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PreferenteCódigo BFV2203A2

FULL VIDA A2/2203

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde
COPAGO FIJO
URGENCIA
SIMPLE
COPAGO FIJO
URGENCIA
COMPLEJA
EN ATENCIONES
HOSPITALARIAS
¿QUÉ ES UN PLAN FULL?
ES UN PLAN QUE CUBRE TODAS LAS ATENCIONES DE SALUD REALIZADAS POR CLÍNICA SANTA
MARÍA, ESTÉN O NO CODIFICADAS POR FONASA.
EN ATENCIONES
AMBULATORIAS
EN ATENCIONES DE URGENCIA
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE PERTENECER A UN PLAN FULL?
Cobertura Full
Para todas las atenciones médicas que realiza Clínica Santa
María, tales como: medicina robótica, cirugías oncológicas,
tratamientos contra el cáncer, trasplantes, cirugías cardíacas,
implantes cocleares, exámenes de laboratorio complejos, entre
otras.
Copagos Conocidos
en Urgencia
Cubre todas las prestaciones médicas de la urgencia, incluidos
los materiales y medicamentos.
Seguro
Catastrófi co
Incluye un seguro catastrófi co que cubre el 100% de los copagos
una vez completado el deducible.
Atención
Preferencial
Línea telefónica preferente, agendamiento de horas y atención
prioritaria en exámenes de laboratorio e imagenología.
LÍNEA PREFERENTE
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE PERTENECER A UN PLAN FULL?
Cobertura Full
Para todas las atenciones médicas que realiza Clínica Santa
María, tales como: medicina robótica, cirugías oncológicas,
tratamientos contra el cáncer, trasplantes, cirugías cardíacas,
implantes cocleares, exámenes de laboratorio complejos, entre
otras.
Copagos Conocidos
en Urgencia
Cubre todas las prestaciones médicas de la urgencia, incluidos
los materiales y medicamentos.
Atención
Preferencial
Línea telefónica preferente, agendamiento de horas y atención
prioritaria en exámenes de laboratorio e imagenología.
LÍNEA PREFERENTEPlan Full60% DE COBERTURA REAL
en Vidaintegra, Clínica Dávila y Clínica Vespucio
COPAGOS FIJOS en
Clínica Dávila – Clínica Vespucio
¿QUÉ ES UN PLAN FULL?
ES UN PLAN QUE CUBRE TODAS LAS ATENCIONES DE SALUD REALIZADAS POR CLÍNICA DÁVILA
Y CLÍNICA VESPUCIO, ESTÉN O NO CODIFICADAS POR FONASA.
Urgencia Adulto 1,0 UF 3,5 UF
Urgencia Pediátrica 0,95 UF 1,7 UF
Urgencia Maternidad 1,5 UF 3,5 UF
Para todas las atenciones médicas que realiza Clínica Dávila
y Clínica Vespucio, tales como: medicina robótica, cirugías
oncológicas, tratamientos contra el cáncer, trasplantes, cirugías
cardíacas, implantes cocleares, exámenes de laboratorio
complejos, entre otras.
70% DE COBERTURA REAL
en Clínica Dávila y Clínica Vespucio
22 578 7888
Contáctanos de
manera simple y rápida banmedica.clapp móvil sucursales600 600 3600
¿QUÉ ATENCIONES TIENEN UNA BAJA COBERTURA?
¿CÓMO FUNCIONA UN PLAN SANTA MARÍA FULL?
2
1 Este plan funciona mejor cuando todas tus atenciones médicas son en Clínica Santa María,
en los Centros Médicos Vidaintegra o en el Centro Médico La Dehesa, ya que solo ahí obtienes
una cobertura idéntica a la que aparece en el plan. Si decides atenderte en otra clínica o
centro médico, tu cobertura será más baja.
Si tienes una urgencia, cuentas con un copago fi jo y conocido que incluye todas las atenciones
médicas que te realicen en la urgencia. Este copago dependerá de tu edad y los exámenes
que te debas realizar, clasificándose como “simple” o “complejo”. Por ejemplo, si te hacen un
scanner, la urgencia se clasificará como “compleja”.
Cirugías de presbicia, bariátrica, refractiva y
metabólica.
Atenciones fuera de Clínica Santa
María, Centro Médico La Dehesa y
Centros Médicos Vidaintegra.Este plan funciona mejor cuando todas tus atenciones médicas son en Clínica Dávila, Clínica
Vespucio y Centros Médicos VidaIntregra, ya que solo ahí obtienes una cobertura idéntica a
la que aparece en el plan. Si decides atenderte en otra clínica o centro médico, tu cobertura
será más baja.
