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MS3237050

COLMENA MASTER 3237050

Puntuación del plan 5,3

Desde

$171.215/mes

OFERTA PREFERENTE (*) LIBRE ELECCIÓN (*)
PRESTACIONES Bonificación
% Tope
Bonificación
% Tope
Tope Máximo
Beneficiario/Año
Tope Máximo
Beneficiario/Año
Día Cama
Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios
Día Cama Transitorio y Observación
Derecho Pabellón
Exámenes de Laboratorio
Imagenología
Procedimientos
Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional
Honorarios Médico Quirúrgicos
Visita por Médico Tratante
Visita por Médico Interconsultor
Medicamentos
Materiales e Insumos Clínicos
Quimioterapia
Prótesis, Órtesis y Elementos Osteosíntesis
Traslados Médicos
Sin Tope
Sin Tope
8 UF
13 UF
9,5 AC
0,9 UF por día
6 UF
4 UF
8,9 UF
30 UF por Ciclo
5,5 AC
2,5 AC
300 UF
55 UF
3 UF
4,75 AC
Sólo Cobertura Libre Elección
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
60 UF por Evento
40 UF por Evento
120 UF
80 UF
Procedimientos
Imagenología
Exámenes de Laboratorio
Pabellón Ambulatorio
Radioterapia
Quimioterapia
Kinesiología, Fisioterapia o Terapia Ocupacional
Fonoaudiología
Atención Integral de Enfermería
Consulta y Atención Integral de Nutricionista
Prótesis y Órtesis
Prestaciones Dentales (PAD)
50%
100%
0,55 UF
Ver Anexo (*)1 AC
5 AC
7 AC
3 AC
4 AC
2,5 AC
Igual a Quimioterapia Hospitalaria
Sin Tope
500 UF
AMBULATORIAS
Honorarios Médico Quirúrgicos
25 UF
70%
Sin Tope
Día Cama Cuidados Incubadora
Día Cama Sala Cuna
11,5 AC
ATENCIÓN DE URGENCIAS
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO.
(**) SE CONSIDERARÁ URGENCIA COMPLEJA CUANDO DENTRO DEL EVENTO SE REALICEN EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA DE LOS SUBGRUPOS 0403 (SCANER),
0404 (ULTRASONOGRAFÍA), 0405 (RESONANCIAS), PROCEDIMIENTOS ENDOSCÓPICOS Y CUANDO EL PACIENTE INGRESA EN RIESGO VITAL.
(***) VER NOTAS EXPLICATIVAS.
Box Ambulatorio
PAD para fertilidad
Lentes Ópticos
Medicamentos e Insumos de Servicio de Urgencia
Instrumental Robótico
Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas
50%
60%
2,5 UF
Ver Anexo (*)
2,5 UF
Sin Tope
2 UF
100% 25 UF
1 AC
Sólo Cobertura Libre Elección
Igual a la Cobertura Nacional Libre Elección
En Listado Prestadores CAEC Red de Atención H
OTRAS COBERTURAS
Insumos y Anestésicos en Cirugía Ambulatoria
Cobertura Internacional
Igual a Materiales e Insumos Clínicos en Cirugía Mayor
Igual a Pabellón Ambulatorio
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Clínica de Lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD)
Mal Nutrición Infantil (7 a 72 meses de edad) (PAD)
Consulta Médica, Psiquiátrica y/o Psicológica
Consulta Médica de Telemedicina en Especialidad(***)
Sólo Cobertura Libre Elección
Sin Tope
5 UF3 AC
1000 UF
1000 UF
1000 UF
Hospitalización Domiciliaria
Cirugía Bariátrica
Cirugía Fotorrefractiva o Fototerapéutica
25% de la Cobertura General
Sólo Cobertura Libre Elección
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
PRESTADORES DERIVADOS Cualquiera de los Prestadores Preferentes no utilizados.
