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PreferenteCódigo 13-3EFCS40-22

EASY FULL CENTRO SUR 40 322

Puntuación del plan
3,5

Plan no comercializable.

Desde

$138.114/mes

3,35 UF
¿Qué cubre mi plan? Prestaciones ambulatorias y hospitalarias aranceladas en Fonasa, realizadas por el
staff de médicos en convenio con Consalud y qué exige la Superintendencia de Salud.
¿Qué no cubre mi plan? Cirugía de embellecimiento, cirugías bariatricas, insumos que no forman parte de la
intervencion en si, como por ejemplo: mascarillas, delantales, pañales, entre otros.
Tope de bonificación Es el monto máximo a cubrir sobre una atención de salud cada vez que se requiera.
Arancel AC3 Arancel Consalud, es una lista valorizada de prestaciones cubierta por tu plan de salud. El
arancel lo puedes revisar en tu Sucursal Virtual en la pestaña CONSULTA ARANCELES.
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• Orientación Clínica
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Acceso a las mejores clínicas y centros médicos de la Región Metropolitana
*Prestadores preferentes y de urgencia integral varian según plan contratado. **Revisa los prestadores específicos incluidos en tu cobertura hospitalaria y ambulatoria en tu plan de salud.
Urgencia integral
• Accede a copagos fijos en urgencias adulto, pediátrica y maternidad.
COBERTURA PREFERENTE EN LAS MEJORES CLÍNICAS Y CENTROS MÉDICOS DE TU ZONA
• Corresponde a las atenciones que incluyen estadía en las
clínicas preferentes mencionadas en tu plan.
• Corresponde a todas las atenciones que no
requieren hospitalización.
Cobertura Hospitalaria de hasta 100% sin tope Cobertura Ambulatoria de hasta 80% sin tope
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• Beneficios gratuitos
Son Beneficios sin costo, adicionales a la cobertura de tu
plan, por ejemplo:
Bonos Costo Cero en exámenes de laboratorio e imágenes
en prestadores seleccionados, descuento en farmacia y
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• Productos Adicionales
Son coberturas adicionales que puedes contratar por un monto
adicional a tu plan de salud, por ejemplo:
Pago de cotizaciones en caso de cesantía, Cobertura adicional
en accidentes para menores de 18 años, Cobertura adicional en
caso de eventos Catastróficos y Cobertura dental.
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FULL
Planes Centro Sur13-3EFCS40-22
1 / 6
FUN N°
FOLIO:
TIPO DE PLAN:
% TOPE (6) % TOPE (6) %
HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA
DIA CAMA: CIRUGIA,PEDIATRIA,GINECO-OBSTETRICIA, MEDICINA
DIA CAMA:SALA CUNA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DERECHO A PABELLON
DIA CAMA:INCUBADORA, INTERMEDIO,OBSERVACION,AISLAMIENTO
IMAGENOLOGÍA(RAYOS, ECOTOMOGRAFÍA)
IMAGENOLOGÍA(RESONANCÍA, SCANNER )
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGÍA Y FISIOTERAPIA 9
EXÁMENES LABORATORIO
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS 1,1 AC3
VISITA POR MÉDICO INTERCONSULTOR 0,5 UF
VISITA POR MÉDICO TRATANTE 0,5 UF
MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS (2) 25 UF 500 50
MATERIALES E INSUMOS CLINICOS (2) 20 UF 500 40
PROTESIS, ORTESIS Y ELEMENTOS DE OSTEOSINTESIS 10 UF 10 UF 150 20
TRASLADOS MÉDICOS (17) 0,85 AC3 0,85 AC3 5 5
QUIMIOTERAPIA (8) 20 UF 20 UF 500 200
AMBULATORIAS
CONSULTA MEDICA DE TELEMEDICINA EN ESPECIALIDADES*** (11)
CONSULTA MEDICA
EXAMENES DE LABORATORIO
PROCEDIMIENTOS
PABELLON AMBULATORIO
IMAGENOLOGÍA (RAYOS, ECOTOMOGRAFÍA)
IMAGENOLOGÍA (RESONANCIA, SCANNER)
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
KINESIOLOGIA Y FISIOTERAPIA 3
FONOAUDIOLOGIA 6 3
PROTESIS/ORTESIS (15) 10,5 8
ATENCIÓN INTEGRAL DE ENFERMERA (4a Y 4b) 3 1,8
ATENCIÓN INTEGRAL NUTRICIONISTA (5) 3 2,5
RADIOTERAPIA 300 100
QUIMIOTERAPIA (8) 500 100% 200
PRESTACIONES DENTALES (PAD) (10) 80% 2,5
PAD CLÍNICA DE LACTANCIA (0 A 6 MESES DE EDAD) (12)
PAD MAL NUTRICIÓN INFANTIL (7 A 72 MESES DE EDAD) (13)
TRATAMIENTO FERTILIZACIÓN ASISTIDA (PAD) (14)
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
OTRAS COBERTURAS
TERAPIA OCUPACIONAL (16) 80% 7
MEDICAMENTOS E INSUMOS POR URGENCIA 80% 3
OPTICA (MARCOS Y CRISTALES) (9) 80% 0,8
TRASLADOS MÉDICOS AMBULATORIOS 100%
BOX AMBULATORIO 80% Sin Tope
CONSULTA/TRATAMIENTO PSICOLOGIA 80% 7
ATENCIÓN DE URGENCIA (D) (E )
Incluye consulta médica de urgencia, imagenología, exámenes, procedimientos, pabellón y honorarios médicos en Clínica RedSalud Magallanes, Clínica RedSalud Rancagua, Clínica Dávila, Clínica RedSalud Providencia, Clínica RedSalud Santiago y Hospital Clínico Universidad de Chile,
según cobertura establecida en el cuadro de la oferta preferente para prestaciones ambulatorias.