Si tienes una urgencia, cuentas con un copago fijo y conocido que incluye todas las atenciones
médicas que te realicen en la urgencia. Este copago dependerá de tu edad y los exámenes
que te debas realizar, clasificándose como “simple” o “complejo”. Por ejemplo, si te hacen un
scanner, la urgencia se clasificará como “compleja”.
Atenciones fuera de Clínica Dávila,
Clínica Vespucio y Centros Médicos
VidaIntregra.
¿CÓMO FUNCIONA UN PLAN FULL VIDA?
Tipo de Plan: Individual x Grupal
Plan de salud complementario modalidad prestador preferente FUN NºPlan Full
Línea ClásicoFull Vida A2/2203. BFV2203A2
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
Día Cama
70% Sin Tope
Habitación Individual Simple en:
Clínica Dávila
Clínica Vespucio
(Sólo con Médicos Staff)
(Sólo con bonos)
Sin Tope
60%
3,5 UF
Sin Tope
Sala Cuna 1,6 UF
Incubadora 4 UF
Día Cama Cuidado Intensivo, Intermedio o Coronario 10,1 UF
Día Cama Transitorio u Observación 4 UF
Exámenes de Laboratorio e imagenología
4,0 V.A.
Derecho Pabellón
Kinesiología, Fisioterapia y Terapia Ocupacional
Procedimientos
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2)
Medicamentos (1.4) (1.10) 28 UF
Materiales Clínicos (1.4) (1.10) 22 UF 44 UF
Prótesis, Órtesis y Elementos de Osteosíntesis 8 UF 16 UF
Quimioterapia (1.6) 12 UF 120 UF
Visita por Médico Tratante e Interconsultor 0,42 UF Sin TopeTraslados (5.4) 3 UF 1,4 UF
AMBULATORIAS
Consulta Médica
Sólo Cobertura Libre Elección
60%
0,35 UF 3,5 UF
Consulta Médica de Telemedicina en Especialidades (1.14)**
Exámenes de Laboratorio e imagenología
60% Sin Tope
Vidaintegra
Clínica Dávila
Clínica Vespucio
(Sólo con bonos)
Sin Tope
3,5 V.A.
Sin Tope
Derecho Pabellón Ambulatorio
Procedimientos
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2)
Radioterapia
Kinesiología, Fisioterapia y Terapia Ocupacional 3 UF 2 UF
Fonoaudiología 3 UF 2 UF
Prótesis y Órtesis (1.5) 5,5 UF 5,5 UF
Consulta y Atención Integral de Enfermería y Nutricionista 1,2 UF 0,7 UF
Prestaciones Dentales (PAD) (1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Clínica de Lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD) (1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Mal Nutrición Infantil (7 a 72 meses de edad) (PAD) (1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Tratamiento de fertilización asistida baja complejidad hombre (PAD) ( 1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Tratamiento de fertilización asistida baja complejidad mujer (PAD) (1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Tratamiento de fertilización asistida alta complejidad (PAD) (1.13) 1,2 UF 0,7 UF
Quimioterapia (1.6) Sin Tope 60% 12 UF 120 UF
ATENCIONES DE URGENCIA INTEGRAL (1.11) Clínica Dávila – Clínica Vespucio
Sin Tope
Copago Fijo Urgencia Simple Copago Fijo Urgencia Compleja
Urgencia Adulto 1,0 UF 3,5 UF
Urgencia Pediátrica 0,95 UF 1,7 UF
Urgencia Maternidad 1,5 UF 3,5 UF
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Prestaciones Hospitalarias de Cirugía de
Presbicia, Cirugía Bariátrica o de Obesidad,
Cirugía Refractiva y Cirugía Metabólica (1.7)
40% Sin Tope
Clínica Dávila, Clínica Vespucio
Sin Tope
25% de la
cobertura
genérica
Sin Tope
OTRAS PRESTACIONES
Marcos y Cristales Ópticos (1.8)
Sólo Cobertura Libre Elección 70% 1,1 UF 1,1 UF
Medicamentos Tratamiento Esclerosis Múltiple (1.9) (1.10) 21 UF 210 UF
Cobertura Internacional (1.12) 33 UF 33 UF
PRESTADORES DERIVADOS HOSPITALARIOS (5.1) Clínica Dávila, Clínica Vespucio
PRESTADORES DERIVADOS AMBULATORIOS (5.1) Clínica Dávila, Clínica Vespucio, Vidaintegra
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
(**) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DONDE SE INDIVIDUALIZAN ESPECIALIDADES INCORPORADAS AL ARANCEL
PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE LIBRE ELECCIÓN
Bonificación Tope máx. año
contrato por
beneficiario
Bonificación Tope máx. año
contrato por
beneficiario% Tope % Tope
Para mayor información, consultar el listado de prestaciones médica incluidas
publicado en la página web www.banmedica.cl
• Cirugía Robótica
• Cirugía Oncológica
• Trasplante de Pulmón y Páncreas
• Cirugías con Técnica Endovascular
• Implante coclear
• Exámenes de Laboratorio Complejos
• Exámenes de Intolerancia
• Exámenes de Infertilidad
Nombre:
Rut:
Fecha:
Nombre:
Rut:
Fecha:
Firma representante Isapre Firma de Afiliado
Huella dactilar Afiliado
%Cotización LegalUFPrecio Base
PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
$Modalidad del Arancel
Tabla de Factores de Precio (Código 1156)
Tipo de Beneficiario
Tramos de Edad Cotizantes Cargas Para calcular la equivalencia del precio
en moneda nacional se utilizará el valor
que tenga la UF el último día del mes en
que se pagaron o debieron pagarse las
remuneraciones del cotizante. Para calcular la
equivalencia del precio en moneda nacional
se utilizará el valor que tenga la UF el último
día del mes en que se pagaron o debieron
pagarse las remuneraciones del cotizante.
