%Tope% 3.00UF 5.00UF 5.00UF 1.00UF 1.40VA 2.00VA 0.80VA Exámenes de Histopatología0.88VA 0.90VA 0.90VA 15.75UF1.05VA7.88UF 14.00UF 10.00UF 1.18VA 1.68VA 0.70UF 0.70UF 4.28VA 1.21VA 5.00UF50.00UF 5.00UF50.00UF 0.46UF 0.50UF Exámenes de Laboratorio0.63VA Exámenes de Histopatología1.05VA 1.05VA7.88UF 0.77VA 0.90VA Pabellón Ambulatorio(1.d)1.50VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)2.10VA Procedimientos(1.c)1.18VA 0.50VA7.88UF 0.32UF7.50UF 1.20VA7.50UF 1.20VA7.50UF 5.00UF50.00UF 1.18VA Prótesis y Órtesis4.28VA Atención integral de enfermería(2.h)1.18VA Atención integral de nutricionista1.18VA3.89UF 7.00UF 4.00UF 12.00UF 0.75UF2.10UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)3.50UF3.50UF 0.80VA2.10UF 0.75UF1.12UF 1.05UF1.05UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.50VA 1.20UF 1.21VA 700.50UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Radioterapia Sin Tope 40Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Sin Tope CONSULTA DE URGENCIA (1.a.2.3)(1.g) NOMBRE:ALEMANA PLUS 6400 219 LIBRE ELECCIÓN Día Cama Procedimientos (**)(1.c) Consulta Psiquiatría 70 Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Sin Tope Sólo Cobertura Libre Elección70 25% de la Cobertura General del Plan. Traslados Médicos(1.i) Copago Fijo UF 0.70 Clínica Alemana VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2) Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Medicamentos(2.g) Día cama Cuidados Intermedios Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Consulta Oftalmológica Sin Tope Clínica Alemana de Santiago Habitación Individual (**) Staff CAS PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita por Médico Tratante(**) TIPO DE PLAN:FUN NºINDIVIDUAL La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTADORDERIVADO 1.a.1) y 1.a.2.2) UC San Carlos de Apoquindo (**) Staff Asomeduc www.cruzblanca.cl UC San Carlos de Apoquindo Consulta Médica PRESTACIONES AMBULATORIAS Medicamentos Ambulatorios(1.j) Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas 1.a) OFERTA PREFERENTE CLINICA ALEMANATope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Bonificación Sin Tope Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b) Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Exámenes de Laboratorio Quimioterapia(2.d) Sólo Cobertura Libre Elección Sólo Cobertura Libre Elección Kinesiología y fisioterapia Prestaciones Dentales PAD (1.e) Fonoaudiología Drogas Biológicas(2.f) Psiquiatría Ambulatoria Quimioterapia(2.d) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 70% Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) PRESTACIONESTope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Sin Tope 70 Kinesiología y fisioterapia 70% Sin TopeSin Tope Sin Tope Copago Fijo UF 0.60 Clínica Alemana BonificaciónCopago FijoTope Día Cama Sala Cuna-Fototerapia CODIGO DE PLAN:1ALP640219 Óptica(1.h) Sólo Cobertura Libre Elección70 Traslados Médicos(1.i) Derecho de Pabellón PET -CT 70 Día Cama Observación-Recuperación Cobertura Internacional(1.k) 1.00VA Día Cama Psiquiatría PRESTACIONES AMBULATORIAS Día Cama Clínica de Recuperación Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(1.a.2.4)(2.e)
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Isapre CruzBlanca - 31 NOMBRE: Identificación Única del Arancel (5.a) 75 a menos de 80 70 a menos de 75 60 a menos de 65 65 a menos de 70 80 y más 20 a menos de 25 TABLA DE FACTORES Nº 537 10 a menos de 15 5 a menos de 10 1ALP640219 50 a menos de 55 40 a menos de 45 30 a menos de 35 45 a menos de 50 35 a menos de 40 Modalidad del Arancel 25 a menos de 30$ Edad añosContratante 0 a menos de2 ALEMANA PLUS 6400 219 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar.2 a menos de5 15 a menos de 20 55 a menos de 60 5000Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) CODIGO DE PLAN:
1.- Coberturas NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ALP640219 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan ALEMANA PLUS 6400 219, la Clínica San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador. 1.a.2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Alemana de Santiago. 1.a.2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias del Plan ALEMANA PLUS 6400 219, UC San Carlos de Apoquindo (**) Staff Asomeduc . En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.a.1.2)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 1.e)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección.
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. (**) Staff AsomeducMédicos de Staff Asomeduc en Convenio para el Plan. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3 sesiones de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de catéter o sonda. 5.a) El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en Pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. (**) Staff CASMédicos de Staff Clínica Alemana de Santiago.