PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE FUN N° Desde Siempre, otorgando confianza y asegurando tu salud. Tipo de Plan:IndividualxGrupal (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO PRESTACIONES OFERTA PREFERENTE (*)LIBRE ELECCIÓN (*) BonificaciónBonificación %Tope%Tope%Tope PRESTACIONES OFERTA PREFERENTE (*)LIBRE ELECCIÓN (*) BonificaciónBonificación %Tope%TopeBNESM02/17 Salud Preferente Ultra SM A2/17 BPRUS17A2 Tope máx año contrato por beneficiarioTope máx año contrato por beneficiario HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama(Sólo con Médicos Staff) (Sólo con bonos) 90% 13 UF Sin Tope Sala Cuna4,8 UF Incubadora 90%(Sin Tope) Habitación Individual Simple en: Clínica Santa María Clínica Indisa Clínica Tabancura Clínica UC Hospital U. Católica 70%(Sin Tope) Habitación Individual Simple en: Clínica Universidad de Los Andes Clínica San Carlos de Apoquindo 10,5 UF Día Cama Cuidado Intensivo, Intermedio o Coronario18 UF Día Cama Transitorio u Observación10,5 UF Exámenes de Laboratorio 16 V.A. Imagenología Derecho Pabellón Kinesiología, Medicina Física y Fisioterapia Procedimientos Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2) Medicamentos (1.4) (1.10)105 UF Materiales Clínicos (1.4) (1.10)60 UF240 UF Quimioterapia (1.6)25 UF250 UF Prótesis, Órtesis y Elementos de Osteosíntesis40 UF80 UF Visita por Médico Tratante0,96 UF Sin TopeVisita por Médico Interconsultor0,96 UF Traslados (5.4)Sólo Cobertura Libre Elección70%15 V.A. AMBULATORIAS Consulta Médica (Sólo con bonos) 70%Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisa, Hospital U. Católica, Integramédica Sin Tope 70% 0,8 UF Sin Tope Exámenes de Laboratorio (Sólo con bonos) 70%Clínica Universidad de Los Andes, Clínica San Carlos de Apoquindo, Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Hospital U. Católica, Clínica Indisa, Integramédica, Centro Médico Santa María La Dehesa 15 V.A. Imagenología Derecho Pabellón Ambulatorio Procedimientos Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2) Fonoaudiología9,75 UF6,5 UF Kinesiología y Fisioterapia9 UF6 UF Radioterapia Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope Prótesis y Órtesis (1.5)13 UF Atención Integral de Enfermería2,5 UF Atención Integral de Nutricionista2,5 UF Prestaciones Dentales (PAD) (1.13)4 UF Quimioterapia (1.6)Igual a la cobertura preferente hospitalaria y en los mismos prestadores.90%25 UF250 UF PRESTACIONES RESTRINGIDAS Prestaciones Hospitalarias de Obstetricia, Parto, Embarazo, Cesárea (1.7) Sólo Cobertura Libre Elección 30% de la Cobertura Genérica Sin TopePrestaciones Hospitalarias de Psiquiatría, Cirugía de Presbicia, Cirugía Bariátrica o de Obesidad y Cirugía Metabólica (1.7)25% de la Cobertura Genérica Prestaciones Hospitalarias de Cirugía Refractiva (1.7)50% de la Cobertura Genérica Consulta, Tratamiento Psiquiatría y Psicología70%0,8 UF3,5 UF OTRAS PRESTACIONES Marcos y Cristales Ópticos (1.8)Sólo Cobertura Libre Elección70%1,6 UF1,6 UF Medicamentos Tratamiento Esclerosis Múltiple (1.9) (1.10)18 UF210 UF Cobertura Internacional (1.12) La cobertura Internacional opera por reembolso de acuerdo a las coberturas de libre elección de este plan, con un tope único y total en medicamento y materiales clínicos hospitalarios, de 300 UF anuales. Los ítems que no tengan topes expresados en ella, tendrán un tope de bonificación de un 90% del arancel de Clínica Universidad de Los Andes. ATENCIONES DE URGENCIA (1.11)Igual al ítem preferente de prestaciones ambulatorias y en los mismos prestadores. (Solo con bonos) 70% en Medicamento y Materiales de Urgencia con Tope de 1,5 UF en prestadores de oferta preferente ambulatoria. PRESTADORES DERIVADOS HOSPITALARIOS (5.1)Clínica Santa María, Clínica Universidad de Los Andes, Clínica San Carlos de Apoquindo PRESTADORES DERIVADOS AMBULATORIOS (5.1)Clínica Santa María, Clínica Universidad de Los Andes, Clínica San Carlos de ApoquindoPlan con Cobertura Reducida de Obstetricia, Parto, Embarazo, Cesárea Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: a) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida. b) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto.
