COPAGO FIJO URGENCIA SIMPLE COPAGO FIJO URGENCIA COMPLEJA EN ATENCIONES HOSPITALARIAS ¿QUÉ ES UN PLAN FULL? ES UN PLAN QUE CUBRE TODAS LAS ATENCIONES DE SALUD REALIZADAS POR CLÍNICA SANTA MARÍA, ESTÉN O NO CODIFICADAS POR FONASA. EN ATENCIONES AMBULATORIAS ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE PERTENECER A UN PLAN FULL? Cobertura Full Para todas las atenciones médicas que realiza Clínica Santa María,talescomo:medicinarobótica,cirugíasoncológicas, tratamientos contra el cáncer, trasplantes, cirugías cardíacas, implantes cocleares, exámenes de laboratorio complejos, entre otras. Copagos Conocidos en Urgencia Cubre todas las prestaciones médicas de la urgencia, incluidos los materiales y medicamentos. Seguro Catastrófi co Incluye un seguro catastrófi co que cubre el 100% de los copagos una vez completado el deducible. Atención Preferencial Línea telefónica preferente, agendamiento de horas y atención prioritaria en exámenes de laboratorio e imagenología. LÍNEA PREFERENTE22 913 1200Plan Full1,9 UF4,5 UF 2,1 UF4,1 UF 1,6 UF3,1 UF 100%DE COBERTURA REAL en Clínica Santa María. 80%DE COBERTURA REAL en los Centros Médicos Vidaintegra. EN ATENCIONES DE URGENCIA COPAGOS FIJOSen Clínica Santa Maríaar Urgencia Adulto Urgencia Pediátrica Urgencia Maternidad 70%DE COBERTURA REAL en Clínica Santa María y Centro Médico La Dehesa.
Contáctanosy obtén información personalizadabanmedica.clapp móvilsucursales600 600 3600 ¿QUÉ ATENCIONES TIENEN UNA BAJA COBERTURA? ¿CÓMO FUNCIONA UN PLAN SANTA MARÍA FULL? 2 1Este plan funciona mejor cuandotodas tus atenciones médicas son en Clínica Santa María, en los Centros Médicos Vidaintegra o en el Centro Médico La Dehesa, ya que solo ahí obtienes una cobertura idéntica a la que aparece en el plan. Si decides atenderte en otra clínica o centro médico, tu cobertura será más baja. Si tienes una urgencia, cuentas con un copago fi jo y conocido que incluye todas las atenciones médicas que te realicen en la urgencia. Este copago dependerá de tu edad y los exámenes que te debas realizar, clasificándose como “simple” o “complejo”. Por ejemplo, si te hacen un scanner, la urgencia se clasificará como “compleja”. Cirugías de presbicia, bariátrica, refractiva y metabólica. Hospitalizaciones, consultas y tratamientos de psicología y psiquiatría. Atenciones fuera de Clínica Santa María, Centro Médico La Dehesa y Centros Médicos Vidaintegra.
Tipo de Plan:IndividualxGrupal Plan de salud complementario modalidad prestador preferenteFUN NºPlan Full Línea SuperiorSanta María Full B5/204.BSF204B5 100% Sin Tope Habitación Individual Simple en: Clínica Santa María (Sólo con Médicos Staff) (Sólo con bonos) Sin Tope 90% 6 UF Sin Tope 2,6 UF 12,2 UF 5,3 UF 7 V.A. 48 UF 32 UF64 UF 18 UF36 UF 22 UF220 UF 0,72 UFSin Tope 3 UF2,2 UF 80% Sin Tope Vidaintegra (Sólo con bonos) 70% Sin Tope Clínica Santa María (Sólo con bonos) Sin Tope 70% 0,4 UF Sin Tope 5 V.A. 3,45 UF2,3 UF 3,45 UF2,3 UF 6,5 UF6,5 UF 1,4 UF0,9 UF 1,4 UF0,9 UF Sin Tope90%14 UF140 UF Clínica Santa María Sin Tope Copago Fijo Urgencia SimpleCopago Fijo Urgencia Compleja 1,9 UF4,5 UF 2,1 UF4,1 UF 1,6 UF3,1 UF HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Sala Cuna, incubadora Día Cama Cuidado Intensivo, Intermedio o Coronario Día Cama Transitorio u Observación Exámenes de Laboratorio e imagenología Derecho Pabellón Kinesiología, Fisioterapia y Terapia Ocupacional Procedimientos Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2) Medicamentos (1.4) (1.10) Materiales Clínicos (1.4) (1.10) Prótesis, Órtesis y Elementos de Osteosíntesis Quimioterapia (1.6) Visita por Médico Tratante e Interconsultor Traslados (5.4) AMBULATORIAS Consulta Médica Exámenes de Laboratorio e imagenología Derecho Pabellón Ambulatorio Procedimientos Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.2) Radioterapia Kinesiología, Fisioterapia y Terapia Ocupacional Fonoaudiología Prótesis y Órtesis (1.5) Atención Integral de Enfermería y Nutricionista Prestaciones Dentales (PAD) (1.13) Quimioterapia (1.6) ATENCIONES DE URGENCIA INTEGRAL (1.11) Urgencia Adulto Urgencia Pediátrica Urgencia Maternidad PRESTACIONES RESTRINGIDAS Prestaciones Hospitalarias de Psiquiatría, Cirugía de Presbicia, Cirugía Bariátrica o de Obesidad, Cirugía Refractiva y Cirugía Metabólica (1.7) 40% Sin Tope Clínica Santa María Sin Tope25% de la cobertura genéricaSin Tope 3,5 UF0,4 UF2,5 UF Sólo Cobertura Libre Elección70%0,9 UF 18 UF210 UF 30 UF Consulta, Tratamiento Psiquiatría y Psicología OTRAS PRESTACIONES Marcos y Cristales Ópticos (1.8) Medicamentos Tratamiento Esclerosis Múltiple (1.9) (1.10) Cobertura Internacional (1.12) PRESTADORES DERIVADOS HOSPITALARIOS (5.1)Clínica Dávila PRESTADORES DERIVADOS AMBULATORIOS (5.1)Clíncia Dávila, Vidaintegra PRESTACIONES OFERTA PREFERENTELIBRE ELECCIÓN BonificaciónTope máx. año contrato por beneficiario BonificaciónTope máx. año contrato por beneficiario%Tope%Tope 0,9 UF 30 UF 30% Sin Tope , VidaintegraClínica Santa María30%
