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Libre ElecciónCódigo 1FX8201214

FLEXIBLE PLUS 8200

Puntuación del plan
5,5

Plan no comercializable.

Desde

$167.625/mes

4,07 UF
CÓDIGO DE PLAN : 1FX8201214 NOMBRE :
TIPO DE PLAN :

% de Bonificación
Ampliación de Cobertura
(2.a)

Día Cama Especialidades
13.00 UF
Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios
18.20 UF
Día Cama Cuidados Intermedios
18.20 UF
Día Cama Sala Cuna - Fototerapia
6.50 UF
Día Cama Otros
13.00 VA
Derecho de Pabellón
6.00 VA
Exámenes de laboratorio
1.30 VA
Histopatología
1.30 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.00 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
0.80 VA
2.90
VA
Medicamentos (1.k)
100.00 UF
70.00
UF
5.50
VA
1.10
UF
1.10
UF
Kinesiología
2.90 VA 5.44 UF
Drogas Biológicas
10.00 UF 30.00 UF
10.00
UF 30.00 UF
2.75
VA
7.30
VA
4.40
VA 5.28 UF
Consulta médica
1.10 UF
Consulta Oftalmológica
1.10 UF
Consulta de Urgencia (1.a)
1.10 UF
Exámenes de laboratorio
2.40 VA
Histopatología
2.40 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
2.60 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
2.08 VA
Radioterapia
4.40 VA
Procedimientos (1.c)
3.00 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.b)
4.40 VA
Pabellón ambulatorio (1.b)
7.00 VA
Prótesis y Órtesis
4.10 VA
Atención integral de enfermería (2.f)
4.40 UF
Fonoaudiología
4.40 VA 5.28 UF
Consulta Psiquiatría
1.10 UF
Psiquiatría Ambulatoria
5.50 VA
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
5.50 VA 11.00 UF
Kinesiología
4.40 VA 8.26 UF
Quimioterapia (2.h)
10.00 UF 30.00 UF
Atención integral de nutricionista (2.f)
4.40 UF 13.20 UF
40
1.00 VA 7.00 UF
1.00
VA 4.00 UF
1.00
VA 12.00 UF
80
1.10 VA 11.00 UF
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.e)
25.00 UF
3.25
UF
3.25
UF
Óptica (1.i)
4.10 VA 1.68 UF
7.30
VA
10.00
UF
3.90
VA
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad
Mujer

Box Ambulatorio (1.b) (2.b)

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Visita por médico interconsultor (1.d)

Fonoaudiología

100

(Ver nota
explicativa 1.1)

Medicamentos ambulatorios (1.h)

FUN Nº
INDIVIDUAL
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope Máximo Año Contrato por
Beneficiario (2.c)

Sin Tope

Fono CruzBlanca 600 818 0000

90% Sin Tope
con Copago
Máximo por evento
de UF 50

Quimioterapia (2.h)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

FLEXIBLE PLUS 8200

Visita por médico tratante

Materiales e insumos clínicos (1.k)

Tope
de Bonificación

80

PRESTACIONES

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Cobertura internacional (1.j)

Honorarios médicos quirúrgicos

Procedimientos (1.c)

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

Traslados Médicos (1.f)

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección
y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.

80

www.cruzblanca.cl

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN.

OTRAS COBERTURAS

Traslados Médicos (1.f)

Sin Tope

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad
Hombre

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

11.00

Sin Tope

UF

Sin Tope

AMBULATORIAS

Prestaciones Fertilización PAD (1.g):

40

Día Cama Psiquiatría
100100
CÓDIGO DE PLAN : 1FX8201214 NOMBRE :
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Fecha :
Nombre :
Rut :

