PRODUCTO ONCOLOGICOTRATAMIENTO Artículo N°1Cobertura Descripción de las coberturas. a)Muerte Accidental En caso de fallecimiento del asegurado a causa directa de un accidente, la compañía pagará a los beneficiarios estipulados en estedocumento o a sus herederos legales, el capital asegurado. Se cubre el riesgo de fallecimiento a causa de accidente, hasta por un año a contar de la fecha de ocurrido el accidente y dentro de la vigencia de la póliza. Para efectos de este seguro se entiende por accidente, todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos, que afecten en su organismo al asegurado, tales como lesiones corporales determinadas por caídas, fracturas, heridas por armas de fuego, luxaciones, dilaceraciones, cortaduras, golpes, quemaduras de cualquiera especie, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramiento producidos por esfuerzos repentinos, como también estados septicémicos e infecciones que sean la consecuenciade heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas al organismo o bien se hayan desarrollado por efecto de contusiones. Se entenderá como fallecimiento a causa de accidente, aquel que ocurra a más tardar dentro de 1 año siguiente de ocurridoel accidente y que tenga directa relación con éste. b)TratamientoOncológico Recibirás el reembolso de los gastos médicos incurridos por el tratamiento del cáncer diagnosticado durante la vigencia del Seguro, incluye la extensión directa ometástasis, más detalle de la cobertura en el Articulo N°8. Artículo N°2Carencia Carencia:La cobertura del tratamiento oncológico tendrá una carencia de 60 días contados desde la fecha de inicio de vigencia de la póliza. Este no aplicará a sus renovaciones posteriores, sean automáticas o no. Dicho plazo de carencia se aplicará por cada Asegurado, de manera que si, durante el plazo previsto se incorporan nuevos Beneficiarios alapresentePóliza, la cobertura para los nuevos Beneficiarios empezará a regir una vez que transcurra dicho plazo de 60 días desde la fecha del correspondienteendoso.
Artículo N°3Definiciones 1)Cáncer o Enfermedad Oncológica:Es la proliferación de células malignas, caracterizado por su crecimientodescontrolado, la invasión de tejidos, incluyendo la extensión directa o metástasis, o grandes números de células malignas en los sistemas linfáticos o circulatorios, incluyendo la enfermedad de Hodgkin, leucemia, tumores sólidos, tumores hematológicos y carcinoma "in situ". 2)Deducible:La suma de dinero que deberá asumir el Afiliado para tener derecho a los beneficios del Plan Oncológico conforme a lo establecido en el Anexo respectivo. 3)Diagnóstico Oncológico:Proceso médico al que se llega después de realizar los análisis clínicos, obtener los resultados de pruebas, como análisis de sangre, biopsias, exámenes histopatológicos o citológicos, según corresponda y que confirman la existencia de un Cáncer y que debe ser emitido dentro de laRED DE SALUD UC CHRISTUS. 4)Evento Oncológico:Es el tratamiento de una Enfermedad Oncológica, es decir que ha tenido un Diagnóstico de Cáncer, durante la vigencia del Convenio. Para los efectos de este Convenio, el plazo o duración del Evento Oncológico es y será indefinido. 5)Preexistencia:CualquiercáncerpadecidoporunAfiliado,conocidaporéstey/o diagnosticada con anterioridad a la celebración del Convenio y/o antes de la incorporación de algún Beneficiario. 6)Sistema Previsional de Salud o El Sistema:Sistemade Salud Previsional integrado por instituciones y organismos públicos y privados. El sector público está representado por el Fondo Nacional deSalud, FONASA, y el sector privado por las Instituciones deSalud Previsional, ISAPRES. 7)Copago:Es la suma que debe pagar elAfiliado luego de aplicar la bonificación del Sistema Previsional, seguros complementarios u otras coberturas de salud, al valor convenido de la prestación médica otorgada. Artículo N°4Requisitos de Asegurabilidad a)Titular: AseguradoEdad Mínima de Ingreso Edad Máxima de Ingreso Edad Máxima de Permanencia Titular18 años69 años y 364 días79 años y 364 días b)Adicionales: AseguradoEdad Mínima de Ingreso Edad Máxima de Ingreso Edad Máxima de Permanencia Cónyuge / Pareja18 años69 años y 364días79 años y 364 días Hijos14 días23 años y 364 días24 años y 364 días
