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Más Seguro Alto Costo

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$22.373/mes

CONDICIONADO PARTICULAR SEGURO ALTO COSTO POR ACCIDENTE Y ENFERMEDAD
ARTICULO I: DESCRIPCIÓN DEL SEGURO.

Este seguro reembolsa los gastos por prestaciones ambulatorias y hospitalarias producidas por una
enfermedad o accidente, para asegurados de Isapre, Fonasa, Capredena, Dipreca o Particular,
como también de otros seguros vigentes que posea el Asegurado.

En caso de fallecimiento del asegurado titular por causa natural o accidental, se indemnizará a través
de un capital asegurado.

ARTICULO II: COBERTURAS

El Asegurador reembolsará los gastos razonables, acostumbrados y efectivamente incurridos
durante la vigencia de la póliza, que se estipulan a continuación y según condiciones señaladas:

Capital Asegurado cobertura de salud.

a) El monto máximo reembolsable de gastos que se hayan efectuado en Clínica Universidad de los
Andes (CUA) estará sujeto a la siguiente tabla:

Evento
Capital tope anual
Si el siniestro ocurre antes del día en que el
asegurado cumpla 74 años y 364 días:

UF 30.000 (*1)

Si la ocurrencia es desde el día en que
cumpla 75 años o fecha posterior:

UF 10.000 (*2)

(*1) 3.000 UF del capital tope pueden ser utilizadas en otras instituciones de salud en Chile (OIS)
o el extranjero distinto a Clínica Universidad de los Andes en caso de urgencia debidamente
acreditada o por domicilio permanente fuera de la Región Metropolitana.

(*2) 1.000 UF del capital tope pueden ser utilizadas en otras instituciones de salud en Chile (OIS)
o el extranjero distinto a Clínica Universidad de los Andes en caso de urgencia debidamente
acreditada o por domicilio permanente fuera de la Región Metropolitana.

Premio a la permanencia.

No obstante, lo anterior, si el asegurado titular lleva más de 5 años de vigencia ininterrumpida en la
póliza, y siempre que se haya incorporado antes de los 69 años y 364 días, se entregará un
beneficio a la permanencia mediante el cual el capital asegurado de la tabla precedente no será
disminuido en todas aquellas prestaciones que sean realizadas en la Clínica Universidad de los
Andes. Este premio no aplica para la cobertura de fallecimiento natural o accidental.

Evento y duración del evento.

Cada evento, tiene una duración máxima de 3 años a partir de la fecha de presentación del primer
gasto, una vez transcurrido este plazo, se renovará el deducible y el capital tope correspondiente a
su nuevo tramo etario. La vigencia del nuevo evento es a partir del primer gasto presentado
posterior a la fecha de vencimiento del evento anterior.

En caso de que la enfermedad o accidente que dio origen a un evento objeto de reembolso se
prolongue más allá del plazo indicado precedentemente, éste será considerado como un nuevo
evento.

Capital Asegurado cobertura de vida.

El capital asegurado en caso de Fallecimiento del titular está sujeto a la siguiente tabla.

Evento
Capital
Si el siniestro ocurre antes del día en que el asegurado
titular cumpla 74 años y 364 días:

UF 250

Si la ocurrencia del siniestro es desde el día en que el
asegurado titular cumpla 75 años o fecha posterior:

UF 50

En caso de fallecimiento del asegurado titular, la compañía de seguros pagará el beneficio por
fallecimiento descrito en tabla anterior al o los beneficiarios designados, a falta de éstos, lo serán
los herederos legales del asegurado titular.

ARTICULO III: PRESTACIONES

A continuación, se indica el detalle de prestaciones de salud contratadas por el asegurado para esta
cobertura

a) Para todas aquellas prestaciones incurridas en Clínica Universidad de los Andes (CUA) y otras
instituciones de salud (OIS) no domiciliadas en la región metropolitana ya sea por domicilio
permanente del contratante o sus cargas o por urgencia acreditada, rige el siguiente cuadro
de coberturas:

Cuadro de prestaciones hospitalarias
% reembolso CUA % reembolso OIS
Días cama medicina, UTI, UCI,
intermedio y recuperación

100%
40%
Servicios hospitalarios y medicamentos hospitalarios
100% 40%
Drogas antineoplásicas, radio y quimioterapia para
tratamiento del cáncer e inmunoterapia

100%
40%
Hospitalización psiquiátrica siempre y cuando sea
derivada por medico CUA.

