%Tope% Exámenes de Histopatología 15.00UF7.50UF 28.00UF 20.00UF 1.28VA 1.92VA 0.85UF 0.85UF 2.42VA 1.24VA 6.00UF57.00UF 6.00UF57.00UF 0.64UF 0.70UF Exámenes de Laboratorio0.70VA Exámenes de Histopatología0.77VA 1.10VA7.50UF 0.91VA 1.00VA Pabellón Ambulatorio(1.d)2.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)2.40VA Procedimientos(1.c)1.28VA 1.00VA7.50UF 0.45UF7.50UF 1.20VA7.50UF 1.20VA7.50UF 6.00UF18.00UF 1.28VA Prótesis y Órtesis2.42VA Atención integral de enfermería(2.h)1.28VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.28VA4.22UF 7.00UF 4.00UF 12.00UF 10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)7.00UF10.00UF 2.00VA10.00UF 10.00UF 1.28VA 1.92VA 5.00UF 0.48VA Box ambulatorio(2.a)(1.d)2.50VA 1.20UF 1.00UF1.00UF 1.24VA 700.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.g) PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Drogas Biológicas(2.f) Copago Fijo UF 0.60 Clínica Alemana UC San Carlos de Apoquindo Visita Interconsultor(**) (1.b) Sin Tope 70 1.a) OFERTA PREFERENTE CLINICA ALEMANA Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Kinesiología y fisioterapia Día Cama Especialidades 90% Sin Tope Libre Elección 70% Sin Tope Clínica Santa María 40% Sin Tope Clínica Las Condes (SR) 1.l) 80% SIN TOPE 80 25 Sin Tope UC San Carlos de Apoquindo Exámenes de Laboratorio 25 OTRAS COBERTURAS (1.a.1) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Honorarios Médicos Sin Tope Sin Tope COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Sin Tope Sin Tope Copago Fijo UF 0.70 Clínica Alemana UC San Carlos de Apoquindo Óptica(1.h) Día Cama Clínica de Recuperación Radioterapia PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer Sólo Cobertura Libre Elección Consulta Médica Medicamentos Ambulatorios(1.j) Sin Tope La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Prestaciones Dentales PAD (1.e) Quimioterapia(2.d) Sin Tope Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) PRESTACIONES AMBULATORIAS Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Bonificación Copago Fijo Derecho de Pabellón Clínica Alemana de Santiago (**) Staff AMCA UC San Carlos de Apoquindo (**) Staff Asomeduc 90 Sin Tope Traslados Médicos(1.i) Sin Tope Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Tope Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Fonoaudiología Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Cobertura Internacional(1.k) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) ATENCIONES DE URGENCIA (a.2.3)(1.g) Día Cama Psiquiatría PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope www.cruzblanca.cl PRESTADOR DERIVADO 1.a1.2) y 1.a2.2) 70 PET -CT PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) TIPO DE PLAN:FUN NºINDIVIDUAL Día Cama Observación-Recuperación Día cama Cuidados Intermedios Traslados Médicos(1.i)Sólo Cobertura Libre Elección MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE PRESTACIONES Sin Tope Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(a.2.4)(2.e) ALEMANA PLUS ESPECIAL 8000CODIGO DE PLAN: Sólo Cobertura Libre Elección LIBRE ELECCIÓN NOMBRE:1ALPE80716 90% Sin Tope 80 Medicamentos en hospitalización(2.g) Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Bonificación 40 70 Prestaciones Fertilización PAD (1.n): VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Sólo Cobertura Libre Elección 1.00 VA Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(a.2.4)(2.e) UC San Carlos de ApoquindoHOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Quimioterapia(2.d) Consulta Oftalmológica Psiquiatría Ambulatoria Consulta Psiquiatría Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Sólo Cobertura Libre Elección Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.l)Prestador Nuevo corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a losprofesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en funcionamiento, en una fecha posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 01/07/2016. Las prestaciones otorgadas por dichos prestadores es la que se indica para éstos en el plan, y que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tanto para prestaciones hospitalarias como ambulatorias Clínica Las Condes (SR): Sólo por reembolso (**) Staff AsomeducMédicos de Staff Asomeduc en Convenio para el Plan. CODIGO DE PLAN: PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud. TABLA DE FACTORES Nº 537 50 a menos de 55 45 a menos de 50 NOMBRE: (**) Staff AMCAMédicos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos de Staff con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 7000 0 a menos de2 5 a menos de 10 30 a menos de 35 Modalidad del Arancel 25 a menos de 30$ Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) 2 a menos de5 10 a menos de 15 35 a menos de 40 75 a menos de 80 55 a menos de 60 40 a menos de 45 Isapre CruzBlanca - 31Identificación Única del Arancel (5.a) Edad años 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.a.2.3)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que porcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Alemana de Santiago. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.e)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.a.2.4)La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento. 20 a menos de 25 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: Huella Dactilar NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ALPE80716 1.a.2.2) Es prestador Derivado para las atenciones hospitalalarias del Plan ALEMANA PLUS ESPECIAL 8000, UC San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia del prestador principal, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos de Staff con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de Libre Elección. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.a1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan ALEMANA PLUS ESPECIAL 8000, Clínica San Carlos de Apoquindo. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza cualquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador. 70 a menos de 75 Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 15 a menos de 20 60 a menos de 65 65 a menos de 70 80 y más Contratante 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Cargas 1ALPE80716 Contratante ALEMANA PLUS ESPECIAL 8000