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Libre Elección

15-PPEL36A-17

PREMIUM LIBRE ELECCION 36A

Puntuación del plan 3,8

Desde

$98.217/mes


Comparar Planes Online
DIA CAMA: CIRUGÍA, PEDIATRÍA, GINECO-OBSTETRICIA
DIA CAMA: SALA CUNA
DIA CAMA CUIDADOS INTENSIVOS O CORONARIOS
DERECHO DE PABELLON
DIA CAMA CUIDADOS INTERMEDIOS y OBSERVACION
IMAGENOLOGIA (RAYOS, ECOTOMOGRAFIA)
IMAGENOLOGIA (RESONANCIA, SCANNER)
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGIA
EXAMENES LABORATORIO
VISITA POR MEDICO INTERCONSULTOR
VISITA POR MEDICO TRATANTE
HONORARIOS MEDICO-QUIRURGICOS
HOSPITALIZACIÓN PSIQUIATRICA (3)
MEDICAMENTOS (2)
MATERIALES E INSUMOS CLINICOS (2)
EXAMENES LABORATORIO
IMAGENOLOGIA (RAYOS, ECOTOMOGRAFIA)
IMAGENOLOGIA (RESONANCIA, SCANNER)
CONSULTA MEDICA ESPECIALIDADES BASICAS (9)
CONSULTA MEDICA ESPECIALIDADES (10)
CONSULTA MEDICA DE URGENCIA Y DOMICILIARIA
PROCEDIMIENTOS
KINESIOLOGIA
PABELLON AMBULATORIO
HONORARIOS MEDICOS QUIRURGICOS
BOX AMBULATORIO
CONSULTA / TRATAMIENTO PSIQUIATRIA Y/O PSICOLOGIA
FONOAUDIOLOGIA
DROGAS CITOTOXICAS EN CICLOS DE QUIMIOTERAPIA (8)
TRASLADOS MEDICOS
PROTESIS / ORTESIS
ATENCION INTEGRAL DE ENFERMERIA EN DOMICILIO(4)
ATENCIONES DE ENFERMERIA CENTRO ADULTO MAYOR ( 5 )
COBERTURA EN LIBRE ELECCIONPRESTACIONES
FUN Nº
FOLIO
TIPO DE PLAN: INDIVIDUAL GRUPAL
PORCENTAJE
D E
BONIFICACION
SOBRE
VALOR REAL
(1)
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR
AMBULATORIA
AMBULATORIAS
OTRAS COBERTURAS
100%
SIN TOPE
(7)
MAXIMO DE
BONIFICACIÓN PARA
DETERMINADAS
PRESTACIONES
(U.F.)
SIN TOPE
SIN TOPE
SIN TOPE
MARCOS Y CRISTALES OPTICOS
MEDICAMENTOS E INSUMOS POR URGENCIA (13)
3,0
1,3
1,3
90
2,0
1,9
X
(*) La forma y aplicación de las coberturas se detalla en las Notas Explicativas y Definiciones contenidas en las páginas siguientes.
80%
11 veces AC1
0,9 veces AC1
1,0 veces AC1
0,8 veces AC1
0,8 veces AC1
5,0
60
30
5,5 UF
2,0 UF
14,5 UF
3,2 veces AC1
1,6 veces AC1
1,5 veces AC1
1,5 veces AC1
1,9 veces AC1
1,0 veces AC1
1,6 veces AC1
0,7 UF
0,7 UF
2,95 veces AC1
1,0 veces AC1
50 UF
25 UF
1,3 veces AC1
1,3 veces AC1
1,3 veces AC1
0,7 UF
0,7 UF
0,7 UF
1,5 veces AC1
1,2 veces AC1
3,0 veces AC1
2,95 veces AC1
0,55 veces AC1
1,0 veces AC1
1,1 veces AC1
PORCENTAJE
D E
BONIFICACION
SOBRE
VALOR REAL
TOPE DE
BONIFICACION
(6)
TOPE DE
BONIFICACION
(6)
OFERTA PREFERENTE
(A)
4,0 UF
3,5
3,0
100%
Copago Fijo $2.200 Centros Megasalud (*)
Copago Fijo $3.200 Centros Megasalud (*)
80% Sin Tope Centros
Megasalud (*)
0,8 UF
1,2 UF
SIN TOPE
PLAN PREMIUM LIBRE ELECCIÓN 36A 15-PPEL36A-17
80%
Solo cobertura Libre Elección
Solo cobertura Libre Elección
Solo cobertura Libre Elección15-PPEL36A-17
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ARANCEL
NOMBRE DEL ARANCEL: AC1 UNIDAD : PESOS
El Arancel tendrá un Reajuste General el 01 de abril de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Indice de Precios al Consumidor (IPC)
entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al de la fecha del reajuste.
Además del Reajuste General del Arancel, CONSALUD podrá reajustar algunas prestaciones en un porcentaje superior sólo con el fin de incrementar los
beneficios, como asimismo, podrá anticipar la fecha de reajuste con el mismo objeto, pudiendo imputarlo al reajuste que se realice en el mes de abril siguiente.
TOPE GENERAL ANUAL POR BENEFICIARIO
CONDICIONES DE VIGENCIA PLAN COLECTIVO Y OTROS GRUPALES (CUANDO CORRESPONDA)
1) Que se incorporen al convenio la cantidad de ............... trabajadores como beneficiarios o al menos el 85% de la misma, dentro del plazo de tres meses contados desde
la fecha de suscripción del convenio. Este porcentaje mínimo no podrá disminuir durante la vigencia del convenio.
2) Que se mantenga durante la vigencia del convenio, un promedio de cargas legales por afiliado cercana a las ........ personas.
