% Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b)0.89UF0.89UF0.89UF Honorarios Médicos Quirúrgicos5.60VA4.06VA4.06VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(c)3.00VA1.89VA1.89VA Kinesiterapia1.89VA1.89VA1.89VA4.72UF Día Cama Especialidades9.00UF9.00UF UTI-UCI16.52UF16.52UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.01VA4.01VA Día Cama Otros8.01VA8.01VA Derecho de Pabellón5.29VA5.29VA Laboratorio2.10VA2.10VA Histopatología2.31VA2.31VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)2.14VA2.14VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.14VA2.14VA Medicamentos en hospitalización(k)52.00UF52.00UF Materiales Clínicos e Insumos(k)UF16.50UF16.50UF Día Cama Psiquiatría(d)2.00UF2.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(e)8.00VA8.00VA Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(d)13.00UF13.00UF Día Cama Clínica de Recuperación8.01VA8.01VA20.03UF Consulta Médica0.85UF0.85UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(f)1.02UF1.02UF Laboratorio1.64VA1.64VA Histopatología1.80VA1.80VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)1.68VA1.68VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.64VA1.64VA Honorarios Médicos Ambulatorios(i)4.06VA4.06VA Box ambulatorio(i)8.01VA8.01VA Derecho de Pabellón(i)5.29VA5.29VA Procedimientos(c)1.89VA1.89VA Kinesiterapia1.89VA1.89VA4.72UF Medicamentos Ambulatorios(j)1.50UF1.50UF Consulta Psiquiatría0.89UF0.89UF Psiquiatría Ambulatoria4.45VA4.45VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria4.45VA4.45VA4.45UF Atención Integral de Enfermería y nutricionista(I)1.89VA1.89VA Fonoaudiología3.36VA3.36VA4.37UF Óptica(g)1.52VA0.61UF Prótesis y Ortesis2.50VA Traslados(h)3.44VA 18.98UF51.75UF Cobertura Internacional Consulta Médica Exámenes Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección PRESTADORES DERIVADOS(*) PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA UF Sin Tope TIEMPOS DE ESPERA : 4.45 7 días 10 días FUN N° Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope Sin Tope Tope Máximo bonificación(m) Año/Benef/UF LIBRE ELECCIÓNLIBRE ELECCIÓN REGION METROPOLITANA 20.00 Tope Bonificación CODIGO DE PLAN: OTRAS PRESTACIONES PRESTACIONES AMBULATORIAS 80 La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 15 días 30 días Pieza Individual 80 % de acuerdo a los topes Cobertura Libre Elección UF - Veces Arancel Tope Bonificación Atenciones de Urgencia Proc. diagnósticos y Terapéuticos 100 Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia OTROS (Restricciones) (a.1) UF - Veces Arancel Sólo cobertura Libre Elección UF PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO ALEMANA DE TEMUCO ESPECIAL PLUS INDIVIDUAL 100ST 80 1ATIEP1012NOMBRE: Sin Tope TIPO DE PLAN: REGIONAL (Excepto región metropolitana) INDIVIDUAL Psiquiátrica,psicológica,prótesis,traslados,atencióndental, cirugíafotorrefractiva(lasik),tratamientosdeInfertilidad, tratamientoscondrogasbiológicasycirugíabariátricaode obesidad PET CT. Intervenciones quirúrgicas Tope Bonificación Clínica Alemana de Temuco 16.50 100 90% Sin Tope Clínica Indisa - Clínica Dávila - Hospital Clínico Universidad de Chile 100% Sin Tope Clínica Alemana de Temuco 100 PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE : "Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto" Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. a) Cobertura Preferente PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Clínica Indisa - Clínica Dávila - Hospital Clínico Universidad de Chile Clínica Avansalud Providencia % Bonif. Valor Real 70 90 Sin Tope Laboratorio IMEX 90% Sin Tope Centros Integramedica Laboratorio-Rayos-TAC-ECO #¡REF! Sólo cobertura Libre Elección UF - Veces Arancel 90 Sólo cobertura Libre Elección
CODIGO DE PLAN:NOMBRE : Edad (Años) HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80UF 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre :Contratante Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1ATIEP1012 UnidadNombre Arancel Isapre Cruz Blanca -20 e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. (h)Con indicación médica justificada. CargasPrecio Base Plan de Salud Complementario en UF El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. 7000 UF Huella Dactilar Tope General por Beneficiario m) (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) (i)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud ComplementarioLibre Elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. k)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. l)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. *) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. NOTAS EXPLICATIVAS j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. m)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. ALEMANA DE TEMUCO ESPECIAL PLUS INDIVIDUAL 100ST Contratante Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laPieza Individual estándar o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para las prestaciones que se realicen en las Clínica Alemana de Temuco.