0 a menos de 20 años 0,6 0,6
20 a menos de 25 años 0,9 0,7
25 a menos de 35 años 1 0,7
35 a menos de 45 años 1,3 0,9
45 a menos de 55 años 1,4 1
55 a menos de 65 años 2 1,4
65 y más 2,4 2,2
Identificación Única del Arancel
Tope General Anual por Beneficiario5.000 UF
VS1
El presente plan Full Vida A2/2203 otorga la cobertura detallada
en este plan de salud complementario para todas las prestaciones
comprendidas en el Arancel VS1, que incluye todas las prestaciones
que realiza Clínica Dávila – Clínica Vespucio, entre ellas se destacan:
Arancel VS1:
1. COBERTURAS
1.1) Las prestaciones hospitalarias son aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria,
cuando se presenten copulativamente las siguientes circunstancias:
a) La hospitalización ha ocurrido por indicación escrita, precisa y específi ca del médico tratante del paciente de que se
trate, el cual debe formar parte de médicos staff de Clínica Dávila o Clínica Vespucio, en convenio con la Isapre, y que;
b) El prestador haya facturado la utilización de, a lo menos, un día cama, cualquiera sea el tipo de éste conforme al aran-
cel vigente en la Isapre.
Las cirugías ambulatorias asociadas a un código de pabellón 5 o superior tendrán bonifi cación como cobertura hospita-
laria, de acuerdo a las condiciones establecidas en el plan de salud.
La cobertura hospitalaria de libre elección se otorgará de acuerdo a los porcentajes y topes de bonifi cación, y montos
máximos indicados en el plan complementario de salud.
1.2) La cobertura preferente se realizará únicamente a través de la presentación de bonos en el prestador indicado en el plan
de salud (Clínica Dávila, Clínica Vespucio o Vidaintegra).
La oferta preferente hospitalaria comprende sólo las prestaciones contenidas en el arancel VS1.
La consulta médica: considera la consulta médica general, de especialidades y las consultas psiquiátricas y psicológicas
La oferta preferente, tanto ambulatoria como hospitalaria, dependerá de si existe disponibilidad física y técnica en el
prestador preferente indicado en el plan de salud (Clínica Dávila, Clínica Vespucio o Vidaintegra). En caso contrario, esto
es, cuando por falta de profesionales o medios, el prestador se encuentra imposibilitado temporalmente de realizar al-
guna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente, el benefi ciario deberá dar aviso a la Isapre, de acuerdo
a lo señalado en el punto 5.1 de estas notas explicativas.
La bonifi cación de los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente se efectuará de acuerdo al porcentaje
establecido en el plan de salud y será sin tope, cuando las prestaciones hayan sido otorgadas por médicos staff del pres-
tador preferente (Clínica Dávila o Clínica Vespucio), en convenio con la Isapre y mediante la utilización de bonos. En caso
de no cumplirse las referidas condiciones, se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la cobertura libre elección
del plan de salud, para ese ítem.
1.3) En caso de urgencia hospitalaria con o sin riesgo vital o secuela funcional grave, para tener acceso a la cobertura pre-
ferente deberá acudir al prestador indicado en el Plan de Salud (Clínica Dávila o Clínica Vespucio). En caso de no poder
dirigirse al prestador indicado en la cobertura preferente, se deberá acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la
Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Si el plazo de 48 horas
se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente.
Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, el benefi ciario debe ingresar efectivamente al prestador prefe-
rente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de benefi cios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá
acceso a esta cobertura. Tanto el beneficiario como la Isapre están facultados para solicitar el traslado del paciente hos-
pitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita. En todo caso, la cobertura en un prestador ajeno
a la oferta preferente será siempre por libre elección. Por su parte, los gastos de traslado tendrán cobertura preferente
únicamente cuando se realicen desde o hacia el prestador preferente del Plan de Salud.
