%Tope% Exámenes de Histopatología 15.00UF7.50UF 2.40VA 3.20VA 1.20UF 1.20UF 2.00VA 1.20VA 7.00VA57.00UF 1.00UF 1.10UF Exámenes de Laboratorio1.30VA Exámenes de Histopatología1.43VA 1.20VA7.50UF 1.60VA 1.00VA Pabellón Ambulatorio(1.d)3.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)3.20VA Procedimientos(1.c)2.40VA 1.00VA7.50UF 1.20UF7.50UF 1.20VA7.50UF 1.20VA7.50UF 7.00VA57.00UF 2.40VA Prótesis y Ortesis2.00VA Atención integral de enfermería(2.h)2.40VA Atención integral de nutricionista(2.h)2.40VA7.92UF Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 0.80VA 10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)10.00UF 10.00UF 10.00UF 7.00VA57.00UF 3.00VA 3.20VA 2.40VA Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.50VA 1.20UF 2.50VA1.00UF 1.20VA 701.10UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Consulta Médica 70 Proc. diagnósticos y Terapéuticos15 días Bonificación Copago Fijo Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b)Bonificación ATENCIONES DE URGENCIA (a.2.3)(1.g) Sin Tope Sin Tope Drogas Biológicas(2.f) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) PET -CT Psiquiatría Ambulatoria 401.00 VA Traslados(1.i) www.cruzblanca.cl Tiempos de Espera: Día Cama Clínica de Recuperación Medicamentos Ambulatorios(1.j) Cobertura Internacional(1.k) (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. OTRAS COBERTURAS ExámenesIntervenciones quirúrgicas30 días Sin Tope 7 días La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(1.a.2.4)(2.e) Kinesiología y fisioterapia Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(1.a.2.4)(2.e) Sin Tope Sólo cobertura libre elección Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Óptica(1.h) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) TIPO DE PLAN:FUN Nº Habitación Individual Día Cama Observación-Recuperación LIBRE ELECCIÓN Tope Sin Tope Derecho de Pabellón 90% Sin Tope Integramedica 70% Sin Tope Integramedica Sólo cobertura libre elección 70% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago e Integramedica. Materiales Clínicos e Insumos Honorarios Médicos PRESTACIONES RESTRINGIDAS Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) Consulta Médica Sin TopePabellón Medicamentos hospitalarios MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE NOMBRE:Alemana Especial 8500 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA 1ALEP85013 90 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. 1.a) OFERTA PREFERENTE (*) CLINICA ALEMANA Día Cama Psiquiatría(1.e) Quimioterapia(2.d) Kinesiología y fisioterapia Visita Interconsultor(**) (1.b) Clínica Alemana de Santiago Honorarios Médicos Quirúrgicos(**)Sin Tope Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Sin Tope (**) Staff AMCA A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. PRESTACIONES Prestaciones Dentales PAD(1.l) CODIGO DE PLAN: Día Cama Sala Cuna-Fototerapia INTEGRAMEDICA Sin Tope 80 Sólo cobertura libre elección Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Exámenes de Laboratorio 90% Sin Tope INDIVIDUAL Traslados médicos(1.i) Consulta Oftalmológica Consulta Psiquiatría Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Quimioterapia(2.d) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sólo cobertura libre elección Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día cama Maternidad PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Radioterapia Fonoaudiología 90% Sin Tope 90 % Sin Tope Clínica Santa María - Clínica San Carlos de Apoquindo 70% Sin Tope Clínica Las Condes. Sin Tope Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Sólo cobertura libre elección 70 80 Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS Clínica TabancuraHOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTADOR DERIVADOa.1.2) y a.2.2) 70% Sin Tope Clínica Alemana de Santiago e Integramedica. 25 90 Sin Tope Sin Tope
Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas a1.1)RED AMBULATORIA 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. a2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Tabancura. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 50 a menos de 55 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar. Tope General Anual por Beneficiario 2.b)Sin Tope 80 y más Isapre CruzBlanca - 31 15 a menos de 20 5 a menos de 10 40 a menos de 45 60 a menos de 65 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. a2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. (**) Staff AMCA =Medicos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO= Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derechos de Pabellón. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 30 a menos de 35 Modalidad del Arancel Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. a2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 65 a menos de 70 2 a menos de5 Huella Dactilar 55 a menos de 60 45 a menos de 50 a.1) Oferta preferente Ambulatoria: Se excluye de la cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. 70 a menos de 75 0 a menos de2 Edad años Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. INTEGRAMEDICA 75 a menos de 80 a1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan Alemana Especial 8500, todos los centros médicos de Integramedica. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza culquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador . a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ALEP85013 Contratante Alemana Especial 8500 Contratante 25 a menos de 30 20 a menos de 25 35 a menos de 40 10 a menos de 15 $ Identificación Única del Arancel (5.a) a2.2) Es prestador Derivado Hospitalario del Plan Alemana Especial 8500, Clínica Tabancura. En caso de insuficiencia de Clínica Alemana de Santiago, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. TABLA DE FACTORES Nº 537Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) CODIGO DE PLAN:1ALEP85013NOMBRE: