según condiciones señaladas: Capital Asegurado cobertura de salud. a) El monto máximo reembolsable de gastos que se hayan efectuado en Clínica Universidad de los Andes (CUA) estará sujeto a la siguiente tabla: EventoCapital tope anual Si el siniestro ocurre antes del día en que el asegurado cumpla 74 años y 364 días: UF 30.000 (*1) Si la ocurrencia esdesde el día en que cumpla 75 años o fecha posterior: UF 10.000 (*2) (*1) 3.000 UF del capital tope pueden serutilizadas en otras instituciones de salud en Chile (OIS) o el extranjero distinto a Clínica Universidad de los Andes en caso de urgencia debidamente acreditada o por domicilio permanente fuera de la Región Metropolitana. (*2) 1.000 UF del capital tope pueden ser utilizadas en otras instituciones de salud en Chile (OIS) o el extranjero distinto a Clínica Universidad de los Andes en caso de urgencia debidamente acreditada o por domicilio permanente fuera de la Región Metropolitana. Premio a la permanencia. No obstante, lo anterior, si el asegurado titular lleva más de 5 años de vigencia ininterrumpida en la póliza, y siempre que se haya incorporado antes de los 69 años y 364 días, se entregará un beneficio a la permanencia mediante el cual el capital asegurado de la tabla precedente no será disminuido en todas aquellas prestaciones que sean realizadas en la Clínica Universidad de los Andes. Este premio no aplica para la cobertura de fallecimiento natural o accidental. Evento y duración del evento. Cada evento, tiene una duración máxima de 3 años a partir de la fecha de presentación del primer gasto, una vez transcurrido este plazo, se renovará el deducible y el capital tope correspondiente a
su nuevo tramo etario. La vigencia del nuevo evento es a partir del primer gasto presentado posterior a la fecha de vencimiento del evento anterior. En caso de que la enfermedad o accidente que dio origen a un evento objeto de reembolso se prolongue más allá del plazo indicado precedentemente, éste será considerado como un nuevo evento. Capital Asegurado cobertura de vida. El capital asegurado en caso de Fallecimiento del titular está sujeto a la siguiente tabla. EventoCapital Si el siniestro ocurre antes del día en que el asegurado titular cumpla 74 años y 364 días: UF 250 Si la ocurrencia del siniestro es desde el día en que el asegurado titular cumpla 75 años o fecha posterior: UF 50 En caso de fallecimiento del asegurado titular, la compañía de seguros pagará el beneficio por fallecimiento descrito en tabla anterior al o los beneficiarios designados, a falta de éstos, lo serán los herederos legales del asegurado titular. ARTICULO III: PRESTACIONES A continuación, se indica el detalle de prestaciones de salud contratadas por el asegurado para esta cobertura a) Para todas aquellas prestaciones incurridas en Clínica Universidad de los Andes (CUA) y otras instituciones de salud (OIS) no domiciliadas en la región metropolitana ya sea por domicilio permanente del contratante o sus cargas o por urgencia acreditada, rige el siguiente cuadro de coberturas: Cuadro de prestaciones hospitalarias% reembolso CUA% reembolso OIS Díascamamedicina,UTI,UCI, intermedioy recuperación 100%40% Servicios hospitalarios y medicamentos hospitalarios100%40% Drogasantineoplásicas,radioyquimioterapiapara tratamiento del cáncer e inmunoterapia 100%40% Hospitalizaciónpsiquiátricasiempreycuandosea derivada por medico CUA. 100%40% Diálisis100%40% Drogas inmunosupresoras para trasplantes de órganos100%40% Honorarios médicos quirúrgicos100%40% Prótesis y órtesis quirúrgicas100%40% Complicaciones del embarazo y parto100%40%
Cirugía dental por accidente100%40% Cirugía plástica reparadora por accidente100%40% Cirugía Plástica por Ginecomastia100%40% con tope UF 25 Cirugía por reducción mamaria100%40% con tope UF 40 Reconstrucción Mamaria post Mastectomía por Cáncer de manera Unilateral o Bilateral 100%40% con tope UF 25 por mama. Reembolso para servicio ambulancia aérea100%40% Reembolso para servicio ambulancia terrestre100%40% Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre50%40% Cuadro de prestaciones ambulatorias% reembolso CUA% reembolso OIS Gastos hospitalarios (Día cama, servicios hospitalarios, honorarios médicos, cirugía ambulatoria transitorio, honorarios médicos, derecho de pabellón, servicios hospitalarios y medicamentos intrahospitalarios) 100%40% Consultas médicas100%40% Exámenes de laboratorio100%40% Imagenología100%40% Procedimientos de diagnóstico y terapéutico100%40% Kinesiología y medicina física100%40% Prótesis y órtesis ambulatorias100%40% Drogas antineoplásicas, radio y quimioterapia para tratamiento del cáncer 100%40% Diálisis100%40% Drogas inmunosupresoras para trasplantes de órganos100%40% Tratamientos Psiquiátricos y psicológicos paliativos relacionados al evento que activó la cobertura. 