www.banmedica.cl En __________________, a ______ de ________________ de _______ se ha convenido celebrar el siguiente Contrato de Salud entre Isapre Banmédica S.A., Institución de Salud Previsional, registrada bajo el código de operación número 80, representada por su Gerente General, don Fernando Matthews Cádiz, Rut. N˚8.773.661-K, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo N˚ 3.600 Piso 3 comuna de Las Condes, por una parte, y por la otra el afiliado (a): Sr.(a):________________________________________________________________ Cédula de Identidad N˚____________________________________________________ Domiciliado en : ________________________________________________________________________________________________________________________________ que se regirá por las condiciones generales aprobadas por la Superintendencia de Salud y el siguiente Plan de Salud Complementario: PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO FUN N˚ Línea OroLínea Oro 25% de la Cobertura Genérica OTRAS PRESTACIONES TRASLADOS (g) MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (h) PRÓTESIS Y ORTESIS ( i ) TRATAMIENTO ESCLEROSIS MÚLTIPLE ( j ) ATENCIÓN DENTAL (k) 80% NR9TAU/09 Bonificación %Tope Bonificación %% LIBRE ELECCIÓNMONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (n) OFERTA PREFERENTE (**) TopeTope MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (n) PRESTADORES DERIVADOS( o ) DIA CAMA SALA CUNA INCUBADORA UTI - UCI - INTERMEDIO DIA CAMA TRANSITORIO, OBSERVACIÓN EXAMENES DE LABORATORIO, IMAGENOLOGÍA DERECHO PABELLÓN KINESIOLOGÍA Y MEDICINA FÍSICA MEDICAMENTOS (c) MATERIALES CLÍNICOS (c) PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS PRÓTESIS Y ORTESIS CONSULTA MÉDICA HOSPITALARIA PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE PSIQUIATRÍA (d) PRESTACIONES AMBULATORIAS Y URGENCIA(b) CONSULTA MÉDICA CONSULTA URGENCIA (e) EXÁMENES DE LABORATORIO IMAGENOLOGÍA DERECHO PABELLÓN AMBULATORIO PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS FONOAUDIOLOGÍA INMUNOTERAPÍA KINESIOLOGÍA Y MEDICINA FÍSICA CONSULTA, TRATAMIENTO PSIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA DROGAS ANTINEOPLÁSICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER ( f ) 80% 100% callenúmerocomunaciudad 100% Tope General Anual por Beneficiario UF 5.000 (n) Cobertura Internacional (p) Las notas explicativas se encuentran al reverso de este Plan de Salud PRESTACIONES HOSPITALARIAS, CIRUGÍAS AMBULATORIAS (a) Y URGENCIAS HOSPITALARIAS (b) Tipo de Plan: Individual Grupal X PLAN CON COBERTURA REDUCIDA EN PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE PSIQUIATRÍA Y SIN OFERTA PREFERENTE HOSPITALARIA PARA CIRUGÍA REFRACTIVA Y CIRUGÍA BARIATRICA O DE OBESIDAD PLAN CON COBERTURA REDUCIDA EN PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE PSIQUIATRÍA Y SIN OFERTA PREFERENTE HOSPITALARIA PARA CIRUGÍA REFRACTIVA Y CIRUGÍA BARIATRICA O DE OBESIDAD 100% PRESTACIONES REGIONAL NOVENANR9TAU- 11,0 veces AB1 108 UF 100%( l ) en Prestadores Regionales en convenio con día cama menor o igual de 10,5 UF Clínica Dávila Clínica Vespucio Clínica Avansalud Providencia Con Prestadores en Convenio 100%(m) Clínica Dávila Clínica Vespucio Clínica Avansalud Providencia 90%(m) Clínica Santa María (Sólo con Médicos Staff) 1,50 veces AB1 0,9 UF 1,50 veces AB1 2,20 veces AB1 1,3 UF 0,9 UF 12 UF 190 UF 190 UF19 UF 10,5 UF 4,3 UF 9 UF 18 UF 11 UF 5,00 veces AB1 14,0 veces AB1 5,00 veces AB1 110 UF 54 UF 11,0 veces AB1 41 UF 0,84 UF Sin Tope Sin Tope Sin Tope 0,7 UF 0,84 UF 1,80 veces AB1 1,80 veces AB1 5,30 veces AB1 2,20 veces AB1 2,20 veces AB1 2,20 veces AB1 2,60 veces AB1 0,7 UF 5,5 UF 5 UF 7,5 UF 3,5 UF Sin Tope 5 108 UF Sin Tope 82 UF Sin Tope 5N
NR9TAU/09 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.800.800.600.60 5 a menos de 100.700.700.500.50 10 a menos de 150.700.700.500.50 15 a menos de 200.700.700.500.50 20 a menos de 250.802.000.500.80 25 a menos de 300.902.350.701.50 30 a menos de 351.003.301.001.85 35 a menos de 401.003.301.001.75 40 a menos de 451.202.401.201.60 45 a menos de 501.302.401.301.80 50 a menos de 551.602.451.601.85 55 a menos de 602.102.552.102.10 60 a menos de 652.702.702.702.70 65 a menos de 703.203.203.203.20 70 a menos de 753.803.803.803.80 75 a menos de 804.503.904.503.90 80 y más4.704.504.704.50 EdadCotizanteCargas (Años)HombreMujerHombreMujer TABLA DE FACTORES (Cód. 1149) Tipo de Beneficiario Para calcular la equivalencia del precio en moneda nacional se utilizará el valor que tenga la UF el último día del mes en que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del cotizante. TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA EN DÍAS CORRIDOS EN LOS PRESTADORES IDENTIFICADOS EN LA COBERTURA PREFERENTE (mientras sea médicamente aconsejable) -Los tiempos se cuentan desde el día siguiente, al día en que el paciente solicite la prestación. -En el caso que un prestador no pueda cumplir con los tiempos máximos de espera, el paciente será derivado a otro prestador por la Isapre. PRESTACIÓNN DIAS Consulta Médica Exámenes de Laboratorio Imagenología Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones Quirúrgicas Programadas 10 días 4 días 4 días 5 días 9 días Notas Explicativas del Plan de Salud: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) (*) Lasprestaciones hospitalariasson aquellas que requieren que la persona pernocte en el establecimiento asistencial o requiera de día cama para