1 AC3
0,6 AC3
80%
25 UF
20 UF
10 UF
100%
1 UF
TOPE
ANUAL
(7)(UF)
BONIFICACIÓN
OFERTA PREFERENTE (*)
Sin Tope
0,5 AC3
0,5 AC3
Clínica Red Salud Santiago
100%
0,7 AC3
1 AC3
Solo Cobertura Libre Elección
PRESTACIONES (1)
LIBRE ELECCIÓN (*)
TOPE (6)
4 UF
BONIFICACIÓN TOPE ANUA
(7)(UF)
Sin Tope
2 UF
1 AC3
0,9 AC3
1,8 AC3
1,1 AC3
Sin Tope
Clínica Dávila 100%
20 UF
0,85 AC3
90% Sin Tope:
1,1 AC3
0,6 UF
0,5 UF
0,78 UF
1,1 AC3
1,1 AC3
0,5 UF
0,5 UF
0,85 AC3
0,72 UF
0,6 AC3
0,7 AC3
0,6 AC3
0,7 AC3
25% con tope Libre Elección
Sólo con médicos Staff (A.1)
(Habitación Individual) (A)
70% Sin Tope:
Clínica Dávila (A.3)
80% Sin Tope:
80% Sin Tope:
Clínica RedSalud Rancagua
2 UF
7 UF
100%
Solo Cobertura Libre Elección
Sólo con médicos Staff (A.1)
(Habitación Individual) (A)
70% Sin Tope:
Clínica RedSalud Magallanes, Clínica RedSalud Rancagua, Clínica Dávila (A.3)
80% Sin Tope:
Centros Médicos RedSalud (A.3)
Clínica RedSalud Providencia
Clínica RedSalud Santiago, Hospital Clínico Universidad de Chile (A.3)
80% Sin Tope:
Centros Médicos RedSalud (A.3)
Clínica RedSalud Providencia
Clínica RedSalud Santiago, Hospital Clínico Universidad de Chile (A.3)
Clínica RedSalud Magallanes
100% Sin Tope:
Clínica Red Salud Providencia
Hospital Clínico Universidad de Chile
(A.2)
Sin Tope
0,85 AC3
50% Sin Tope: Centro Oftalmológico Providencia, Clínica Oftalmológica IOPA
20 UF
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO.
(***) En Notas explicativas del plan se individualizan las especialidades de telemedicina.
PRESTADORES DERIVADOS
Hospital Clínico Universidad de Chile, Clínica Redsalud Providencia y Clínica Redsalud Santiago.
1,14 AC3
CIRUGÍA PRESBICIA, FOTORREFRACTIVA O FOTOTERAPÉUTICA (18)
0,6 UF
0,5 AC3
0,6 UF
Sin Tope
0,75 AC3
0,6 UF
Sin Tope
0,8 UF
Igual a la cobertura Libre Elección nacional del plan de Salud, considerando el precio arancel de la prestación como si fuera otorgada en Clínica RedSalud Santiago, tanto en ambulatorio como en hospitalario. En el caso que
la prestación no contemple tope, este será de 2 VA (AC3)
COBERTURA INTERNACIONAL (F)
Sólo con médicos Staff (A.1)
CIRUGÍA BARIATRICA Y METABÓLICA, SEPTOPLASTÍA, RINOPLASTÍA,
TRATAMIENTO DE INFERTILIDAD Sólo Cobertura Libre Elección
INDIVIDUAL GRUPALX
PLAN PREFERENTE
EASY FULL CENTRO SUR 40 3 22
13-3EFCS40-22
4,713-3EFCS40-22
2 / 6
PRECIO DEL PLAN
EDAD
D)
E)
F)
G) 604
H)
ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC3 UNIDAD : PESOS
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
TIEMPOS DE ESPERA
- EXÁMENES
- INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS
FIRMA AFILIADO: FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE : NOMBRE :
RUT : RUT :
FECHA : FECHA :
- HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO -
OFTALMOLOGÍA -NEUROCIRUGÍA 42
28
9
- PROCEDIMIENTOS DIAGNÓSTICOS Y
TERAPEÚTICOS 21
21
TIPO DE BENEFICIARIO
COTIZANTE CARGAS
0 a menos de 20 años 0,60 0,60
U.F.