100%
40%
Diálisis
100% 40%
Drogas inmunosupresoras para trasplantes de órganos
100% 40%
Honorarios médicos quirúrgicos
100% 40%
Prótesis y órtesis quirúrgicas
100% 40%
Complicaciones del embarazo y parto
100% 40%
Cirugía dental por accidente 100% 40%
Cirugía plástica reparadora por accidente
100% 40%
Cirugía Plástica por Ginecomastia
100% 40% con tope UF 25
Cirugía por reducción mamaria
100% 40% con tope UF 40
Reconstrucción Mamaria post Mastectomía por Cáncer
de manera Unilateral o Bilateral

100%
40% con tope UF 25
por mama.

Reembolso para servicio ambulancia aérea
100% 40%
Reembolso para servicio ambulancia terrestre
100% 40%
Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre
50% 40%
Cuadro de prestaciones ambulatorias
% reembolso CUA % reembolso OIS
Gastos hospitalarios (Día cama, servicios hospitalarios,
honorarios médicos, cirugía ambulatoria transitorio,
honorarios médicos, derecho de pabellón, servicios
hospitalarios y medicamentos intrahospitalarios)

100%
40%
Consultas médicas
100% 40%
Exámenes de laboratorio
100% 40%
Imagenología
100% 40%
Procedimientos de diagnóstico y terapéutico
100% 40%
Kinesiología y medicina física
100% 40%
Prótesis y órtesis ambulatorias
100% 40%
Drogas antineoplásicas, radio y quimioterapia para
tratamiento del cáncer

100%
40%
Diálisis
100% 40%
Drogas inmunosupresoras para trasplantes de órganos
100% 40%
Tratamientos Psiquiátricos y psicológicos paliativos
relacionados al evento que activó la cobertura.

100%
40%
Medicamentos ambulatorios
50% 40%
Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre
50% 40%
Psicología, psiquiatría (derivado por medico CUA)
100% 40% con tope UF 15
anual

Tratamientos paliativos (derivado por medico CUA)
100% 40%
Cobertura gastos médicos no cubiertos por Isapre
50% 40 %
Prestaciones médicas fuera de Clínica Universidad de los Andes.

Cualquier prestación medica descrita en la tabla anterior que sea prestada en otra institución de salud
en la Región Metropolitana y/o en extranjero, tendrá un 15% de rembolso, salvo que dicha prestación
sea originada a través de una atención de urgencia.

Si la atención de urgencia, corresponda a una emergencia con riesgo de muerte o de una secuela
funcional grave, la cual debe ser certificada por el médico del servicio de urgencia al que ingresa el
paciente, indicando que las condiciones de la persona al momento del ingreso correspondían a una
Urgencia Vital se otorgara cobertura como si fuese efectuada en la Clínica, una vez estabilizado el
paciente deberá ser trasladado a Clínica Universidad de los Andes para continuar con los
tratamientos.

De no existir una atención de urgencia, no serán cubiertas las prestaciones médicas realizadas en
instituciones de salud domiciliadas en la Región Metropolitana y/o en el extranjero que no sea la
Clínica Universidad de los Andes salvo lo descrito para OIS.

Cláusula de Bonificación mínima

Independiente del lugar en que se realice la prestación, este seguro cuenta con una cláusula de
bonificación mínima de su sistema previsional de salud. En el caso que exista un reembolso del
sistema de salud previsional y este sea menor a 35%, se reembolsará sobre el 65% del valor de la
prestación, aplicando el porcentaje establecido en el plan y hasta la suma máxima indicada en el
cuadro de beneficios.

Si los gastos médicos no se encuentran cubiertos por el sistema de salud previsional del asegurado,
se reembolsará el 65% del valor de la prestación y hasta la suma máxima indicada en el cuadro de
beneficios.

Si los gastos no cuentan con sistema de salud de ningún tipo, se reembolsará sobre el 65% del valor
de la prestación, aplicando el porcentaje establecido en el plan y hasta la suma máxima indicada en
el cuadro de beneficios.

Esta condición aplica sólo para los gastos incurridos exceptuando de esta norma, medicamentos
ambulatorios.

ARTICULO IV: PRIMAS

La prima es el
costo del seguro que ha de pagar un asegurado o contratante a la compañía
aseguradora por la transferencia del
riesgo, bajo las coberturas y condiciones descritas en la póliza.
A continuación, se detalla la prima mensual neta para el asegurado titular, cobertura y tramo de
edad, expresada en UF (Unidad de Fomento)

Tramo Edad

Cobertura
18-24 25-34 35-44 45-54 55-64 65-74 75-80 81 y
más

Fallecimiento (Cobertura Exenta Iva)

0,0400
0,0500 0,0600 0,1000 0,2100 0,2600 0,4000 0,4400
Hospitalario/Ambulatorio (Cobertura
afecta IVA)
0,4281 0,5132 0,5328 0,9878 1,9736 2,4644 3,6757 4,1342
Prima Total Mensual