1.1 AMPLIACIÓN de COBERTURA HOSPITALARIA:

Cesárea (2004006)
Histerectomía Total Vía Abdominal (2003010) Hallux Valgus (2104190)
Colecistectomía Laparoscópica (1802081)
Safenectomía Interna y/o Externa, Unilateral (1703030) Dedo en Gatillo (2104093)
Lasik (1202803)
Cirugía Bariátrica Cualquier Técnica (1802803) Inestabilidad Crónica De Rodilla (2104156)
Meniscectomía Por Vía Artroscópica (2104159)
Hernia Inguinal, Crural, Umbilical (1802003) Miomectomía (2003008)
Parto (2004003)
Hemorroidectomía (1803018) Mucositis Timpánica (1302008)
Circuncisión (1902082)
Hernia del Núcleo Pulposo (HNP) (1103049) Orquidopexia un lado (1902066)
Amigdalotomía c/s Adenoidectomía (1302029)
Ruptura Manguitos Rotadores (2104051) Salpingectomía uni o bilateral (2003005)
Catarata (Incluido LIO) (1202064)
Tiroidectomía Bilateral Total (1402001) Embarazo Ectópico (2003003)
Aborto Retenido, Vaciamiento (2004001)
Túnel Carpiano (1103066) Ligadura de Otros Troncos Venosos (1703027)
Hernia Diafragmática (1802001)
Varicocele unilateral (1902075) Quiste y/o desgarro tabique vaginal (2003025)
Raspado Uterino Diagnóstico O Terapéutico (2004002)
Adenoidectomía (1302028) Histerectomía Total c/Op. Incontinencia urinaria (2003016)
Ooforectomía (2003001)

1.1.4.Exclusiones y Restricciones de la Ampliación de Cobertura Hospitalaria:

a) Que la o las prestaciones de que se trate se encuentren afectas a alguna restricción o exclusión de cobertura, o que el beneficiario haya alcanzado el tope general de cobertura del
contrato de salud.

b) Cuando se trate de cirugías múltiples o bilaterales, esto es, en aquellos casos en que se realizan dos o más intervenciones en un mismo acto quirúrgico y no corresponda a un
evento único. Lo anterior es con excepción de aquellas prestaciones múltiples o bilaterales en que ambas se encuentren incorporadas en la nómina precedente.

c) No procede Ampliación de Cobertura Hospitalaria para prestaciones bonificadas a través de reembolsos.

Huella Dactilar

Contratante

Isapre CruzBlanca - 31
Modalidad Arancel
FLEXIBLE PLUS 8200

Contratante
Cargas
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
composición del grupo familiar

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)

1.1.2.- Prestaciones con Ampliación de Cobertura:

Los Prestadores dentro de los cuales la Isapre designará la cobertura ampliada de los eventos más arriba señalados son los siguientes:

1.- Coberturas

b) Que la hospitalización se realice en el prestador que la Isapre indique, para lo cual el beneficiario debe solicitar previamente el “certificado derivación para ampliación de
cobertura” a través de la web o cualquier Sucursal de la Isapre. El evento quirúrgico debe iniciarse dentro del período de vigencia indicada en el mismo documento.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.j) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes
de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.1.1.La ampliación de cobertura aplica a las prestaciones hospitalarias que cumplan con todas y cada una de las siguientes condiciones:

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.

1.k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

a) Que la prestación corresponda a alguna de las detalladas en el punto 1.1.2. siguiente.

1.i) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Fundación Oftalmológica Los Andes, Clínica Universidad De Los Andes, Clínica San Carlos De Apoquindo, Clínica Alemana De Santiago (CAS), Clínica
Oftalmológica Pasteur, Clínica Las Condes (CLC).

Tope General por Beneficiario en UF (2.c)

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.h) La cobertura de Medicamentos Ambulatorios corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.b) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

NOTAS EXPLICATIVAS

1.a) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.d) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.f) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

e) Las prestaciones requeridas en una hospitalización de urgencia, entendiéndose por tal aquella en que el paciente fue derivado desde un servicio de urgencia, que por su
condición de salud o cuadro clínico requiere atención médica inmediata e impostergable.

1.1.3. Prestadores Ampliación de Cobertura Hospitalaria

d) Tratándose de atención de parto o cesárea, no procederá la Ampliación de Cobertura Hospitalaria si la beneficiaria se incorporó al Plan embarazada. En dicho caso la cobertura
corresponderá a la prevista en el plan de salud bajo la modalidad libre elección, calculada en forma proporcional al período que reste para que ocurra el nacimiento.

1.g) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación
artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la
pareja

4000
$
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 1FX8201214

Edad (Años)

Identificación Única del Arancel (4.a)