Precio BaseUF Modalidad del Arancel$ Cotización Legal% Tabla de Factores de Precio (Código 1155) Tipo de Beneficiario EdadCotizantesCargas (Años)HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21,401,401,401,40Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. 2 a menos de 51,001,000,400,40 5 a menos de 101,001,000,400,40 10 a menos de 151,001,000,400,40 15 a menos de 201,002,000,400,40 20 a menos de 251,002,000,400,60 25 a menos de 301,002,000,601,60 30 a menos de 351,003,001,001,60 35 a menos de 401,003,001,001,60 40 a menos de 451,202,501,201,60 45 a menos de 501,302,501,301,60 50 a menos de 551,602,501,601,60 55 a menos de 602,102,502,101,60 60 a menos de 652,302,702,302,70 65 a menos de 703,003,003,003,00 70 a menos de 753,003,003,003,00 75 a menos de 803,003,003,003,00 80 y más3,003,003,003,00 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Nombre: Rut: Fecha: Firma representante IsapreFirma de Afiliado Huella dactilar Afiliado Nombre: Rut: Fecha:BNESM02/17 Identificación Única del ArancelB1 Tope General Anual por Beneficiario7.800 UFNotas Explicativas del Plan de Salud: 1.COBERTURAS 1.1)Lasprestaciones hospitalariasson aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias: La hospitalización ha ocurrido por indicación escrita, precisa y específica del médico tratante del paciente de que se trate o el prestador ha facturado la utilización de, a lo menos, un día cama, cualquiera sea el tipo de éste conforme el arancel vigente en la Isapre. Las cirugías ambulatorias asociadas a un código de pabellón 5 o superior tendrán bonificación como cobertura hospitalaria. La cobertura hospitalaria de libre elección se otorgará de acuerdo a los porcentajes y topes de bonificación, y montos máximos indicados en el plan complemen- tario de salud. 1.2)La cobertura preferente se realizará sólo con presentación de bonos con los prestadores indicados en el plan de salud. La oferta preferente hospitalariacomprende sólo las prestaciones que indica el arancel B1. La oferta preferente, tanto ambulatoria como hospitalaria, dependerá de si existe disponibilidad física y técnica en el establecimiento indicado en el plan, en caso contrario, el beneficiario deberá dirigirse a uno de los prestadores indicados en Prestadores derivados, de acuerdo a lo señalado en el punto 5.1 de estas notas explicativas. Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente, serán sin tope, sólo con médicos staff del establecimiento, en convenio con la Isapre y utilizando bonos, en caso contrario, se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem. 1.3)En caso deurgencia hospitalariacon o sin riesgo vital o secuela funcional grave, para tener acceso a la cobertura preferente deberá acudir al prestador indica- do en el Plan de Salud. En caso de no poder dirigirse al prestador indicado en la cobertura preferente, se deberá acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, el beneficiario debe ingresar efectivamente al prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura.Tanto el beneficiario como la Isapre están facultados para solicitar el traslado del paciente hospitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita. En todo caso, la cobertura en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre por libre elección al igual que los correspondientes gastos de traslado.