3) Que el monto mínimo de cotización mensual del grupo total de los trabajadores afectos al convenio colectivo, no sea inferior a $ ................... o al menos, alcance un 85%
de dicha suma.
4) Que el plan de salud contratado se financie en al menos un 90%. Se entiende por financiamiento el cuociente entre la suma de cotizaciones pagadas de los trabajadores
afiliados al convenio colectivo y la suma de precios de los planes de esos trabajadores.
5) Que la siniestralidad anual del plan no supere el 85%. Se entiende por siniestralidad el cuociente entre la suma de los gastos de Prestaciones de Salud y Subsidios por
Incapacidad Laboral a cargo de la Isapre y la suma de las cotizaciones pagadas en ese mismo período.
NOTA: En caso de Planes Grupales en que se pacte el precio en el porcentaje equivalente a la cotización legal para salud, no se producirán excedentes de cotización de salud.
A) Que el cotizante y su cónyuge mantengan la calidad de afiliados vigentes de CONSALUD.
B) Que el cotizante y su cónyuge estén de acuerdo en mantener el Plan Matrimonial.
CONDICIONES DE VIGENCIA DEL PLAN MATRIMONIAL (CUANDO CORRESPONDA)
NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES
A) Que se mantenga permanentemente como trabajador de la empresa.
B) Que se mantenga permanentemente como afiliado de CONSALUD.
CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL AFILIADO PARA INGRESAR Y MANTENERSE EN EL PLAN GRUPAL (CUANDO CORRESPONDA)
U.F. 5.000 (7)
1) PRESTACIONES
a) Hospitalarias: Son aquellas que requieren de día cama.
b) Ambulatorias: Son aquellas no consideradas en la definición anterior.
2) MEDICAMENTOS Y MATERIALES CLÍNICOS: Son aquellos medicamentos y materiales clínicos recibidos por el beneficiario por causa de prestaciones hospitalarias. Sólo serán
objeto de bonificación, aquellos medicamentos que el establecimiento hospitalario haya considerado en su factura. Se excluyen de éste ítem los medicamentos y materiales
clínicos por tratamiento de cáncer y hospitalización psiquiátrica; dado que en ambos casos se bonificarán en los porcentajes y topes específicos definidos para los ítems de
Quimioterapia y Hospitalización Psiquiátrica respectivamente.
3) HOSPITALIZACION PSIQUIATRICA: La bonificación por consultas y tratamientos hospitalarios, como asimismo los medicamentos que se reciban durante la hospitalización, se
deben sumar para considerar la aplicación del tope de bonificación por año contrato. A modo de ejemplo y sin que esta enumeración sea taxativa, se detallan las siguientes
prestaciones que se considerarán para la determinación de este tope: días cama, medicamentos, exámenes, consultas médicas. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada
prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con
que se encuentre relacionada y al mismo tiempo los afiliados obtendran, a lo menos, las prestaciones contenidas en el arancel del Fondo Nacional de Salud en modalidad libre
elección, que se establece en el articulo 31 de la ley Nº 19.966 .
PRECIO DEL PLAN
El precio final del plan se pagará en su equivalente en pesos. Para su
cálculo se utilizará el valor oficial que tenga la U.F. el último día del mes
que corresponde descontar la cotización de la remuneración del
cotizante.
VALOR TOTAL PLAN SEGUN COMPOSICION DEL GRUPO FAMILIAR
VALOR BASE
El precio del Plan de Salud se expresa en Unidades de Fomento (U.F.). Dicho
precio se determina conforme a su valor base y la tabla de factores relativos por
sexo y edad:
U.F.
U.F.
TIPO DE BENEFICIARIO
EDAD COTIZANTE CARGAS
HOMBRE MUJER HOMBRE
1,80
0,80
0,80
0,80
1,30
2,17
2,50
2,78
2,60
2,45
2,70
2,99
3,34
3,70
3,70
4,00
4,30
4,80
1,80
0,80
0,60
0,60
0,60
0,60
0,70
1,00
1,05
1,26
1,30
1,75
1,90
2,60
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,70
0,70
0,70
0,70
0,90
1,00
1,05
1,26
1,40
1,75
2,22
2,70
3,70
4,00
4,50
5,00
1,80
0,80
0,60
0,60
0,75
1,00
1,40
1,60
1,60
1,60
1,75
2,10
2,20
2,70
3,70
4,00
4,30
4,80
MUJER
0 a menos de 2 años
2 a menos de 5 años
5 a menos de 10 años
10 a menos de 15 años
15 a menos de 20 años
20 a menos de 25 años
25 a menos de 30 años
30 a menos de 35 años
35 a menos de 40 años
40 a menos de 45 años
45 a menos de 50 años
50 a menos de 55 años
55 a menos de 60 años
60 a menos de 65 años
65 a menos de 70 años
70 a menos de 75 años
75 a menos de 80 años
80 y más años IDENTIFICACIÓN ÚNICA DE LA TABLA DE FACTORES N° 592
TIEMPOS DE ESPERA
INTERVENCIONES QUIRURGICAS
HOSPITALIZACIONES EN OTORRINO - OFTALMOLOGIA -
NEUROCIRUGÍA
Nº Días Corridos Inicio del Tiempo de Espera
14
30
Los tiempos de espera definidos, se cuentan a partir de la fecha en que el beneficiario
suscriba el documento de Solicitud de Contabilización del Tiempo de Espera en nuestras
oficinas.15-PPEL36A-17
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NOTAS EXPLICATIVAS Y DEFINICIONES
FIRMA REPRESENTANTE ISAPRE
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
FIRMA AFILIADO:
NOMBRE:
RUT:
FECHA:
HUELLA DACTILAR AFILIADO
4) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN DOMICILIO: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean mayores de 55 años,
o mayores de 15 años que se encuentren postrados o en estado terminal.
5) ATENCIONES INTEGRALES DE ENFERMERIA EN CENTRO DE ADULTO MAYOR: Se bonificará la atención que reciba el afiliado y sus beneficiarios, sólo cuando sean
mayores de 55 años.
6) TOPES DE BONIFICACION: Los topes de bonificación se expresan en UF o en veces el Arancel Consalud (AC1). Los topes en UF se calcularán al valor oficial
registrado por dicha unidad el último día del mes anterior a la fecha en que se bonifica la prestación. Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación
específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que
se encuentre relacionada y al mismo tiempo los afiliados obtendran, a lo menos, las prestaciones contenidas en el arancel del Fondo Nacional de Salud en modalidad
libre elección, que se establece en el articulo 31 de la ley Nº 19.966.
7) VALORIZACION TOPES ANUALES: Para el Tope General Anual por Beneficiario y el Monto Máximo de Bonificación, se contabilizarán las prestaciones que correspondan
en un año de vigencia de beneficios, las que en caso de estar expresado el tope en U.F. se valorizarán según el valor que tenga dicha unidad el día en que se bonifica
la prestación . Asimismo, se aclara que la bonificación de cada prestación específica en ningún caso, ni antes ni después de llegado al tope, será inferior al 25% de la
definida en el plan general convenido para la prestación genérica con que se encuentre relacionada, ni podrán tener una bonificación inferior a la cobertura financiera
que el Fondo Nacional de Salud asegura, en modalidad libre elección a todas las prestaciones contempladas en el arancel que se refiere el articulo 31 de la Ley Nª19.666
que establece el Régimen General de Garantías de Salud.
8) QUIMIOTERAPIA: Corresponde a medicamentos de uso endovenoso. Excluye medicamentos orales, medicamentos coadyuvantes, medicamentos hormonales, interferon,
interleukina, anticuerpos monoclonales, analgésicos, antihistamínicos, soluciones parenterales, alimentos parenterales y medicamentos estimulantes de colonias.
9) CONSULTA MÉDICA ESPECIALIDADES BÁSICAS: Comprende Medicina General, Pediatría, Obstetricia y Cirugía General
10) CONSULTA MÉDICA ESPECIALIDADES : Comprende todas las consultas restantes no mencionadas en el punto 9.
11) MARCOS Y CRISTALES OPTICOS: Corresponderá la bonificación de los marcos y cristales ópticos sólo con la presentación de la boleta correspondiente
A ) Los prestadores ambulatorios serán exclusivamente los Centros Médicos Megasalud.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE15-PPEL36A-17
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