%%% Día Cama Especialidades9.00UF9.00UF 16.52UF16.52UF 16.52UF16.52UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.01VA4.01VA Día Cama Otros8.01VA8.01VA Derecho de Pabellón5.29VA5.29VA Laboratorio2.10VA2.10VA Histopatología2.31VA2.31VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)2.14VA2.14VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)2.14VA2.14VA Medicamentos en hospitalización(2.f)36.40UF36.40UF Materiales Clínicos e Insumos(2.f)9016.50UF16.50UF16.50UF Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(1.b)0.89UF0.89UF0.89UF Honorarios Médicos Quirúrgicos5.60VA3.25VA3.25VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos(1.c)3.00VA1.89VA1.89VA Kinesiterapia1.89VA1.89VA1.89VA4.72UF Prótesis y Ortesis2.76VA2.76VA Traslados(1.h)3.50VA3.50VA 18.98UF18.98UF51.75UF 18.98UF18.98UF51.75UF Día Cama Psiquiatría2.00UF2.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.d)8.00VA8.00VA Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica9.10UF9.10UF Día Cama Clínica de Recuperación8.01VA8.01VA20.03UF Consulta Médica0.78UF0.78UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(1.f)1.02UF1.02UF Laboratorio1.15VA1.15VA Histopatología1.27VA1.27VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)1.15VA1.15VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)1.64VA1.64VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.i)4.06VA4.06VA Derecho de Pabellón(1.i)5.29VA5.29VA Procedimientos(1.c)1.89VA1.89VA Radioterapia1.89VA1.89VA Kinesiterapia1.89VA1.89VA4.72UF Consulta Psiquiatría0.89UF0.89UF Psiquiatría Ambulatoria4.45VA4.45VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria4.45VA4.45VA4.45UF Atención Integral de Enfermería(2.g)1.89VA1.89VA Atención Integral de nutricionista(2.g)1.89VA1.89VA6.24UF Fonoaudiología3.36VA3.36VA4.37UF Prótesis y Ortesis2.76VA2.76VA 18.98UF18.98UF51.75UF 7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF Óptica(1.g)1.52VA1.52VA0.61UF Traslados(1.h)3.50VA3.50VA Box ambulatorio(1.i)(2.a)8.01VA8.01VA Medicamentos Ambulatorios(1.j)1.50UF1.50UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl 80 8080 8080 Sin Tope Sólo cobertura Libre Elección 90 Sin Tope 80 Prestaciones Fertilización PAD (1.l): Sólo cobertura Libre Elección Sólo cobertura Libre Elección VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sólo cobertura Libre Elección PET - CT Cirugía bariátrica o de obesidad(2.e) Cirugía fotorrefractiva (lasik)(2.e) 80 Día cama cuidados intermedios Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) Tratamientos con drogas biológicas(2.h) Atenciones de Urgencia OTRAS PRESTACIONES PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) PRESTADORES DERIVADOS Sin Tope Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia(2.d) (**) Médicos Staff de Prestadores Sin Tope Sin Tope UF Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 80 PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a.1.1) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a.1.2) UF 4.45 20.00 Prestaciones Dentales PAD (1.d): Clínica Avansalud Providencia Cobertura Internacional(1.k) Sólo cobertura Libre Elección Sin Tope 80% Sin Tope en Clínica Indisa - Clínica Dávila - Hospital Clínico Universidad de Chile 80 1.00VA 90% Sin Tope 90% Sin Tope REGION METROPOLITANA 90% Sin Tope Centros Integramedica Sólo cobertura Libre Elección Habitación Individual Tope 90% Sin Tope Laboratorio IMEX 90% Sin Tope Centros Integramedica Sólo cobertura Libre Elección 90 Bonificación Día cama cuidados intensivos o coronarios Clínica Alemana de Temuco PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN: REGIONAL (Excepto Región Metropolitana) INDIVIDUAL 1ATIP11115 MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE FUN N° CODIGO DE PLAN: PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Tope Bonificación Tope Máximo Año Contrato por Beneficiario(2.b) LIBRE ELECCIÓN Clínica Alemana de Temuco ALEMANA DE TEMUCO PLUS INDIVIDUAL 100ST Bonificación NOMBRE: Clínica Indisa - Clínica Dávila - Hospital Clínico Universidad de Chile Copago FijoTope 40 1.a) Cobertura Preferente
CODIGO DE PLAN:NOMBRE : Edad (Años) HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut: 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.g)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. Nombre Arancel(5.a)Unidad 1.e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 2.f)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.i)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatorias, Box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 1.a) El presente Plan de Salud contempla mayorcobertura de atenciones hospitalarias si las prestaciones se efectúan a través de ordenes de atención que se realicen en laClínica Alemana de Temuco. 7000 VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Isapre Cruz Blanca - 31 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no.La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.d)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. NOTAS EXPLICATIVAS 2.- Definiciones 1.f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o departamento. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará laHabitación Individual estándar o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.a.1.2) Será prestadorderivado para las atenciones hospitalarias del Plan ALEMANA DE TEMUCO PLUS INDIVIDUAL 100ST los prestadores 80% Sin Tope en Clínica Indisa - Clínica Dávila - Hospital Clínico Universidad de Chile. En caso de insuficiencia de Clínica Alemana de Temuco, el beneficiario recibirá la cobertura de 90% Sin Tope, señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éstos prestadores. 1.l)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. $UF 2.h)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.h)Con indicación médica justificada. 1.a.1.1)Es prestador derivado para la atención ambulatoria, la Clínica Avansalud de Providencia. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1ATIP11115 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)Contratante Tope General por Beneficiario (2.b) Cargas ALEMANA DE TEMUCO PLUS INDIVIDUAL 100ST Huella Dactilar Contratante