Artículo N°6Comisiones en UF Southbridge Compañía de Seguros Generales S.A. pagará un20% de comisión de la prima neta. Artículo N°7Exclusiones Las exclusionespara la cobertura de Accidentes Personalesson las señaladas en la POL 1 2014 0443, detalladas a continuación: No se efectuará el pago de las indemnizaciones establecidas en las coberturas que se indican en el número II de esta póliza, cuando el fallecimiento o lesiones del asegurado se produzcan directa o indirectamente, total o parcialmente a consecuencia de: a)Participaciónactivadel asegurado en acto terrorista, entendiéndose por acto terrorista toda conducta calificada como tal por la ley, así como el uso de fuerza o violencia o la amenaza de ésta, por parte de cualquier persona o grupo, motivado por causas políticas, religiosas, ideológicas o similares, con la intención de ejercer influencia sobre cualquier gobierno o de atemorizar a la población, o a cualquier segmento de la misma. b)La participación en peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa. c)ParticipaciónactivadelaseguradoenGuerra,rebelión,revolución,insurrección, sublevación, sedición, conspiración o motín, poder militar, operaciones militares para la obtención o mantención de la paz, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del país. d)Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por quien pudiere verse beneficiado por el pago de la cantidad asegurada. e)Suicidio o intento del mismo, auto mutilación o autolesión, o por lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento, cualquiera sea la época en que ocurra, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente. f)Desempeñarse como deportista de alto rendimiento o profesional según lo establecido en el artículo 8º de la Ley del Deporte Nº 19.712 de enero de 2001 y en el DFL 1 de 1970, respectivamente. g)Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principaldel asegurado. h)Ataques cardíacos, parálisis; ni los que ocurran estando el asegurado en estado de embriaguez, cuyo grado sea superior a 0.8 gramos de alcohol por 1.000 gramos de sangre al momento del accidente, o bajo la influencia de drogas, somníferos, alucinógenos o deshinibitorios, aun cuando ella sea parcial o en estado de sonambulismo. i)El uso, la liberación o el escape de los materiales nucleares que directa o indirectamente resulte en una reacción nuclear, radiación o contaminación radiactiva. Además, están excluidas las consecuencias de dispersión, utilización o escape de materiales biológicos y químicos patogénicos o venenosos. Sin embargo, lo mencionado anteriormente se aplica solamente si 50 o más personas resultan muertas o sufren lesión física seria, dentro del plazo de 90 días de la ocurrencia del incidente y que cause la muerte o lesión física seria. Para los propósitos de esta disposición, lesión física seria significa: (a) Lesión física que implica un riesgo substancial de la muerte; o (b) desfiguración física prolongada y obvia; o (c) pérdida
prolongada o debilitación de la función de un miembro corporal u órgano. j)Infecciones bacterianas, siempre y cuando estas no sean a consecuencia de una lesión accidental cubierta por esta póliza. Las exclusiones para la coberturadeOncológicoson las señaladas en laPOL320170147, detalladas a continuación: Esta coberturano otorga beneficios ni prestaciones de ningún tipo cuando ellos provengan, se originen, sean consecuencia, o corresponda a complicaciones derivadas de: 1)Curas de reposo, cuidado sanitario, periodos de cuarentena o aislamientos asociados a cáncer. 2)Tratamientos meramente estéticos, tales como procedimientos plásticos, cosméticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean parafines de embellecimiento o para corregir malformaciones. 