Para mayor información, consultar el listado de prestaciones médica incluidas publicado en la página web www.banmedica.cl $Modalidad del Arancel %Cotización LegalUFPrecio Base Tabla de Factores de Precio (Código 1156) Tipo de Beneficiario PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Tramos de EdadCotizantesCargasPara calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. 0 a menos de 20 años0,60,6 20 a menos de 25 años0,90,7 25 a menos de 35 años10,7 35 a menos de 45 años1,30,9 45 a menos de 55 años1,41 55 a menos de 65 años21,4 65 y más2,42,2 Identificación Única del Arancel Tope General Anual por Beneficiario •Cirugía Robótica •Cirugía Oncológica •Trasplante de Pulmón y Páncreas •Cirugías con Técnica Endovascular •Implante coclear •Exámenes de Laboratorio Complejos •Exámenes de Intolerancia •Exámenes de Infertilidad Nombre: Rut: Fecha: Nombre: Rut: Fecha: Firma representante IsapreFirma de Afiliado Huella dactilar Afiliado6.000 UF SM1 El presente plan Santa María Full B5/204 otorga la cobertura detallada en este plan de salud complementario para todas las prestaciones comprendidas en el Arancel SM1, que incluye todas las prestaciones que realiza Clínica Santa María, entre ellas se destacan: Arancel SM1:
1.COBERTURAS 1.1)Lasprestaciones hospitalariasson aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria, cuando se presenten copulativamente las siguientes circunstancias: a) La hospitalización ha ocurrido por indicación escrita, precisa y específi ca del médico tratante del paciente de que se trate, el cual debe formar parte de médicos staff de Clínica Santa María, en convenio con la Isapre, y que; b) El prestador haya facturado la utilización de, a lo menos, un día cama, cualquiera sea el tipo de éste conforme al aran- cel vigente en la Isapre. Las cirugías ambulatorias asociadas a un código de pabellón 5 o superior tendrán bonifi cación como cobertura hospita- laria, de acuerdo a las condiciones establecidas en el plan de salud. La cobertura hospitalaria de libre elección se otorgará de acuerdo a los porcentajes y topes de bonifi cación, y montos máximos indicados en el plan complementario de salud. 1.2)La cobertura preferente se realizará únicamente a través de la presentación de bonos en el prestador indicado en el plan de salud (Clínica Santa María). La oferta preferente hospitalariacomprende sólo las prestaciones contenidas en el arancelSM1. La oferta preferente, tanto ambulatoria como hospitalaria, dependerá de si existe disponibilidad física y técnica en el prestador preferente indicado en el plan de salud (Clínica Santa María). En caso contrario, esto es, cuando por falta de profesionales o medios, el prestador se encuentra imposibilitado temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente, el benefi ciario deberá dar aviso a la Isapre, de acuerdo a lo señalado en el punto 5.1 de estas notas explicativas. La bonifi cación de los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente se efectuará de acuerdo al porcentaje establecido en el plan de salud y será sin tope, cuando las prestaciones hayan sido otorgadas por médicos staff del prestador preferente (Clínica Santa María), en convenio con la Isapre y mediante la utilización de bonos. En caso de no cumplirse las referidas condiciones, se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la cobertura libre elección del plan de salud, para ese ítem. 1.3)En caso deurgencia hospitalariacon o sin riesgo vital o secuela funcional grave, para tener acceso a la cobertura pre- ferente deberá acudir al prestador indicado en el Plan de Salud (Clínica Santa María). En caso de no poder dirigirse al prestador indicado en la cobertura preferente, se deberá acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, el benefi ciario debe ingresar efectivamente al prestador prefe- rente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de benefi cios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura. Tanto el beneficiario como la Isapre están facultados para solicitar el traslado del paciente hos- pitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita. En todo caso, la cobertura en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre por libre elección. Por su parte, los gastos de traslado tendrán cobertura preferente únicamente cuando se realicen desde o hacia el prestador preferente del Plan de Salud. 