100%40% Medicamentos ambulatorios50%40% Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre50%40% Psicología, psiquiatría (derivado por medico CUA)100%40% con tope UF 15 anual Tratamientos paliativos (derivado por medico CUA)100%40% Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre50%40 % Prestaciones médicas fuera de Clínica Universidad de los Andes. Cualquier prestación medica descrita en la tabla anterior que sea prestada en otra institución de salud en la Región Metropolitana y/o en extranjero, tendrá un 15% de rembolso, salvo que dicha prestación sea originada a través de una atención de urgencia. Si la atención de urgencia, corresponda a una emergencia con riesgo de muerte o de una secuela funcional grave, la cual debe ser certificada por el médico del servicio de urgencia al queingresa el paciente, indicando que las condiciones de la persona al momento del ingreso correspondían a una Urgencia Vital se otorgara cobertura como si fuese efectuada en la Clínica, una vez estabilizado el
pacientedeberásertrasladadoaClínicaUniversidaddelosAndesparacontinuarconlos tratamientos. De no existir una atención de urgencia, no serán cubiertas las prestaciones médicas realizadas en instituciones de salud domiciliadas en la Región Metropolitana y/o en el extranjero que no sea la Clínica Universidad de los Andes salvo lo descrito para OIS. Cláusula de Bonificación mínima Independiente del lugar en que se realice la prestación, este seguro cuenta con una cláusula de bonificación mínima de su sistema previsional de salud. En el caso que exista un reembolso del sistema de salud previsional y este sea menor a35%, se reembolsará sobre el65% del valor de la prestación, aplicando el porcentaje establecido en el plan y hasta la suma máxima indicada en el cuadro de beneficios. Si los gastos médicos no se encuentran cubiertos por el sistema de salud previsional del asegurado, sereembolsará el65% del valor de la prestación y hasta la suma máxima indicada en el cuadro de beneficios. Si los gastos no cuentan con sistema de salud de ningún tipo, se reembolsará sobre el65%del valor de la prestación, aplicando el porcentaje establecido en el plan y hasta la suma máxima indicada en el cuadro de beneficios. Esta condición aplica sólo para los gastos incurridos exceptuando de esta norma, medicamentos ambulatorios. ARTICULO IV: PRIMAS La prima es elcostodel seguro que ha de pagar un asegurado o contratante a la compañía aseguradora por la transferencia delriesgo,bajo las coberturas y condiciones descritas en la póliza. A continuación, se detalla la prima mensual neta para elasegurado titular, cobertura y tramo de edad, expresada en UF (Unidad de Fomento) Tramo Edad Cobertura18-2425-3435-4445-5455-6465-7475-8081 y más Fallecimiento (Cobertura Exenta Iva) 0,04000,05000,06000,10000,21000,26000,40000,4400 Hospitalario/Ambulatorio (Cobertura afecta IVA)0,42810,51320,53280,98781,97362,46443,67574,1342 Prima Total Mensual 0,46810,56320,59281,08782,18362,72444,07574,5742 En el siguiente cuadro, se detalla la prima mensual neta para los dependientes, cobertura y tramo de edad, expresada en UF (Unidad de Fomento)
Tramo Edad Cobertura0-1718-2425-3435-4445-5455-6465-7475-8081 y más Hospitalario/Ambulatorio (Cobertura afecta IVA)0,0720,45490,54670,57521,05642,11972,64463,95684,4414 Totalizado Mensual0,0720,45490,54670,57521,05642,11972,64463,95684,4414 El ajuste de primas por tramos de edad se realizará en la renovación de la póliza, con aviso previo de a lo menos 45 días. ARTICULO V: DEDUCIBLES Es el monto de los gastos reembolsables que siempre son de cargo del asegurado. a)Deducible.El deducible se aplicará por cada evento, por cada asegurado y por cada período de duración del reembolso del evento. Esta póliza considera un deducible único deUF 50 y no tiene variación en función de la edad del