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PreferenteCódigo 1LC8001211

LAS CONDES 8000

Puntuación del plan
6,1

Plan no comercializable.

Desde

$246.429/mes

5,98 UF
Grupal FUN N°
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
1.50
UF
5.44
VA
4.00
VA
1.20
VA
1.32
VA
1.68
VA
1.34
VA
100.00
UF
2.60
VA 3.90 VA 6.5 UF
7.20
VA
Sin Tope

25
Sin Tope
Sin Tope
50.00 UF
1.15
UF
1.44
UF
Laboratorio
1.20 VA
Histopatología
1.32 VA
1.68
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
5.44 VA
Box ambulatorio (i )
5.00 VA
Derecho de Pabellón (i)
2.60 VA
Procedimientos (c)
4.00 VA
1.34
VA
2.60
VA 6.50 UF
1.20
UF
1.00
UF 5.00 UF
5.00
VA 5.00 UF
5.00
VA 5.00 UF
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
4.00 VA
7.12
VA 9.26 UF
2.70
VA 1.08 UF
3.60
VA
6.73
VA
11.00
UF 33.00 UF
Histopatología

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

25.00

Día Cama Clínica de Recuperación

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Kinesiterapia

70

Medicamentos Ambulatorios (j)

Fonoaudiologia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Prótesis y Ortesis

Consulta Médica

Óptica (g)

80

Clínica
Santa
María

Consulta Psiquiatría

90

UF

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (*) (f)

Derecho de Pabellón

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) ( c)

Psiquiatría Ambulatoria

Exámenes

Fono CruzBlanca 600 818 0000

7 días
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas

www.cruzblanca.cl

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

OTRAS PRESTACIONES

Atenciones de Urgencia

15 días

30 días

50% Clínica Las
Nieves

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Día Cama Psiquiatría (d)

Consulta Médica (*)

Día Cama Especialidades

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Día Cama Otros

Medicamentos e Insumos en Hospitalización Psiquiatriaca (e)

Kinesiterapia

Clínica Las Condes

(m)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
90
UTI-UCI

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (*) (b)

Medicamentos en hospitalización (k)

SIN TOPE

Honorarios Médicos Quirúrgicos (*)

Materiales Clínicos e Insumos (k)

Laboratorio

Tiempos de Espera:

UF

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
Tope Bonificación Año/Benef/UF
Clínica Las Condes
Tope
Tope Bonificación

100.00

(*) Staff Convenio CLC

1LC8001211
NOMBRE :
a) Cobertura Preferente

Individual

LAS CONDES 8000

Prestador
Derivado

UF - Veces Arancel

Sin Tope

UF - Veces Arancel

CODIGO DE PLAN :

NACIONAL

TIPO DE PLAN :

LIBRE ELECCIÓN

70 % de acuerdo a los topes de Libre Elección

OTRAS RESTEICCIONES

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad, PET - CT. (a.1)

Solo cobertura Libre Eleccion

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Sin Tope
Sin Tope

Sin Tope

Traslados (h)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a
aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o
bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos
hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

l) Para obtener la cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, ésta debe ser indicada por medico tratante especialista
en Medicina Interna o nutrición, mediante orden medica, y sólo destinadas a pacientes , para casos de Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años
con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con
valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de
patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el
valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar
la cotización.)

(i) (i) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, éstos ítems (Box Ambulatorio, Pabellón y
Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Clínica Las Condes = Médicos Staff Clínica Las Condes en convenio con Cruz Blanca.

Tope General por Beneficiario
m)
Nombre Arancel
NOTAS EXPLICATIVAS

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

h) Con indicación médica justificada.

a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOMBRE :
1LC8001211 LAS CONDES 8000
Unidad

Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con
exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

Edad (Años)
Contratante
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Precio Base Plan de Salud Complementario en
UF
Cargas
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá
un tope de 10 veces el Arancel Cruz Blanca- 20.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

CODIGO DE PLAN :

UF 7000
Isapre Cruz Blanca -20
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado
dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en
vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio
de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas
prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente,
las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel
en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre
Elección relice cambios.

UF