3)Medicamentos, remedios, drogas e insumos, con excepción de los suministrados por el prestador.Tampoco se cubrirán recetas magistrales y remedios naturales ni tampoco se reembolsará porninguno de estos elementos adquiridos de forma particular en farmacias, supermercados o afines. 4)Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunar para el solo efecto preventivo, no inherente ni necesario para el tratamiento del cáncer. 5)Gastos por acompañantes, mientras el beneficiario se encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento, comida o similares. 6)Tratamientosefectuadosatravésdemediosdemedicinaalternativa,talescomo: acupuntura, iriología, reflexología, quiropraxia, etc. 7)Gastos que no estén expresamente indicados en el cuadro de coberturas. 8)Crio preservación. Compra de células madre, sangre, hemoderivadosy cualquier otro tejido u órgano. 9)Enfermedades, dolencias o situación de salud preexistentes. 10)La rehabilitaciónde efectos secundarios al cáncer y/o tratamiento, y los tratamientos de patologías benignas asociadas. 11)Toda prestación otorgada fuera de la red de Salud UC CHRISTUS. 12)Prestaciones realizadas antes del diagnóstico de Cáncer. 13)Prestaciones necesarias para certificar el diagnóstico del cáncer De este modo no se entiendenincluidosexámenesmédicos,delaboratorios,imágenes,procedimientos exploratorios, biopsias o similares, sean estos de diagnóstico inicial o de confirmación. 14)Atenciones particulares de enfermería. 15)No se otorgará cobertura a ningún Afiliado que no coincida con el parentesco requerido en el Formulario de Contratación Electrónico.
Artículo N°8Tratamiento oncológicoUC Christus 1.OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS. Son obligaciones delContratante y/o Beneficiario(s) dar estricto cumplimiento a las disposiciones de este Convenio y, en especial, las siguientes: 1.1.Comunicaralcorreoelectrónico[email protected],WhatsApp +56934485706 o Call center 22 6767070 (Horariode atención: lunes a viernes 08:00-20:00 hrs), que le ha sido diagnosticado Cáncer para activar los beneficios del seguro, en un plazo no superior a 60 días desde la fecha del diagnóstico. El Prestador se contactará con el Asegurado en un máximo de 2 díashábiles para indicarle el procedimiento a seguir. 1.2.Cumplir con los tratamientos prescritos por el Médico tratante o indicados por cualquier profesional médico de laRED DE SALUD UC CHRISTUS, además de otras indicaciones médicas que sean dispuestas para su propio beneficio, incluyendo asistir a los controles cuando corresponda. 1.3.Cumplir con las exigencias establecidas por el Prestador para garantizar el pago de las atenciones otorgadas en cada Establecimiento. 2.CONDICIONES PARA TENERDERECHO A LAS PRESTACIONES Y/O BENEFICIOS. Para tener derecho a utilizar los beneficios de este Convenio, el Afiliado reconoce, entiende, acepta y se obliga a: 2.1.Ser cotizante o carga del Sistema Previsional de Salud y mantener al momento de hacer efectivos los beneficios. 2.2.Si durante la vigencia del Convenio, el Afiliado cambiase de Sistema Previsional de Salud desde Isapre a Fonasa o viceversa, deberá comunicarlo alAseguradortan pronto como sea posible y en todo caso, dentro de los 30 días corridos desde que se materializó tal cambio. 2.3A partir del momento en que el Afiliado informe el cambio, el Prestador procederá a hacer los respectivos ajustes en los Planes y tarifas que correspondan. 3.OBLIGACIONES DEL PRESTADOR. El prestador se obligaa entregar todos los beneficios y/o prestaciones acordadas en el Convenio y Anexos. 4.RESTRICCIONES. Este Convenio sólo aplica respecto de atenciones médicas otorgadas en los Establecimientos Prestadores, porende,no reembolsa ningún gasto que se haya realizado o efectuado fuera de tales recintos. El Prestador no asumirá ni otorgará beneficio o prestación médica alguna, ni podrá verse obligado a efectuar algún tipo de reembolso, respecto de aquellos gastos que seoriginen o deriven de un Evento Oncológico y que hubiesen sido realizados o practicados en hospitales, clínicas, fundaciones, y en general cualquier tipo de centro asistencial que no sean los Establecimientos Prestadores.
Tampoco estarán cubiertos aquellos gastos que se origen producto de atenciones, consultas y/o procedimientos realizados fuera de los Establecimientos Prestadores, aun cuando se trate de médicos pertenecientes al staff del Prestador directa o indirectamente. 5.VALORIZACIÓN Y PAGO DE LAS PRESTACIONES Y/O BENEFICIOS. 5.1. Valorización de las Prestaciones y/o Beneficios:Para efectos de determinar el monto de los beneficios que se otorguen en virtud de este Convenio y monto máximo si llegase a aplicar, se establece que éstos se calcularánsegúnlos aranceles convenidos por el Prestador de acuerdo al Sistema Previsional de Salud del Afiliado, vigentes al momento de requerirse los beneficios. De la misma forma se valorizarán los honorarios médicos. 5.2. Garantía de Pago y mandatos decobro:Los Afiliados deberán garantizar el pago de las prestacionesy/obeneficiosdelPlanOncológicoconformealaspolíticasdecada establecimiento.Por ende, poseer el Plan Oncológico de laRED DE SALUD UC CHRISTUSno exime al Afiliado de la necesidadde cumplir con las exigencias del Prestador para garantizar el pago de las prestaciones y/o beneficios otorgados en cada Establecimiento Prestador, así por vía ejemplar deberá suscribir los pagarés y/o mandatos y/u otros documentos que conforme a la política de cada Establecimiento Prestador correspondan. Por consiguiente, al momento de iniciar la atención médica, el Afiliado deberá suscribir los documentos para garantizar tales pagos y también los mandatos respectivos para que se ejecute el cobro de lasprestaciones y/o beneficios de los sistemas de salud previsional y/o seguros y/u otros beneficios aplicables y/o tramitar el Afiliado los bonos y copagos con cada entidad respectiva según corresponda. 5.3. Copago:En caso de queexistan montos que excedanlos límites de cobertura o que correspondan a prestaciones y/o beneficios no cubiertos, éstos deberán ser pagados por el Afiliado al Establecimiento Prestador conforme a sus políticas aplicables al efecto. 6.PRESTACIONES Y/O BENEFICIOS EXCEPTUADOS DELCONVENIO. Este Convenio no otorga beneficios ni prestaciones de ningún tipo cuando ellos provengan, se originen, sean consecuencia, o corresponda a complicaciones derivadas de: (1) Curas de reposo, cuidado sanitario, periodos de cuarentena o aislamientos asociados acáncer (2) Tratamientos meramente estéticos, tales como procedimientos plásticos, cosméticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones. (3) Medicamentos, remedios, drogas e insumos, con excepción de los suministrados por el prestador. Tampoco se cubrirán recetas magistrales y remedios naturales ni tampoco se reembolsará por ninguno de estos elementos adquiridos de forma particular en farmacias, supermercados o afines. (4) Tratamientos,visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunar para el solo efecto preventivo, no inherente ni necesario para el tratamiento del cáncer. (5) Gastos por acompañantes, mientras el beneficiario se encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento,comida o similares. (6) Tratamientos efectuados a través de medios de medicina alternativa, tales como: acupuntura, iriología, reflexología, quiropraxia, etc. (7) Gastos que no estén expresamente indicados en el cuadro de coberturas (8) Crio preservación.Compra de células madre, sangre, hemoderivadosy cualquier otro tejido u órgano. (9) Enfermedades, dolencias o situación de salud preexistentes. (10) La