55 a menos de 65 años 2,00 1,40
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho precio se
determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por edad:
20 a menos de 25 años 0,90 0,70
25 a menos de 35 años 1,00 0,70 VALOR BASE U.F.
45 a menos de 55 años 1,40 1,00 VALOR TOTAL PLAN SEGUN
COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
35 a menos de 45 años 1,30 0,90
IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE
FACTORES N°
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses
contados desde la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las personas.
65 y más años 2,40 2,20 El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su cálculo se utilizará el
valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes que corresponde descontar la
cotización de la remuneración del cotizante.
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC)
entre el mes precedente a aquél en que se efectuó el último reajuste y el mes ante precedente a aquél en que se aplique el último reajuste, ambos inclusive.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente.
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
N° Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
HUELLA DACTILAR AFILIADO
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no podrá ser inferior a $ ....................... o al
menos, deberá llegar a un 85% de dicha suma.
4) Que el plan o planes de salud contratados se deberán financiar en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento al cuociente entre la suma de
cotizaciones pagadas de los trabajadores afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de Salud y
Subsidios por Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de
cotización de salud.
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
- CONSULTAS MÉDICAS EN ATENCIÓN PRIMARIA 9
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el
beneficiario suscriba el formulario pertinente que la isapre dispondrá en
sus sucursales.
- CONSULTAS MÉDICAS EN ESPECIALIDAD 14
*PARA CONSULTAS MÉDICAS EN LAS
ESPECIALIDADES DE: GASTROENTOROLOGÍA,
REUMATOLOGÍA, DERMATOLOGÍA, UROLOGÍA,
ONCOLOGÍA Y HEMATOLOGÍA.
4400 UF (7)13-3EFCS40-22
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NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO.
1) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama.
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLINICOS HOSPITALARIOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de
prestaciones hospitalarias. Sólo serán objeto de bonificación, aquellos medicamentos y materiales clínicos que el establecimiento hospitalario haya considerado
en su factura. Se excluyen de este ítem los medicamentos y materiales clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos
se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para los ítems Drogas Citotóxicas en Ciclos de Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica
respectivamente. Se excluyen asimismo de la oferta preferente, los medicamentos y materiales clínicos por, tratamiento de infertilidad y fibrosis quística del
páncreas, dado que se bonificarán en los porcentajes y topes especificos definidos para la modalidad de libre elección. El tope indicado se aplica por
evento/beneficiario.
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la
hospitalización, se deben sumar para considerar la aplicación del tope de bonificación por año contrato. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea
taxativa, se detallan las siguientes prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas.
Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en
el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada.
4) a) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores
de 55 años, o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
4) b) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo
cuando sean mayores de 55 años.
5) CONSULTA Y ATENCION INTEGRAL DE NUTRICIONISTA: Tanto la Consulta de Nutricionista como la Atención Integral de Nutricionista, requieren de indicación
por prescripción de médico tratante, y están destinadas a pacientes de cualquier edad, que presenten sobrepeso u obesidad según criterios de Índice de Masa
Corporal (I.M.C.). La Atención Integral comprende tres consultas de nutricionista, a saber, una evaluación al inicio, un control y una evaluación al término.
6) TOPES DE BONIFICACION: Los topes de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC3). Los topes en UF se calcularán al valor oficial
registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación.
7) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que
correspondan, las que en caso de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica la prestación por
un periodo máximo de un año de vigencia de beneficios. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni
después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada, ni
podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad libre elección a todas las prestaciones
contempladas en el arancel que se refiere el articulo 31 de la Ley Nª19.666 que establece el Régimen General de Garantías de Salud.
8) QUIMIOTERAPIA HOSPITALARIA Y/O AMBULATORIA: Corresponde a los esquemas terapéuticos que conforman los tratamientos de quimioterapia
incorporados en el Grupo 29 del Arancel Fonasa lo cuales se encuentran definidos en el Listado anual de drogas publicadas por la Unidad de Cáncer, dependiente
del MINSAL.
