%% 3.50UF 6.30UF 6.30UF 1.75UF 3.50VA 2.80VA 1.00VA Exámenes de Histopatología1.10VA 1.30VA 0.80VA 15.75UF1.23VA7.88UF 11.00UF 5.50UF 1.47VA 1.70VA 0.45UF 0.45UF 2.09VA 1.97VA 5.18UF57.00UF 5.18UF57.00UF (1.a.1)0.70UF I0.70UF Exámenes de LaboratorioN1.30VA Exámenes de HistopatologíaT1.43VA E1.30VA G0.80VA R15.75UF1.23VA7.88UF Pabellón Ambulatorio(1.d)A2.80VA M15.00UF2.08VA7.50UF E7.50UF0.24UF7.50UF D7.50UF1.20VA7.50UF I7.50UF1.20VA7.50UF Procedimientos(1.c)C1.37VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)A1.70VA 1.37VA 5.18UF57.00UF Prótesis y Ortesis2.09VA Atención integral de enfermería(2.h)1.37VA Atención integral de nutricionista(2.h)1.37VA4.52UF 7.00UF Prestaciones Fertilización PAD (1.e): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer12.00UF Día cama Maternidad Pabellón Medicamentos en hospitalización(2.g) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) Honorarios Médicos 0.88UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)2.75UF10.00UF 3.50VA10.00UF 0.88UF10.00UF Box ambulatorio(2.a)(1.d)3.50VA 1.10UF 1.05UF1.05UF 1.97VA 70%0.70UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Libre Elección. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. 70% Sin Tope Clínica Dávila Drogas Biológicas(2.g)Sólo Cobertura Libre Elección Fonoaudiología Prestaciones Dentales PAD (1.m): Quimioterapia(2.d) Sin Tope Psiquiatría Ambulatoria Sólo Cobertura Libre Elección 25% de la Cobertura General del Plan, Sólo Libre Elección. 70% Consulta Oftalmológica Traslados(1.i) 70% Sin Tope CSM - CIND -CTAB Exs, RX,TAC,ECO La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Medicamentos Ambulatorios (1.j) PRESTACIONES AMBULATORIAS(1.a1.2) Consulta Psiquiatría 80% 80% Sin Tope Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Clínica Santa María Clínica Indisa Clínica Tabancura Sólo Cobertura Libre Elección 70% Sin Tope ATENCIONES DE URGENCIA Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita por Médico Tratante(**) Consulta Médica Traslados médicos(1.i) PRESTACIONES Sin Tope Sin Tope Exámenes de Laboratorio 70% www.cruzblanca.cl PET -CT Medicamentos Ambulatorios(1.j) Consulta Urgencia(**)(1.g) Sólo Cobertura Libre Elección Óptica(1.h) MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE INDIVIDUAL Sin Tope 80% Clínica Indisa Clínica Tabancura Tope Sin Tope Clínica Santa María Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Día Cama Observación-Recuperación Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA(1.a2.1) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.l) Día Cama Clínica de Recuperación Día Cama Psiquiatría Cobertura Internacional(1.k) RNM- PRO-HMQ-DPA Clínica Dávila PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar a incorporarse, dentro de los planes que comercialice la Isapre al menos, entre los siguientes planes de salud: Consulta Urgencia(**)(1.g) FUN Nº Radioterapia Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 80% i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. Medicamentos(2.g) Materiales e Insumos Clínicos(2.g) Kinesiología y fisioterapia PRESTADORES DERIVADOS 70%Sin Tope70%Sin Tope 80% Sin Tope 40%1.00VA Sin Tope Cirugía Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik): Evento completo(2.e) Sin Tope Visita por Médico Interconsultor(**) (1.b) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Bonificación Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin Tope Derecho de Pabellón Día Cama 1.a) OFERTA PREFERENTE Todos en Habitación Individual Procedimientos(**) (1.c) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios90 % Sin Tope LIBRE ELECCIÓN Tope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) Día cama Cuidados Intermedios (** )Staff ISA (**) Staff CSM (**) Staff CIND - CTAB 100% Sin Tope OTRAS COBERTURAS (** )Staff ISA Sin Tope CODIGO DE PLAN:1ISET60118NOMBRE:INTEGRAMEDICA TRIPLE ESPECIAL6000 18 Tope max. Año contrato por Beneficiario(2.b) Bonificación Copago Fijo TIPO DE PLAN: Tope Sólo Cobertura Libre Elección COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO 70% Quimioterapia(2.d) Kinesiología y fisioterapia Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:CODIGO DE PLAN: HombreMujerHombreMujer 1.801.801.501.50 0.950.950.600.60 0.800.800.600.60 0.800.800.550.55 0.801.350.600.65 0.701.500.651.00 0.801.600.801.30 1.002.301.001.40 1.102.301.101.50 1.302.001.301.60 1.402.401.401.60 1.802.651.801.80 2.352.852.351.90 3.203.303.202.40 3.703.653.702.90 3.703.653.703.10 3.703.653.703.65 3.703.653.703.65 Tope General Anual por Beneficiario 2.b) 80 y más Edad años 5 a menos de 10 45 a menos de 50 15 a menos de 20 70 a menos de 75 50 a menos de 55 Modalidad del Arancel 55 a menos de 60 TABLA DE FACTORES Nº 538 35 a menos de 40 40 a menos de 45 60 a menos de 65 25 a menos de 30 65 a menos de 70 PESOS 75 a menos de 80 Sin Tope Isapre CruzBlanca - 31 2 a menos de5 Identificación Única del Arancel (5.a) 10 a menos de 15 30 a menos de 35 20 a menos de 25 0 a menos de2 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b)ContratanteCargas 1ISET60118 UF NOMBRE:INTEGRAMEDICA TRIPLE ESPECIAL 6000 18