0,4681
0,5632 0,5928 1,0878 2,1836 2,7244 4,0757 4,5742
En el siguiente cuadro, se detalla la prima mensual neta para los dependientes, cobertura y tramo
de edad, expresada en UF (Unidad de Fomento)
Tramo Edad
Cobertura
0-17 18-24 25-34 35-44 45-54 55-64 65-74 75-80 81 y
más

Hospitalario/Ambulatorio
(Cobertura afecta IVA)
0,072 0,4549 0,5467 0,5752 1,0564 2,1197 2,6446 3,9568 4,4414
Totalizado Mensual
0,072 0,4549 0,5467 0,5752 1,0564 2,1197 2,6446 3,9568 4,4414
El ajuste de primas por tramos de edad se realizará en la renovación de la póliza, con aviso previo
de a lo menos 45 días.

ARTICULO V: DEDUCIBLES

Es el monto de los gastos reembolsables que siempre son de cargo del asegurado.

a) Deducible. El deducible se aplicará por cada evento, por cada asegurado y por cada período
de duración del reembolso del evento.

Esta póliza considera un deducible único de UF 50 y no tiene variación en función de la edad
del asegurado.

b) Deducible 0 (cero). No se aplicará deducible a los gastos reembolsables en que incurra el
asegurado cuando éstos provengan de prestaciones derivadas por un médico de Clínica
Universidad de los Andes, de una de las siguientes operaciones quirúrgicas, enfermedades o
accidentes:

1. Cáncer

2. Enfermedad Cerebrovascular

3. Infarto agudo de miocardio

4. Insuficiencia renal crónica

5. Esclerosis múltiple

6. Parálisis traumática de miembros superiores o inferiores

7. Pérdida traumática total de la de visión (ceguera)

8. Pérdida traumática total de la audición o sordera

9. Pérdida funcional de miembros inferiores o superiores

10. Trasplante de órgano mayor

11. Estado de coma

12. Revascularización coronaria (By pass)

13. Traumatismo encéfalo craneano

14. Enfermedad de Alzheimer

15. Enfermedad de Parkinson

16. Apendicitis

17. Angioplastia por balón, incluye stent

Las definiciones de cada una del listado de aquellas patologías que permiten al asegurado acceder
al beneficio de deducible cero, tanto como para el primer evento presentado por el asegurado como
para los sucesivos a este, constituyen parte integrante de la póliza y se encuentran depositadas en
la Comisión del Mercado Financiero bajo el código POL 320210043.

ARTICULO VI: REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD

A continuación, se indican los requisitos de asegurabilidad de esta póliza:

Para las coberturas rigen los siguientes requisitos de asegurabilidad:

Titular / contratante
Edad mínima de ingreso; 18 años cronológicos
Edad máxima de ingreso: 79 años y 364 días
Permanencia vitalicia (120 años)

Cargas adicionales
Edad mínima de ingreso; 15 días cronológicos
Edad máxima de ingreso: 79 años y 364 días
Permanencia vitalicia (120 años)

ARTICULO VII: CLAUSULA DE CONVERTIBILIDAD

En el evento que una carga adicional asegurada quiera contratar una nueva póliza, para efectos de
ser un asegurado titular, manteniendo las coberturas y condiciones de la póliza actualmente vigente,
deberá cumplir los siguientes requisitos:

1. Contar con un certificado de cobertura vigente al mes anterior a la contratación de esta
cobertura, o bien demostrar a la Compañía que la carga que accede al beneficio de
convertibilidad posee una póliza y que esta se encuentra vigente sin primas impagas ni
siniestros en curso.

2. En caso de haber siniestros en curso, deberá mantenerse en la póliza de origen terminado
este o bien se entregará una póliza individual por el saldo del capital asegurado hasta el
término del evento que activo la cobertura principal.

3. El método y los datos del pagador deberán ser actualizados conforme al nuevo asegurado
titular de la nueva póliza.

Tendrá continuidad de cobertura todas las preexistencias que hubieren sido declaradas, aceptadas
y/o ocurridas en la presente póliza vigente en Seguros Sura, únicamente para la carga adicional que
se convierte en asegurado titular.

ARTICULO VIII: CONDICIONES GENERALES DE ASEGURABILIDAD

El asegurado titular deberá completar el formulario de incorporación y una DPS (Declaración
Personal de Salud) por él y por el grupo que va a asegurar.

La Compañía Aseguradora evaluará el ingreso a la póliza de aquellas personas que presenten
cualquier enfermedad preexistente, entendiéndose por tales: cualquier enfermedad, patología,
incapacidad, lesión, dolencia o condición de salud que afecte al asegurable y que haya sido conocida

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