1.4) Se procederá a la bonificación de los Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos sólo en prestaciones que requieran
hospitalización y en las prestaciones asociadas a Cirugías Ambulatorias que tengan asociadas un código de pabellón 5
o superior. Esta cobertura se aplica por evento y por benefi ciario. Asimismo, se excluye la bonifi cación de medicamentos
y materiales clínicos para diagnósticos o tratamientos ambulatorios. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso específi co de
las drogas antineoplásicas para el tratamiento del cáncer, estas se bonifi carán únicamente de acuerdo a los porcentajes
y topes específicos establecidos para el ítem “Quimioterapia” indicado en el plan de salud complementario.
1.5) En el caso de los audífonos, sólo se contempla cobertura respecto de las personas mayores de 55 años, de acuerdo al
arancel VS1.
1.6) La cobertura preferente respecto de la Quimioterapia incluye los fármacos para quimioterapia, terapia hormonal, inmu-
noterapia, inhibidores de tirosin kinasa, como tratamientos para el cáncer. Asimismo, se extiende a todos los insumos
para la administración de los fármacos oncológicos, incorporándose, además, en el valor de los esquemas de riesgo alto
e intermedio el valor de los fármacos para la profilaxis primaria y fármacos antieméticos. Dicha cobertura se otorgará de
acuerdo a los porcentajes y topes establecidos en el Plan de Salud complementario.
1.7) La Isapre otorgará cobertura preferente respecto de las Prestaciones Hospitalarias de Cirugía Refractiva,
Cirugía de Presbicia, Cirugía Bariátrica o de Obesidad y Cirugía Metabólica, en caso que sean realizadas al paciente en
Clínica Dávila o Clínica Vespucio. En caso de insufi ciencia física o técnica del prestador para alguna de estas prestaciones
se aplica lo establecido en el punto 5.1 de la presente nota explicativa.
En caso de no acudir al prestador preferente, la Isapre otorgará cobertura restringida de acuerdo a la modalidad libre
elección respecto de las prestaciones hospitalarias señaladas en el párrafo anterior, la cual corresponderá al mayor valor
entre el 25% de la cobertura del plan de salud para la prestación genérica correspondiente y la cobertura fi nanciera mí-
nima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre elección.
1.8) Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo contra la presentación de la receta médica respec-
tiva. Los anteojos para presbicia no requieren de receta médica para los mayores de 40 años.
1.9) Los medicamentos asociados al tratamiento de esclerosis múltiple remitente recurrente, sólo tendrán bonifi cación de
acuerdo a la modalidad libre elección, conforme al arancel Fonasa modalidad libre elección y la cobertura se otorgará
sólo contra presentación de programa médico.
1.10) Todos los medicamentos, materiales clínicos e insumos, incluidas las drogas antineoplásicas y los medicamentos para
el tratamiento de la esclerosis múltiple, se bonifi carán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el
Instituto de Salud Pública (I.S.P.) y tengan fi nes curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos
que tengan fines de investigación y/o experimentación.
1.11) En caso de Urgencia Ambulatoria en el Prestador Preferente Clínica Dávila o Clínica Vespucio, se otorgará cobertura de
acuerdo al copago fi jo establecido en el plan de salud, según se trate de una Urgencia Adulto o Pediátrica, y en cada uno
de esos casos se distinguirá según corresponda a una atención de urgencia simple o compleja.
La Urgencia se catalogará como simple o compleja de acuerdo a las prestaciones que sean realizadas al benefi ciario. El
copago fi jo no se extiende a las prescripciones y prestaciones posteriores derivadas de la consulta de urgencia ambu-
latoria, aunque tenga relación con ella, las que tendrán cobertura de acuerdo al plan de salud, según corresponda. Si el
afi liado acude a un prestador distinto de Clínica Dávila o Clínica Vespucio, la cobertura será la indicada para las presta-
ciones ambulatorias en modalidad de Libre Elección, de acuerdo al plan de salud.
Se deja constancia que si el benefi ciario, producto de la atención de urgencia, debe ser hospitalizado por indicación
médica en el prestador preferente, deberá pagar únicamente el copago correspondiente a la hospitalización respectiva,
de acuerdo a los porcentajes y topes establecidos en su plan de salud, en las condiciones señaladas en el punto 1.1 pre-
cedente.
Se considerará como compleja la atención de urgencia ambulatoria, si al paciente se le realiza una resonancia, tac o
alguna de las prestaciones incluidas en el siguiente listado:
Notas Explicativas del Plan de Salud: