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PreferenteCódigo 1ALP640414

ALEMANA PLUS 6400

Puntuación del plan
2,2

Plan no comercializable.

Desde

$150.498/mes

3,65 UF
% Tope %
3.00
UF
5.00
UF
5.00
UF
1.00
UF
1.40
VA
2.00
VA
0.80
VA
Exámenes de Histopatología
0.88 VA
0.90
VA
0.90
VA
15.00
UF 0.90 VA 7.50 UF
20.00
UF
10.00
UF
1.20
VA
2.10
VA
0.70
UF
0.70
UF
2.00
VA
1.05
VA
5.00
UF 50.00 UF
5.00
UF 50.00 UF
0.50
UF
0.50
UF
Exámenes de Laboratorio
0.90 VA
Exámenes de Histopatología
1.05 VA
1.00
VA 7.50 UF
1.10
VA
0.90
VA
Pabellón Ambulatorio (1.d)
1.50 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)
2.10 VA
Procedimientos (1.c)
1.12 VA
0.50
VA 7.50 UF
0.35
UF 7.50 UF
1.20
VA 7.50 UF
1.20
VA 7.50 UF
5.00
UF 50.00 UF
1.12
VA
Prótesis y Ortesis
2.00 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
1.12 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
1.12 VA 3.70 UF
Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
0.75
UF 2.10 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
5.00 UF 5.00 UF
0.80
VA 2.10 UF
0.75
UF 1.12 UF
2.00
VA
1.20
VA
2.10
VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d)
2.50 VA
1.20
UF
2.50
VA 1.00 UF
1.05
VA
70
0.50 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Sin Tope

Copago Fijo UF 0.60 Clínica Alemana
UC San Carlos de Apoquindo

Bonificación

Copago Fijo

Sin Tope

Tope máximo año
contrato por Beneficiario
(2.b)

Clínica Alemana de Santiago
(**) Staff AMCA
UC San Carlos de Apoquindo
(**) Staff Asomeduc

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Consulta Médica

Tope máximo año
contrato por
Beneficiario (2.b)

Quimioterapia (2.d)

Sin Tope

1.a) OFERTA PREFERENTE
CLINICA ALEMANA

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

Visita Interconsultor (**) (1.b)

70

70% Sin Tope

70

Cobertura Libre Elección

Kinesiología y fisioterapia

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Bonificación

Tope

Exámenes de Laboratorio

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
70% Sin Tope
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

PRESTACIONES

Derecho de Pabellón

Drogas Biológicas (2.f)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Consulta Oftalmológica

Quimioterapia (2.d)

Traslados Médicos (1.i)

Prestaciones Dentales PAD (1.e)

70

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Día Cama Psiquiatría

UC San Carlos de Apoquindo

Cobertura Internacional (1.k)

Fonoaudiología

Día Cama Clínica de Recuperación

Radioterapia

Óptica (1.h)

40

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Psiquiatría Ambulatoria

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

1.00 VA

Cobertura Libre Elección

PET -CT

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

70

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (a.2.4)(2.e)

OTRAS COBERTURAS (1.a.1.3)

www.cruzblanca.cl

Sin Tope

Cobertura Libre Elección

Sin Tope

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (**)

TIPO DE PLAN :
FUN NºINDIVIDUAL
Día Cama Observación-Recuperación

Día cama Cuidados Intermedios

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Medicamentos en hospitalización (2.g)

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1.c)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1.2)

Kinesiología y fisioterapia

Sin Tope

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

UC San Carlos de Apoquindo

Consulta Psiquiatría

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (a.2.4)(2.e)

PRESTADOR DERIVADO 1.a1) y 1.a2.2)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

NOMBRE :
ALEMANA PLUS 6400CODIGO DE PLAN :
70

LIBRE ELECCIÓN

Día Cama Especialidades

1ALP640414

Traslados Médicos (1.i)

Cobertura Libre Elección

Copago Fijo UF 0.70 Clínica Alemana
UC San Carlos de Apoquindo

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

ATENCIONES DE URGENCIA (a.2.3)(1.g)
Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

Médicos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan.

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)

1ALP640414

5 a menos de 10

0 a menos de 2

75 a menos de 80

Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre
Elección.

70 a menos de 75

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ALP640414

55 a menos de 60

(**) Staff Asomeduc
Médicos de Staff Asomeduc en Convenio para el Plan.
30 a menos de 35

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

ALEMANA PLUS 6400

(**) Staff AMCA

Contratante

50 a menos de 55

10 a menos de 15

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar.

35 a menos de 40

40 a menos de 45
5000
45 a menos de 50

Isapre CruzBlanca - 31
Identificación Única del Arancel (5.a)
2 a menos de 5

NOMBRE :

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar
de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el
momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se
devenga la remuneración.

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto
mayor, atendido por enfermeras universitarias.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada
beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la
bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones
contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

a2.3) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un
servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Alemana de Santiago.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;
RNM= Resonancia Nuclear Magnética.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de
pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.e) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a2.4) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

1.a.1) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan ALEMANA PLUS 6400, la Clínica San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura
señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador .

80 y más

Contratante

a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.a.2) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

a2) Oferta preferente Hospitalaria:

Huella Dactilar

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

15 a menos de 20

60 a menos de 65

65 a menos de 70

a2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalarias del Plan ALEMANA PLUS 6400, UC San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma
cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con
convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección.

a2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Se
excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento.

20 a menos de 25
$Modalidad del Arancel
25 a menos de 30

TABLA DE FACTORES Nº 537

CODIGO DE PLAN :

Edad años