ATENCIÓN DE URGENCIA INTEGRAL Adultos
1,1 UF
2,8 UF
Pediátrica
1 UF
1,8 UF
Adultos
1 UF
3,5 UF
Pediátrica
0,8 UF
1,8 UF
0,8 UF
1,2 UF
Maternidad Adultos
1,1 UF
3 UF
Pediátrica
1 UF
2,8 UF
Simple
Compleja(**)
CLÍNICA REDSALUD VITACURA HOSP. CL UC (MARCOLETA) Y SAN CARLOS DE AP. MEDS
60% sin tope en Clínicas: IOPA, Instituto Oftalmológico Puerta
del Sol y San Carlos de Apoquindo.
TIPO DE PLAN: FUN Nº
MS3237050
COLMENA MASTER 3237050
INDIVIDUAL: GRUPAL:
9849
Plan de Salud Complementario
Modalidad Prestadores Preferentes
x
60% sin tope en Clínicas: Dávila Recoleta, Dávila
Vespucio, Hospital Clínico Universidad Católica
(Marcoleta), Clínica Universidad Católica (Santa Lucía),
RedSalud Vitacura, Indisa (Providencia y Maipú), Centros
Médicos y UTM UC CHRISTUS y Centros Médicos
RedSalud.
50% sin tope en Clínicas: Universidad de Los Andes,
San Carlos de Apoquindo, MEDS, Santa María.
(Sólo con Médicos Staff en convenio)
90% sin tope en Clínicas: Dávila Recoleta,
Dávila Vespucio.
80% sin tope en Clínicas: Hospital Clínico
Universidad Católica (Marcoleta), Clínica
Universidad Católica (Lira y Santa Lucía),
RedSalud Vitacura, Indisa (Providencia y Maipú).
70% sin tope en Clínicas: Universidad de Los
Andes, San Carlos de Apoquindo, MEDS y
Santa María.
(Habitación Individual Estándar)
(Sólo con Médicos Staff en convenio)
60% en Centro del Cáncer UC CHRISTUS e IRAM
Atenciones de Urgencia
En servicio de urgencia de Clínica Dávila Recoleta, Clínica Dávila Vespucio, Clínica Indisa, Clínica Santa María, Clínica Universidad de Los Andes
y Emergencias UC San Joaquín con cobertura preferente ambulatoria señalada precedentemente para cada ítem de prestaciones.
En servicios de urgencia de cualquier otro prestador con cobertura libre elección ambulatoria señalada precedentemente para cada ítem
de prestaciones.
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Precio Base UF Cotización Legal % Tabla Nº 23
TABLA DE FACTORES
TRAMO DE EDAD COTIZANTES CARGAS
0 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
65 años y más
55 a menos de 65 años
45 a menos de 55 años
35 a menos de 45 años
25 a menos de 35 años
0,6
0,9
2,4
2,0
1,4
1,3
1,0
0,6
0,7
2,2
1,4
1,0
0,9
0,7
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DEL ARANCEL ARANCEL COLMENA
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
MODALIDAD DEL ARANCEL PESOS
MONTO UF8000
Huella Digital
CONDICIONES NO COPULATIVAS DE VIGENCIA DEL PLAN GRUPAL:
REQUISITOS PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL
Nombre:
Rut:
Código:
Fecha:
Firma Agente de Ventas
ISAPRE COLMENA
Nombre:
Rut:
Fecha:
Firma Cotizante
TIPO DE PLAN: FUN Nº
MS3237050
COLMENA MASTER 3237050
INDIVIDUAL: GRUPAL:
9849
Plan de Salud Complementario
Modalidad Prestadores Preferentes
x
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TIPO DE PLAN: FUN Nº
MS3237050
COLMENA MASTER 3237050
INDIVIDUAL: GRUPAL:
9849
Plan de Salud Complementario
Modalidad Prestadores Preferentes
x
NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD
I. Coberturas.
1. Coberturas Hospitalarias
a) Día cama transitorio: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial por un periodo de más de 6 hrs y menos de 12, sin pernoctar.
b) Día cama observación: corresponde a la permanencia en el establecimiento asistencial, ocupando cama por un mínimo de 4 horas, sin pernoctar.