Firma Afiliado Nombre: Rut: Fecha: HUELLA DACTILAR AFILIADO FirmaRepresentante Isapre Nombre: Rut: Fecha:1.- Coberturas 1.a1.1)RED AMBULATORIA INTEGRAMEDICAINTEGRAMEDICA CENTROS MEDICOS REGION METROPOLITANA: 1.l)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo en la modalidad libre elección. 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Integramedica Las Condes, Manquehue, Barcelona, Centro, Alameda, Norte, Plaza Oeste, San Miguel, Florida Salud, Tobalaba, Estación Central y Puente Alto. 1.m)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ= Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA= Derecho de pabellón. CSM: Clínica Santa María 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. CSM = Clínica Santa María; CIND = Clínica Indisa, CTAB = Clínica Tabancura. 1.e)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD: 1ISET60118 a2.5)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicara la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica DAVILA. a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. (**) StaffCSM = Médicos Staff Clínica Santa Maríaen convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente.(**) StaffCIND - CTAB = Médicos Staff Clínica Indisa, Clínica Tabancura,en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria,en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibirlas atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 5.a)El valor de cada una de las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos deberá ser reajustado a lo menos una vez al año. Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100%de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), entre el mes precedente a aquel en que se efectuó el ultimo reajuste y el mes anteprecedente a aquel en que se aplique el nuevo reajuste, ambos inclusive. 2.f)Se entiende por"Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. a2) Oferta preferente Hospitalaria: a2.4)Para atenciones Hospitalarias derivadas de una atención deurgencia efectuada en Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisao Clínica Dávila,el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de Clínica Santa María, Clínica Tabancura, Clínica Indisaó Clínica Dávila,suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. a2.3)Para atenciones Hospitalarias programadas, el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario,si su atención se efectúa con profesionales del Staff de INTEGRAMEDICA, Clínica Santa María, Clínica Indisa ó Clínica Tabancura suscritos al convenio específico para el Plan, de lo contrario, la cobertura del ítem honorarios será la de la Libre Elección. b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. a2.2)Son prestadores Staff del Plan Preferente INTEGRAMEDICA Triple todos los profesionales médicos que trabajan en INTEGRAMEDICA y que tienen convenio preferente específico para el Plan. (** )Staff ISA= Médicos Staff INTEGRAMEDICA en convenio con Cruz Blanca para el Plan Preferente. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. a2.1)Es prestador derivado para las prestaciones hospitalarias del Plan Preferente Integramedica Triple, Clínica Dávila. Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.a1.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente INTEGRAMEDICA Triple el prestador CLINICA DAVILA.En caso de insuficiencia de INTEGRAMEDICA, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Santa María, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Consulta Urgencia, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) ,tendrán la cobertura definida para la libre Elección. 1.a1) Oferta preferente Ambulatoria: La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá al mayor valor resultante entre el 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional a la que alude el inciso segundo letra g) párrafo segundo del artículo 189 del D.F.L.N°1, de 2005, de Salud.