La cobertura para los esquemas terapéuticos que no se encuentren en este listado corresponderá exclusivamente para aquellos con acción citotóxica y/o
citostática sobre el cáncer. También se incluyen antieméticos y estimulantes de colonia que se administren de forma concomitante, es decir los mismos días de
infusión, de la quimioterapia. No tendrán cobertura medicamentos que correspondan a inmunoterapia, inmunomoduladores, hormonoterapia, bifosfonatos,
medicamentos coadyuvantes de la quimioterapia y aquéllos que previenen los efectos no deseados de ésta, y procedimientos no arancelados asociados a la
quimioterapia (preparación de drogas,administración de quimioterapia, administración en pabellón). Sólo se dará cobertura a medicamentos aprobados por el ISP
de acuerdo a la autorización sanitaria de dicho organismo.
9) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos, previa presentación ante la Isapre de la prescripción del
profesional, y de la boleta respectiva.
10) PRESTACIONES DENTALES (PAD): Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones dentales los beneficiarios que
tengan entre 12 años y 17 años 11 meses 29 días, que presenten caries de una o más piezas dentales. Los códigos FONASA de los PAD sujetos a cobertura son:
2503001, 2503002, 2503003, 2503004, 2503005 y 25-03-006. La cobertura es vía reembolso.
11) CONSULTA MEDICA DE TELEMEDICINA EN ESPECIALIDADES: Considera las siguientes especialidades: Dermatología, Geriatría, Endocrinología, Neurología,
Psiquiatría, Diabetología, y Nefrología.
12) PRESTACIONES CLÍNICA DE LACTANCÍA (PAD): Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones Clínica de
Lactancía los beneficiarios (as) que tengan entre 0 a 6 meses, que presenten dificultades en el proceso de amamantamiento, en su contexto multidimensional. EL
código FONASA del PAD sujetos a cobertura es: 2502020. La cobertura se entregará vía reembolso.
13) PRESTACIONES MAL NUTRICIÓN INFANTIL (PAD): Podrán acceder a la bonificación de los tratamientos contemplados en los PAD de prestaciones Mal nutrición
Infantil los beneficiarios (as) que tengan entre 7 a 72 meses, que presenten malnutrición infantil. EL código FONASA del PAD sujetos a cobertura es: 2502021. La
cobertura se entregará vía reembolso.
14) TRATAMIENTO FERTILIZACIÓN ASISTIDA (PAD): Contempla solo Tratamiento de fertilización asistida baja complejidad en hombre (Código 2502009) y en
mujer (Código 2502010). La cobertura se entregará vía reembolso.
15) AUDIFONOS: solo tendrán cobertura respecto de las personas mayores de 55 años de edad, y dicha cobertura sera libre elección.
16) TERAPIA OCUPACIONAL: Las prestaciones de Terapia Ocupacional, ya sean de caracter ambulatoria, hospitalaria o domciliairia, tendran cobertrura cuando estas
sean realizadas por terapeutas ocupacionales que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Prestadores que mantiene la Superintendencia de Salud, y
que hayan sido derivadas por médicos tratantes cuya especialidad este relacionada con el área de rehabilitación física, neurológica o psiquiátrica.
17) TRASLADOS MÉDICOS: Regirá solo para traslados de pacientes (se excluyen acompañantes) originados por hospitalizaciones, solicitados por el médico tratante
y que hayan sido autorizados previemente por la Isapre, salvo los casos de urgencia, en cuyo caso se aplicara lo establecido en las CONDICIONES Y
CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN.
18) CIRUGÍA PRESBICIA, FOTORREFRACTIVA O FOTOTERAPÉUTICA: Solo se otorgará la cobertura preferente del plan de salud, en caso de que estas prestaciones
sean realizadas en el Centro Oftalmológico Providencia o en cualquiera de las sucursales de la Región Metropolitana de la Clínica Oftalmológica IOPA (Instituto
Oftalmológico Profesor Arensten).
En caso de que las prestaciones se den en un prestador distinto a los individualizados en el párrafo anterior, se otorgará cobertura en modalidad libre elección.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE DEL PLAN CON PRESTADORES PREFERENTES
A) Los prestadores hospitalarios del plan de salud serán exclusivamente los nominados en la carátula del plan en el recuadro de prestadores hospitalarios, en
Habitación individual. La Habitación Individual se utilizará según disponibilidad de la clínica y en caso de no existir disponibilidad, se utilizará habitación doble o
la siguiente que exista disponible de menor valor. La bonificación preferente del día cama, tendrá como tope máximo la que corresponde al día cama individual
estándar (habitación con baño privado de menor precio del prestador) y las diferencias de uso por habitaciones superiores (suite, departamentos u otras) serán
de cargo del beneficiario.13-3EFCS40-22
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