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PreferenteCódigo 1LC8000110

LAS CONDES 8000

Puntuación del plan
6,0

Plan no comercializable.

Desde

$269.215/mes

6,53 UF
Grupal FUN N°
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
1.50 UF
5.44 VA
4.00 VA
1.20 VA
1.68 VA
1.34 VA
100.00 UF
2.60 VA 3.90 VA 6.5 UF
7.20 VA
Sin Tope
25 Sin Tope
Sin Tope 50.00 UF
1.15 UF
1.44 UF
Laboratorio 1.20 VA
Rayos - TAC - ECO 1.68 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 5.44 VA
Día Cama (i 5.00 VA
Derecho de Pabellón (i) 2.60 VA
Procedimientos (c) 4.00 VA
1.34 VA
2.60 VA 6.50 UF
1.20 UF
1.00 UF 5.00 UF
5.00 VA 5.00 UF
5.00 VA 5.00 UF
4.00 VA 5.20 UF
3.00 VA 1.20 UF
4.00 VA
5.04 VA
10.00 UF 30.00 UF
UF - Veces Arancel
CODIGO DE PLAN :
NACIONAL
TIPO DE PLAN :
LIBRE ELECCIÓN
100.00
(*) Staff Convenio CLC
1LC8000110 NOMBRE :
a) Cobertura Preferente
Individual
LAS CONDES 8000
Prestador
Derivado
UF - Veces Arancel
Sin Tope
Laboratorio
Tiempos de Espera:
UF
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Tope Bonificación Año/Benef/UF
Clínica Las Condes Tope
Tope Bonificación
Clínica Las Condes
(jk)
Resonancia Nuclear Magnetica
90
UTI-UCI
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)
Medicamentos en hospitalización
SIN TOPE
Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)
Materiales Clínicos e Insumos
50% Clínica Las
Nieves
Rayos - TAC - ECO
Día Cama Psiquiatría (d)
Consulta Médica (*)
Día Cama Especialidades
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Día Cama Otros
Medicamentos e Insumos en Hospitalización Psiquiatriaca (e)
Kinesiterapia
Traslados (h)
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
OTRAS PRESTACIONES
70 % de acuerdo a los topes de Libre Elección
Fono CruzBlanca 600 818 0000
7 días Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas
www.cruzblanca.cl
Atenciones de Urgencia
15 días
30 díasExámenes
Clínica
Santa
María
Consulta Psiquiatría
90
UF
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
Consulta Urgencia y Oftalmológica (*) (f)
Derecho de Pabellón
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)
Psiquiatría Ambulatoria
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Prótesis y Ortesis
Consulta Médica
Óptica (g)
80
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
25.00
Día Cama Clínica de Recuperación
Resonancia Nuclear Magnetica
Kinesiterapia
70
Medicamentos Ambulatorios (j)
Fonoaudiologia
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
UFUF 7000 Isapre Cruz Blanca -20
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado
dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en
vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio
de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas
prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente,
las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá
un tope de 10 veces el Arancel Cruz Blanca- 20.
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar
Edad (Años) Contratante
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Precio Base Plan de Salud Complementario en
UFCargas
NOMBRE :1LC8000110 LAS CONDES 8000
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
Clínica Las Condes = Médicos Staff Clínica Las Condes en convenio con Cruz Blanca.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con
exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.
Unidad
CODIGO DE PLAN :
Tope General por Beneficiario
k) Nombre Arancel
NOTAS EXPLICATIVAS
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
h) Con indicación médica justificada.
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre
Elección.
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el
valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar
la cotización.)
(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones
ambulatorias día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura
para prestaciones hospitalizadas.