c) Procedimientos: se incluyen en este rubro los procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos efectuados o supervisados directamente por un médico cirujano. Además, se incluyen los procedimientos de
medicina transfusional llevados a cabo por tecnólogo médico con mención en banco de sangre.
d) Kinesiología y fisioterapia o terapia ocupacional: se cubrirán exclusivamente prestaciones de este tipo destinadas al tratamiento de patologías recuperables, con carácter curativo, otorgadas por profesionales
kinesiólogos, médicos fisiatras o terapeutas ocupacionales según corresponda, por indicación de un médico tratante.
e) Honorarios médico quirúrgicos: corresponde a la cobertura de los honorarios de la totalidad del equipo médico participante en la cirugía (cirujano, médicos ayudantes, anestesista y arsenalera). Esta
cobertura incluye la visita pre-anestésica, las acciones efectuadas en el pabellón quirúrgico y la atención postoperatoria directamente derivada de ella, hasta por 15 días.
f) Quimioterapia hospitalaria: consiste en la administración de medicamentos para el tratamiento del cáncer bajo régimen hospitalizado. Se incluyen los fármacos para quimioterapia (drogas antineoplásicas),
terapia hormonal, inmunoterapia, inhibidores de la tirosin kinasa, que cuenten con el respectivo registro en el Instituto de Salud Pública (ISP). Asimismo, se incluyen todos los insumos utilizados durante la
administración de fármacos oncológicos, incorporándose, además, los fármacos para la profilaxis primaria y medicamentos antieméticos en las quimioterapias de riesgo alto e intermedio.
El tope de bonificación es por ciclo, donde un ciclo corresponde al período de administración del medicamento y el de descanso, hasta la siguiente administración. Sólo en el caso de tratamientos de inhibidores
de tirosin kinasa el tope es trimestral. La cantidad de ciclos necesarios para el tratamiento se determinará por el médico tratante.
Para poder tener derecho a la cobertura de las prestaciones incluidas en los tratamientos de quimioterapia, el beneficiario debe contar con la respectiva orden médica, entregada por el especialista oncólogo
u hemato-oncólogo.
g) Medicamentos: la cobertura de medicamentos hospitalarios aplica a todos aquellos necesarios y utilizados para el tratamiento de las patologías que determinaron la hospitalización y sus eventuales complicaciones,
administrados al paciente durante la misma y siempre que estén registrados en el Instituto de Salud Pública (ISP) con fines curativos (los medicamentos con fines de investigación y experimentación no tendrán
cobertura).
h) Materiales e insumos clínicos: considera los materiales e insumos de carácter desechable, utilizados durante la cirugía y/o en el periodo de permanencia bajo el régimen de hospitalización, que resultan
necesarios para alcanzar los objetivos de la misma y que no se encuentren incluidos dentro del precio del día cama o derecho de pabellón. Se excluyen de cobertura: ropa de uso personal tales como calzones
clínicos, medias elásticas, zapatillas de levantarse, etc.; pañales, kit de aseo, ropa de cama de cualquier tipo, insumos no desechables como termómetros, vendas, fajas, mantas térmicas, bolsas de frío-calor,
etc. No corresponden a este rubro las prótesis, órtesis o elementos de osteosíntesis, estén o no incluidos en el Arancel de Prestaciones de la Isapre como tales.
2. Coberturas Ambulatorias
a) Consulta telemedicina: corresponde a una consulta a distancia, realizada a través de tecnologías de la información (videollamada) y telecomunicaciones entre un paciente y un médico inscrito en el Registro
de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud en la respectiva especialidad, que se encuentran en lugares geográficos distintos y que pueden actuar entre sí en tiempo real. Esta modalidad de
atención sincrónica, requiere que los interlocutores estén conectados y disponibles para sostenerla al mismo tiempo.
Sólo tendrán cobertura las consultas de telemedicina de las especialidades aranceladas por Fonasa, con los topes y porcentajes que se expresan en el anverso del Plan de Salud, manteniéndose las eventuales
restricciones de cobertura que el Plan disponga. Durante la consulta de Telemedicina, podrá haber lugar a la notificación de un problema de salud GES.