1.4)Se procederá a la bonifi cación de los Medicamentos, Materiales e Insumos Clínicos sólo en prestaciones que requieran hospitalización y en las prestaciones asociadas a Cirugías Ambulatorias que tengan asociadas un código de pabellón 5 o superior. Esta cobertura se aplica por evento y por benefi ciario. Asimismo, se excluye la bonifi cación de medicamentos y materiales clínicos para diagnósticos o tratamientos ambulatorios. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso específi co de lasdrogas antineoplásicaspara el tratamiento del cáncer, estas se bonifi carán únicamente de acuerdo a los porcentajes y topes específicos establecidos para el ítem “Quimioterapia” indicado en el plan de salud complementario. 1.5)En el caso de losaudífonos, sólo se contempla cobertura respecto de las personas mayores de 55 años, de acuerdo al arancel SM1. 1.6)La cobertura preferente respecto de laQuimioterapiaincluye únicamente lasdrogas antineoplásicaspara el tratamiento del cáncer, cuyo tope se aplica por ciclo, respecto de las cuales se otorgará cobertura de acuerdo al porcentaje estable- cido en el Plan de Salud Complementario El resto de las prestaciones asociadas a la Quimioterapiase bonifi carán de acuerdo al ítem correspondiente incluido en el Plan de Salud Complementario. 1.7)La Isapre otorgará cobertura preferente respecto de las Prestaciones Hospitalarias de Psiquiatría, Cirugía Refractiva, Cirugía de Presbicia, Cirugía Bariátrica o de Obesidad y Cirugía Metabólica, en caso que sean realizadas al paciente en Clínica Santa María. En caso de insufi ciencia física o técnica del prestador para alguna de estas prestaciones se aplica lo establecido en el punto 5.1 de la presente nota explicativa. En caso de no acudir al prestador preferente, la Isapre otorgará cobertura restringida de acuerdo a la modalidad libre elección respecto de las prestaciones hospitalarias señaladas en el párrafo anterior, la cual corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura del plan de salud para la prestación genérica correspondiente y la cobertura fi nanciera mí- nima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre elección. Asimismo, la Isapre otorgará cobertura preferente respecto de la consulta, tratamiento de psiquiatría y psicología reali- zadas al paciente en Clínica Santa María. En caso de no acudir al prestador preferente, la Isapre otorgará, respecto de las prestaciones señaladas anteriormente, cobertura de acuerdo al porcentaje y tope establecido para la modalidad de Libre Elección, de acuerdo al del plan de salud. 1.8)Corresponderá la bonificación de losmarcos y cristales ópticossólo contra la presentación de la receta médica respec- tiva. Los anteojos para presbicia no requieren de receta médica para los mayores de 40 años. 1.9)Los medicamentos asociados al tratamiento deesclerosis múltiple remitente recurrente, sólo tendrán bonifi cación de acuerdo a la modalidad libre elección, conforme al arancel Fonasa modalidad libre elección y la cobertura se otorgará sólo contra presentación de programa médico. 1.10)Todos los medicamentos, materiales clínicos e insumos, incluidas las drogas antineoplásicas y los medicamentos para el tratamiento de la esclerosis múltiple, se bonificarán únicamente en la medida que se encuentren registrados por el Instituto de Salud Pública (I.S.P.)y tengan fines curativos. Por lo anterior, se excluyen de cobertura los medicamentos que tengan fines de investigación y/o experimentación. 1.11)En caso de Urgencia Ambulatoria en el Prestador Preferente Clínica Santa María, se otorgará cobertura de acuerdo al copago fi jo establecido en el plan de salud, según se trate de una Urgencia Adulto, Pediátrica o de Maternidad, y en cada uno de esos casos se distinguirá según corresponda a una atención de urgencia simple o compleja. La Urgencia se catalogará como simple o compleja de acuerdo a las prestaciones que sean realizadas al benefi ciario. El copago fi jo no se extiende a las prescripciones y prestaciones posteriores derivadas de la consulta de urgencia ambu- latoria, aunque tenga relación con ella, las que tendrán cobertura de acuerdo al plan de salud, según corresponda. Si el afi liado acude a un prestador distinto de Clínica Santa María, la cobertura será la indicada para las prestaciones ambu- latorias en modalidad de Libre Elección, de acuerdo al plan de salud. Se deja constancia que si el benefi ciario, producto de la atención de urgencia, debe ser hospitalizado por indicación médica en el prestador preferente, deberá pagar únicamente el copago correspondiente a la hospitalización respectiva, de acuerdo a los porcentajes y topes establecidos en su plan de salud, en las condiciones señaladas en el punto 1.1 pre- cedente. Notas Explicativas del Plan de Salud: