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Preferente

1ISET60016

INTEGRAMEDICA TRIPLE 6000 ESPECIAL

Puntuación del plan 3,6

Desde

$101.852/mes


Comparar Planes Online
% %
3.50
UF
6.30
UF
6.30
UF
1.75
UF
3.50
VA
2.80
VA
1.00
VA
Exámenes de Histopatología
1.10 VA
1.30
VA
0.80
VA
15.00
UF 1.17 VA 7.50 UF
7.70
UF
5.50
UF
1.40
VA
1.56
VA
0.45
UF
0.45
UF
1.90
VA
1.95
VA
5.18
UF 57.00 UF
5.18
UF 57.00 UF
(1.a.1)
0.64 UF
I
0.70 UF
Exámenes de Laboratorio
N 0.91 VA
Exámenes de Histopatología
T 1.00 VA
E
0.91 VA
G
0.80 VA
R
15.00 UF 1.17 VA 7.50 UF
Pabellón Ambulatorio (1.d)
A 2.80 VA
M
15.00 UF 2.08 VA 7.50 UF
E
7.50 UF 0.24 UF 7.50 UF
D
7.50 UF 1.20 VA 7.50 UF
I
7.50 UF 1.20 VA 7.50 UF
Procedimientos (1.c)
C 1.30 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1.d)
A 1.70 VA
1.30
VA
5.18
UF 57.00 UF
Prótesis y Ortesis
1.90 VA
Atención integral de enfermería (2.h)
1.30 VA
Atención integral de nutricionista (2.h)
1.30 VA 4.29 UF
7.00
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.00 UF
0.88
UF
Pabellón
0.70 VA
1.93
UF
0.39
VA
0.88
UF 10.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)
1.93 UF 10.00 UF
3.50
VA 10.00 UF
0.88
UF 10.00 UF
1.70
VA
2.80
VA
1.17
VA
Box ambulatorio (2.a)(1.d)
3.50 VA
1.10
UF
1.00
UF 1.00 UF
1.95
VA
70%
0.70 UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000

CODIGO DE PLAN :
1ISET60016 NOMBRE : INTEGRAMEDICA TRIPLE 6000 ESPECIAL
Tope max. Año contrato
por Beneficiario (2.b)

Bonificación
Copago
Fijo

1.a) OFERTA PREFERENTE

Tope

(** )Staff ISA
(**) Staff CSM
(**) Staff CIND - CTAB

100%

Sin Tope

OTRAS COBERTURAS

Sólo Cobertura Libre Elección

Sin Tope

(** )Staff ISA

Sin Tope

TIPO DE PLAN :

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2.e)

Quimioterapia (2.d)

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Todos en Habitación
Individual

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2.g)

LIBRE ELECCIÓN

Tope max. Año contrato
por Beneficiario (2.b)

Visita Interconsultor (**) (1.b)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Bonificación

Sin Tope

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

70%

Sin Tope

Kinesiología y fisioterapia

40%
1.00 VA
Sin Tope

Kinesiología y fisioterapia

PRESTADORES DERIVADOS

Clínica Dávila

Consulta Urgencia (**) (1.g)

70%

70%

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría

Consulta Psiquiatría

FUN Nº

Radioterapia

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2.e)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Tope

80%

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
90 % Sin Tope
Materiales Clínicos e Insumos (2.g)

Clínica Santa María

Derecho de Pabellón

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA (1.a2.1)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.l)

70%

Sólo Cobertura Libre Elección

Psiquiatría Ambulatoria

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

INDIVIDUAL

Sin Tope

80%

Clínica Indisa
Clínica Tabancura

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

Día Cama Observación-Recuperación
Sin Tope
www.cruzblanca.cl

PET -CT

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

Sólo Cobertura Libre Elección

Consulta Urgencia (**) (1.g)

Sin Tope

80%

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante (**)

Consulta Médica

Traslados médicos (1.i)

PRESTACIONES

Sin Tope

Sin Tope

Exámenes de Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

ATENCIONES DE URGENCIA

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Cobertura Internacional (1.k)

Sin Tope

Exs, RX,TAC,ECO

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que
sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Día Cama Clínica de Recuperación

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**) (1.c)

Óptica (1.h)

Traslados (1.i)

RNM- PRO-HMQ-DPA

80%

80%

70%

70% Sin Tope CSM - CIND -CTAB

Sólo Cobertura Libre Elección

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Medicamentos Ambulatorios (1.j)

PRESTACIONES AMBULATORIAS (1.a1.2)

Quimioterapia (2.d)

Sin Tope

Consulta Oftalmológica

Sin Tope

Clínica Santa María Clínica Indisa
Clínica Tabancura
70%
PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse ,dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes
planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo
plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

Drogas Biológicas (2.g)
Sólo Cobertura Libre Elección
Fonoaudiología

Prestaciones Dentales PAD (1.m):

COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO

Sólo Cobertura Libre Elección

Día cama Maternidad

Medicamentos

Honorarios Médicos

25%
Sin Tope
70% Sin Tope Clínica Dávila

Sin Tope
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
RUT :
RUT :
Fecha :

1.- Coberturas

1.a1.1)RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICA
INTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA:
1.l) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo en la modalidad libre elección.

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

Huella Dactilar Contratante

UF

Contratante
Cargas Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)
20 a menos de 25

TABLA DE FACTORES Nº 537

PESOS

0 a menos de 2

a2.1) Es prestador derivado para las prestaciones hospitalarias del Plan Preferente Integramedica Triple, Clínica Dávila. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de
menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

75 a menos de 80

Sin Tope

Isapre CruzBlanca - 31

2 a menos de 5

30 a menos de 35

1.a1) Oferta preferente Ambulatoria:

b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año
anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son
independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho
arancel asegura.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

35 a menos de 40

40 a menos de 45

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

60 a menos de 65

a2) Oferta preferente Hospitalaria:

(** )Staff ISA = Médicos Staff INTEGRAMEDICA en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente.

1.a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente INTEGRAMEDICA Triple el prestador CLINICA DAVILA. En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan
de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este
ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Santa María, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Medicamentos ambulatorios en
atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección.

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía
Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

(**) Staff CSM = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. (**) Staff CIND - CTAB = Médicos Staff Clínica Indisa, Clínica Tabancura, en convenio con CruzBlanca para el Plan Preferente.

1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal
(I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

1.h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de
presbicia.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en
un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha
de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1ISET60016

a2.5) Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por
condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el
servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere
efectuado en Clínica DAVILA.

a2.4) Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención de urgencia efectuada en Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisa o Clínica Dávila, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud
Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisa ó Clínica Dávila, suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de
la Libre Elección.

25 a menos de 30

a2.3) Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INTEGRAMEDICA, Clínica Santa
María, Clínica Indisa ó Clínica Tabancura suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios.
La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura
estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; EXS = Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC= Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías; RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos,
HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

1.m) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.k) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas
extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Identificación Única del Arancel (5.a)

10 a menos de 15

50 a menos de 55

Modalidad del Arancel

Tope General Anual por Beneficiario 2.b)

45 a menos de 50

CSM = Clínica Santa María; CIND = Clínica Indisa, CTAB = Clínica Tabancura.

1.e) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos
requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

55 a menos de 60

1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto.

a2.2) Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA Triple todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan.

80 y más

65 a menos de 70

Edad años

15 a menos de 20

5 a menos de 10

70 a menos de 75

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor
resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja
constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.