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PreferenteCódigo 1HA8000013

HOMBRE ACTIVO 8000

Puntuación del plan
8,8

Plan no comercializable.

Desde

$230.243/mes

5,59 UF
% Tope %
Exámenes de Histopatología

39.60
UF 39.60 UF
4.40
VA
5.67
VA
5.67
UF
5.67
UF
6.00
VA
6.00
VA
130.00
UF 390.00 UF
2.40
UF
2.40
UF
Exámenes de Laboratorio
3.50 VA
Exámenes de Histopatología
3.85 VA
5.50
VA 39.60 UF
3.50
VA
2.28
VA
Pabellón Ambulatorio(1d)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (1d)
4.54 VA
Procedimientos (1c)
4.40 VA
4.40
VA 15.84 UF
2.40
UF 36.00 UF
12.00
VA 36.00 UF
12.00
VA 36.00 UF
130.00
UF 390.00 UF
4.40
VA
Prótesis y Órtesis
6.00 VA
Atención integral de enfermería (2h)
4.40 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
4.40 VA 14.52 UF
Prestaciones Dentales PAD (1.l)

Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental
0.82 UF
Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales
0.83 UF
Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.25 UF
Endodoncia: Incisivo
1.42 UF
Endodoncia: Premolar
1.51 UF
Endodoncia: Molar
1.83 UF
1.42
VA
36.00
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
36.00 UF
36.00
UF
18.00
UF
130.00
UF 390.00 UF
5.67
VA
5.67
VA
4.40
VA
Box ambulatorio (2a) (1d)

1.75
UF
4.00
VA 1.60 UF
6.00
VA
90
2.40 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

70% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago
Sin Tope
90

Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria
Clínica Santa María
COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO (A) (1l):

Sin Tope

Sin Tope
Libre Elección

90

Sin Tope

Traslados médicos

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Quimioterapia (2d)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

100

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Cobertura Internacional (1k)

1a) OFERTA PREFERENTE(*)

PRESTADOR DERIVADO a1.2) y a.2.2)

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

90

A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto,
se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

Prestaciones Ambulatorias

Consulta Oftalmológica

Tope máx. Año contrato por
beneficiario (2b)
Bonificación
Clínica Alemana de Santiago

Kinesiología y fisioterapia

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

www.cruzblanca.cl

Sólo cobertura libre elección

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

NOMBRE :
HOMBRE ACTIVO 80001HA8000013
INDIVIDUAL

CODIGO DE PLAN :

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación
a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo
plan.

Tope

PRESTACIONES
LIBRE ELECCIÓN
Copago Fijo

Tope máx. Año
contrato por
beneficiario (2b)

Bonificación

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1c)

Exámenes de Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Derecho de Pabellón

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (**)

TIPO DE PLAN :
FUN Nº
Habitación Individual

Día cama Cuidados Intermedios

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

100% Sin Tope

Día Cama Clínica de Recuperación

Sin Tope

Sin Tope

Óptica (1h)

ATENCIONES DE URGENCIA (1g)

INTEGRAMEDICA

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

90

Sin Tope

Sólo cobertura libre elección

Día Cama Observación-Recuperación

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Visita Interconsultor (**) (1b)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Kinesiología y fisioterapia

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Materiales Clínicos e Insumos

25

Medicamentos hospitalarios

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Honorarios Médicos

Quimioterapia (2d)

Sin Tope

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

40

Consulta Médica

Sólo cobertura libre elección

Sólo cobertura libre elección

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (a2.4)(2e)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (a2.4)(2e)

Fonoaudiología

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Psiquiatría

Día cama Maternidad

Sólo cobertura libre elección

100

Sólo cobertura libre elección

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Radioterapia

70% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago

Traslados (1i)

Medicamentos Ambulatorios (1j)

1.00 VA

Sin Tope

Sin Tope

Drogas Biológicas (2f)

Sin Tope

PET -CT

Día Cama Psiquiatría (1e)

Pabellón

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2g)
90% Sin Tope
(***) Clas
Materiales Clínicos e Insumos (2g)
90
Sin Tope
(**) Staff AMCA

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Pag. 1de 1
Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Rut:
Rut:
1.- Coberturas

2.- Definiciones

(**) Staff AMCA =

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

Contratante

$
Modalidad del Arancel
5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de
Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y
modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar,
como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

0 a menos de 2

25 a menos de 30

1.l) Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas dentales.

Isapre CruzBlanca - 31

15 a menos de 20

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1HA8000013

5 a menos de 10

Identificación Única del Arancel (5a)

10 a menos de 15

60 a menos de 65

70 a menos de 75

Huella Dactilar

75 a menos de 80

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

65 a menos de 70

20 a menos de 25

35 a menos de 40
Tope General Anual por Beneficiario (2b) Sin Tope UF
30 a menos de 35

45 a menos de 50

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar
2 a menos de 5
Edad años

TABLA DE FACTORES Nº 537

50 a menos de 55

h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según
criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del
adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

INTEGRAMEDICA Centros Médicos : Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central , Puente Alto, Maipú, El Trebol , Talca, La
Serena.

1.a.2.2) Es prestador Derivado Hospitalario del Plan HOMBRE ACTIVO 8000, Clínica Santa María. En caso de insuficiencia de Clínica Alemana de Santiago, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en
el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo
contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:

1.a.1.2) Es prestador Derivado Ambulatorio del Plan HOMBRE ACTIVO 8000, todos los centros médicos de Integramedica. En caso de insuficiencia en una dirección de atención, el beneficiario recibirá la misma
cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza culquiera de las otras direcciones de atención de éste prestador .

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea
igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.

c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario
mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más
establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención
hospitalizada.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear
Magnética; CLAS = Clínica Alemana de Santiago.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Medícos de Staff Clínica Alemana de Santiago en Convenio para el Plan.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes
de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Se excluye de la cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los
gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la
cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

1.a.2.3) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de
un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización
programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta
hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Santa María.

1.a.1.1) Red Ambulatoria

1.a.2.4) La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

80 y más

1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. Se excluye de la cobertura preferente la hospitalización en Suite o Departamento.

Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre
Elección.

1.a.1.1) Oferta preferente Ambulatoria:

40 a menos de 45

Contratante

55 a menos de 60

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

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