asegurado. b)Deducible 0 (cero).No se aplicará deducible a los gastos reembolsables en que incurra el asegurado cuando éstos provengan de prestaciones derivadas por un médico de Clínica Universidad delos Andes, de una de las siguientes operaciones quirúrgicas, enfermedades o accidentes: 1.Cáncer 2.Enfermedad Cerebrovascular 3.Infarto agudo de miocardio 4.Insuficiencia renal crónica 5.Esclerosis múltiple 6.Parálisis traumática de miembros superiores o inferiores 7.Pérdida traumática total de la de visión (ceguera) 8.Pérdida traumática total de la audición o sordera 9.Pérdida funcional de miembros inferiores o superiores 10.Trasplante de órgano mayor 11.Estado de coma 12.Revascularización coronaria (By pass) 13.Traumatismo encéfalo craneano 14.Enfermedad de Alzheimer 15.Enfermedad de Parkinson 16.Apendicitis 17.Angioplastia por balón, incluye stent Las definiciones de cada una del listado de aquellas patologías que permiten al asegurado acceder al beneficio de deducible cero, tanto como para el primer evento presentado por el asegurado como
y diagnosticada médicamente con anterioridad a la suscripción del contrato o a la incorporación del o la beneficiario/a, en su caso. Pudiendo rechazar el riesgo o establecer restricciones o limitaciones de cobertura. Lapólizanocubreeventosderivadosorelacionadosconenfermedadespreexistentes, entendiéndose por tales: cualquier enfermedad, patología, incapacidad, lesión, dolencia o condición de salud que afecte al asegurable y que haya sido conocida y diagnosticada porun profesional médico que, conforme a la Declaración Personal de Salud del Asegurado, la Compañía haya excluido de la cobertura y hayan sido aceptadas por el asegurado mediante una declaración especial. ARTICULO IX: VIGENCIA Esta cobertura es anual renovable, será renovada por periodos sucesivos y en base a las condiciones de renovación pactadaspor la compañía hasta el término de la vigencia de la cobertura de fallecimiento que corresponde a la cobertura principal del presente contrato estipulada en las condiciones generales. Relativo a la duración de la cobertura, la compañía se compromete a no poner término a su sólo arbitrio a la cobertura otorgada por esta póliza respecto de uno o más aseguradosen particular,auncuandoel respectivo asegurado oaseguradosse encuentren percibiendo los beneficios emanados de ella. Es requisito esencial que las primas correspondientes a las coberturas de la póliza se encuentren pagadas a sus respectivos vencimientos de manera de mantenervigente la póliza. ARTICULO X: CLAUSULA DE RENOVACIÓN AUTOMÁTICA Esta cobertura será renovada por periodos iguales y sucesivos a menos que alguna de las partes manifieste su opinión en contrario a través de un correo electrónico, el asegurado titular además debe adjuntar una copia de su cedula de identidad firmada (ambas caras), con una anticipación de, a lo menos, treinta (30) días corridos a la fecha del vencimiento de esta póliza. Sin embargo, en caso de que la Compañía Aseguradora decida no renovar esta póliza, la Compañía Aseguradora mantendrá su obligación de terminar el tratamiento por los eventos ocurridos con anterioridad a la fecha de término de esta póliza siempre y cuando el asegurado mantenga sus pólizas al día. Antes de cada renovación anual de esta cobertura, la Compañía Aseguradora podrá establecer nuevas primas para el siguiente periodo. Para tal efecto, la Compañía Aseguradora comunicará por escrito al Asegurado, con una anticipación de a lo menos cuarenta y cinco (45) días a lafecha de la renovación, el nuevo monto de las primas que deberán ser pagadas hasta el vencimiento del nuevo período anual. ARTICULO XI: PAGO DE BENEFICIOS CONTRATADOS En caso de que el Asegurado, a causa de un evento, incurra en un gasto susceptible de ser reembolsado o pagado en virtud de esta Póliza, el asegurado deberá notificar el evento a la compañía aseguradora, tan pronto sea posible una vez efectivamente incurrido en el Gasto Reembolsable. La rendición de gastos deberá efectuarse una vez que el asegurado ha hecho efectivo su sistema previsional o de salud al que se encuentre afiliado o adherido, Isapre, Fonasa, Particular, Caja de Previsión, Departamento o Servicios de Bienestar, el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales
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