diagnóstico o tratamiento de 6 horas o más en el establecimiento asistencial. Las cirugías ambulatorias asociadas a un código de pabellón 5 o superior tendrán bonificación como cobertura hospitalaria. La cobertura hospitalaria sin tope para día cama se aplica hasta el valor de la habitación individual simple con baño privado del establecimiento hospitalario. En el caso de uso de una habitación de mayor valor tendrá como bonificación máxima la anterior. Excluye prestaciones hospitalarias indicadas en la letra d) de las presentes notas explicativas. En caso deurgencia hospitalariacon o sin riesgo vital, para tener acceso a la cobertura preferente deberá acudir a alguno de los prestadores indicados en el Plan de Salud. En caso de no poder dirigirse a uno de los prestadores indicados en la cobertura preferente, se deberá acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Tanto el beneficiario como la Isapre están facultados para disponer el traslado del paciente hospitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita, a fin de que el beneficiario pueda acceder a la cobertura de oferta preferente del plan desde su ingreso efectivo al prestador preferente. En cualquier caso, la cobertura en un prestador ajeno a la oferta preferente será por libre elección al igual que los correspondientes gastos de traslado. Se procederá a la bonificación de losMedicamentos y Materiales Clínicossólo en prestaciones que requieran hospitalización y, en las prestaciones asociadas a Cirugías Ambulatorias (Código de Pabellón 5 o superior). Esta cobertura se aplica por evento/beneficiario, se entiende por evento/beneficiario una misma hospitalización. Se excluye la bonificación de Medicamentos y Materiales Clínicos para diagnósticos o tratamientos ambulatorios que requieran de una permanencia de menos de 6 horas en el establecimiento asistencial. Excluye Drogas Antineoplásicas para el tratamiento del Cáncer, las cuales se bonificarán en sus porcentajes y topes específicos del cuadro de beneficios y, los Medicamentos y Materiales Clínicos utilizados en las prestaciones hospitalarias indicadas en la letra d) de las presentes notas explicativas. Plan con Cobertura Reducida en Prestaciones Hospitalarias de Psiquiatría. Las prestaciones con cobertura reducida sólo tendrán bonificación de libre elección. La cobertura reducida de las prestaciones hospitalarias de psiquiatría, será de un 25% de la definida en el plan o la cobertura mínima legal que corresponda para la prestación genérica con la que se encuentren relacionadas. La cobertura de consulta de urgencia rige sólo en atenciones otorgadas en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. El tope se aplica por ciclo de quimioterapia e incluye sólodrogas antineoplásicaspara el tratamiento del cáncer. Se entiende por ciclo de quimioterapia el período de tiempo que comprende el número de días empleados en la secuencia de un determinado tratamiento antineoplásico. Esta bonificación regirá sólo paratrasladosoriginados por hospitalizaciones e incluye solamente al paciente y deberá ser solicitado por el médico tratante, salvo casos de urgencia, y su pago autorizado siempre por contraloría médica de la Isapre. Corresponderá la bonificación de losmarcos y cristales ópticossólo con la presentación de la receta médica respectiva. Los anteojos para presbicie no requieren de receta médica para los mayores de 40 años. En el caso de losaudífonos, sólo se contempla cobertura a los mayores de 55 años de acuerdo al arancel. Las prestaciones asociadas altratamiento de esclerosis múltipleremitente recurrente, sólo tendrán bonificación de libre elección, conforme a la normativa legal vigente y, la cobertura se otorgará sólo contra presentación de programa médico. Laatención dentalprocederá sólo respecto de aquellas atenciones que se otorguen a través de centros o profesionales en convenio con la Isapre. Este beneficio rige por medio de descuentos acordados entre la Isapre y dichos centros o profesionales en convenio. Esta cobertura regirá sólo en establecimientos hospitalarios localizados fuera de la Región Metropolitana con los cuales exista convenio vigentecon la Isapre a la fecha de otorgamiento de la prestación, y que se utilice un tipo de habitación, cuyo precio convenido sea menor o igual al valor indicado en la oferta preferente del plan de salud. Cuando no exista disponibilidad física y/o técnica, la Isapre derivará al beneficiario a algún prestador con convenio vigente. Laoferta preferentedependerá de si existe disponibilidad física y técnica de los establecimientos indicados en el plan, en caso contrario, el beneficiario deberá comunicarse con la Isapre, quien derivará a un prestador, de entre los indicados en la columna Prestadores Derivados. La atención hospitalizada sin tope se aplica hasta el valor de la habitación individual simple con baño privado del establecimiento hospitalario, salvo que en el plan se indique expresamente lo contrario, en el caso de uso de una habitación de mayor valor tendrá como bonificación máxima la anterior. Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente, serán sin tope, cuando corresponda, sólo con médicos staff del establecimiento, en convenio con la Isapre y utilizando bonos, sino se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud, para ese ítem. La oferta preferente excluye las prestaciones hospitalarias de psiquiatría, cirugía refractiva y cirugía bariátrica o de obesidad.