Nombre:BE CLEVER ACTIVO 90E 9000 18FUN N°: Código:1AC9E90618Tipo de Plan:INDIVIDUAL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD LIBRE ELECCIÓNCON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA PRESTACIONES%de bonificaciónTope de bonificación Tope máximo año contrato por beneficiario(2.a) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Especialidades 100% Sin Tope Libre Elección 90% Sin Tope Clínica Las Condes (SR) 50% Sin Tope Prestadores Nuevos (1.l) Sin Tope Día Cama Cuidados Intensivos o coronarios Día Cama Cuidados intermedios Día CamaSala Cuna-Fototerapia Día Cama Otros Derecho de Pabellón Exámenes de laboratorio Histopatología Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia26.00UF Medicamentos (1.k) Sin Tope Materiales e insumos clínicos (1.k) Honorarios médicos quirúrgicos 100% 5.20VA Visita por médico tratante2.30UF Visita por médico interconsultor (1.d)2.30UF Procedimientos (1.c)4.80VA DrogasBiológicas20.00UF60.00UF Quimioterapia (2.g)20.00UF60.00UF Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis22.00VASin Tope Traslados Médicos (1.f)5.34VA Fonoaudiología4.84VA6.60UF AMBULATORIAS Consulta médica (1.a) 90% 2.80UF Sin Tope Consulta Oftalmológica2.80UF Consulta de Urgencia (1.a)2.80UF Exámenes de laboratorio3.60VA Histopatología3.60VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)4.00VA Imagenología (ResonanciaNuclear Magnética)3.74VA Radioterapia4.18VA Procedimientos (1.c)4.18VA Honorarios médicos quirúrgicos (1.b)4.18VA Pabellón ambulatorio (1.b)5.83VA Prótesis y órtesis5.32VA Atención integral de enfermería(2.f)4.18VA Fonoaudiología4.84VA6.60UF Consulta Psiquiatría1.40UF14.00UF Psiquiatría Ambulatoria7.00VA Consulta Psicología-Psicología Ambulatoria7.00VA14.00UF Kinesiología y fisioterapia3.63VA18.15UF Quimioterapia (2.g)14.30UF42.90UF Atención integral de nutricionista (2.f)4.18VA12.54UF Prestaciones dentales (PAD) (1.k)40%1.00VA7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.g): Tratamiento Fertilización asistidabaja complejidad Hombre40%1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF PRESTACIONES RESTRINGIDAS Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas90%3.50VA14.00UF Medicamentos en hospitalizaciónPsiquiátrica (1.e) 25% de la Cobertura General del Plan Día Cama Psiquiatría Día Cama Clínica de Recuperación Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) (2.d) COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESAREA, ABORTO Prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto,embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo)25% de la cobertura general del plan OTRAS COBERTURAS Óptica (1.i) 80% 2.20UF2.20UF Traslados médicos (1.f)5.34VASin Tope Medicamentos ambulatorios (1.h)5.00UF Box ambulatorio (1.b) (2.e)Sin Tope Cobertura internacional (1.j) La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta a un tope anual por beneficiario deUF1.000 Ver Notas explicativasdel plan de salud para la aplicación de la cobertura libre elección.
Firma Afiliado Nombre Rut Fecha HUELLA DACTILAR AFILIADO Firma Representante ISAPRE Nombre Rut Fecha Nombre:BE CLEVER ACTIVO 90E 9000 18 Código:1AC9E90618 PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Precio Base Precio Total según composición del grupo familiar TABLADE FACTORES N°538 Edad (Años)ContratanteCargas HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.501.50 2 a menos de50.950.950.600.60 5 a menos de 100.800.800.600.60 10 a menos de 150.800.800.550.55 15 a menos de 200.801.350.600.65 20 a menos de 250.701.500.651.00 25 a menos de 300.801.600.801.30 30 a menos de 351.002.301.001.40 35 a menos de 401.102.301.101.50 40 a menos de 451.302.001.301.60 45 a menos de 501.402.401.401.60 50 a menos de 551.802.651.801.80 55 a menos de 602.352.852.351.90 60 a menos de 653.203.303.202.40 65 a menos de 703.703.653.702.90 70 a menos de 753.703.653.703.10 75 a menos de 803.703.653.703.65 80 y más3.703.653.703.65 Identificación única del arancelIsapre CruzBlanca–31Modalidad Arancel$ Tope General por Beneficiario en UF7000
Nombre:BE CLEVER ACTIVO 90E 9000 18 Código:1AC9E90618 PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTÓPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapreestará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite a un plan que contemple cobertura para las prestaciones relacionadas al parto en los mismos términos previstos para el resto de las prestaciones. El (la) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i)Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en elcual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii)Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN NOTAS EXPLICATIVAS 1) Coberturas La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestacionesreferidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel de este plan. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. 1.a)Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio, imagenología, procedimientos, etc.). 1.b)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general,estosítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.f)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.g)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenologíapropios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.h)LacoberturadeMedicamentosAmbulatorioscorrespondesóloenatencióndeurgencia,cirugíaambulatoria,y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.i)Para obtener la cobertura deLentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.j)Para obtener la cobertura, elbeneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pagoque se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberánentregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.k)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o más piezas dentales. 1.l)Prestador Nuevo corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a los profesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en funcionamiento, en una fecha posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 11/06/2018. Las prestaciones otorgadas por dichos prestadores obtendrán la bonificación que se indica para éstos en el plan, y que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tantopara prestaciones hospitalarias como ambulatorias.