Para el otorgamiento de la bonificación, la isapre podrá requerir al beneficiario que acredite la realización de la atención a través de una boleta o factura emitida por el prestador, en que conste expresamente
el código de la consulta de Telemedicina realizada. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro documento que dé cuenta del otorgamiento efectivo de la prestación
b) Pabellón ambulatorio: procede esta cobertura cuando se utiliza un pabellón o sala de procedimiento para llevar a cabo las prestaciones que en el Arancel Colmena se asocian a los guarismos o códigos
adicionales 1 al 4.
c) Terapia ocupacional: tendrán cobertura las prestaciones de terapia ocupacional en diversos contextos (ambulatorio, hospitalizado y domiciliario), realizadas por terapeutas ocupacionales que se encuentren
inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales que mantiene la Superintendencia de Salud, y que hayan sido derivadas por médicos tratantes de las siguientes especialidades: fisiatría, geriatría,
neurología de adultos o infantil, psiquiatría de adultos o infantil, traumatología, otorrinolaringología, cirugía plástica, oftalmología, oncología o cualquier otra especialidad médica relativa al área de rehabilitación
física, neurológica o psiquiátrica.
Para obtener cobertura, se deberá presentar orden médica del médico tratante que indique el beneficiario, diagnóstico médico y la indicación del N° de sesiones necesarias, según el tratamiento de terapia
ocupacional correspondiente.
d) Atención integral de enfermería: corresponde a la atención en Centros de Enfermería del Adulto Mayor o en domicilio, efectuada por una Enfermera Universitaria, a pacientes mayores de 55 años o pacientes
postrados, enfermos en condición terminal, pacientes oncológicos, portadores de secuelas severas o pacientes post-operados.
e) Consulta y atención integral de nutricionista: requiere indicación por prescripción de médico tratante. Las atenciones están destinadas a pacientes de cualquier edad, siempre que tengan riesgo cardiovascular
modificable con dieta y que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.M.C.).
Por el carácter integral de la atención de nutricionista, se entiende que esta prestación incluye en su valor una evaluación al inicio, un control y una evaluación al término. Es decir, la atención integral de nutricionista
contempla tres consultas con el profesional.
Cada beneficiario tiene derecho a cobertura de máximo 3 prestaciones de atención integral de nutricionista (código 2602001) al año, o a 9 prestaciones de consulta de nutricionista (código 2602901) al año.
f) Prestaciones dentales (PAD): corresponde a un conjunto de prestaciones dentales agrupadas y estandarizadas, incluidas en el Arancel Colmena con los códigos 2503001 a 2503006. Tienen derecho a esta
cobertura los beneficiarios que tengan entre 12 años y 34 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Se aplicará la cobertura con el o los códigos que correspondan, de acuerdo
al diagnóstico y a los tratamientos aplicados según lo informado explícitamente por el odontólogo tratante. En todo caso, cada beneficiario tiene derecho a cobertura de sólo uno de cada código, en un mismo año
contrato.
Adicionalmente, se encuentra incluido en el Arancel Colmena el PAD “Atención Odontológica del Paciente Oncológico” con el código 2503007, que incluye prestaciones diagnósticas, preventivas y curativas, que
el paciente oncológico podrá realizarse por cada tratamiento indicado por el equipo oncológico tratante y, previo al inicio del tratamiento oncológico. El beneficiario debe contar con la Orden Médica que certifique
el diagnóstico oncológico para tener derecho a la cobertura de PAD. Este PAD es excluyente con los códigos PAD dental 2503001, 2503002 y 2503003.
La Isapre podrá definir entregar esta cobertura, exclusivamente a través de una red cerrada de prestadores dentales con los que haya convenido, en cuyo caso deberá informar a los beneficiarios por todos los
medios de que disponga, tales como página web, correo electrónico y sucursales.
g) Clínica de lactancia (0 a 6 meses de edad) (PAD): corresponde a una intervención profesional integral, inmediata y de seguimiento para acoger a las mujeres, sus hijos/as y familia, con y sin dificultades en