7891011121314 IndividualGrupalFUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real Día Cama Especialidades9.30UF11.00UF Día cama cuidados intensivos o coronarios9.90UF20.02UF Día cama cuidados intermedios9.90UF20.02UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.65UF5.50VA Día Cama Otros9.30VA11.00VA Derecho de Pabellón7.86VA7.86VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)2.55VA2.55VA Kinesiterapia2.55VA2.55VA6.37UF Laboratorio3.14VA3.14VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)3.22VA3.22VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)3.22VA3.22VA Medicamentos en hospitalización97.00UF97.00UF Materiales Clínicos e Insumos22.50UF22.50UF Visita Médico Tratante(b)1.49UF1.49UF Visita Médico Interconsultor(b)1.49UF1.49UF Honorarios Médicos Quirúrgicos5.64VA5.64VA Prótesis y Ortesis3.24VA3.24VA Traslados(h)3.24VA803.24VA 18.33UF18.33UF55.00UF Consulta Médica1.49UF1.49UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(f)1.71UF1.71UF Honorarios Médicos Ambulatorios(i)5.64VA5.64VA Box ambulatorio(i)9.30VA9.30VA Derecho de Pabellón(i)7.86VA7.86VA Procedimientos(c)2.55VA2.55VA Laboratorio2.17VA2.17VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)2.22VA2.22VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)2.17VA2.17VA Kinesiterapia2.55VA2.55VA6.37UF Fonoaudiologia2.55VA2.55VA5.09UF Radioterapia2.55VA2.55VA Atención integral de enfermería v nutricionista2.55VA2.55VA Prótesis y Ortesis3.24VA3.24VA 18.33UF18.33UF55.00UF Consulta Psiquiatría1.49UF1.49UF Psiquiatría Ambulatoria707.45VA7.45VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria7.45VA7.45VA7.45UF Día Cama Psiquiatría(d)2.93UF2.93UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica( e )24.25UF24.25UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d)11.72VA11.72VA29.25UF Día Cama Clínica de Recuperación9.30VA9.30VA27.50UF Óptica(g)802.00VA802.00VA0.80UF Medicamentos Ambulatorios(j)707.29UF807.29UF 100 Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope UF7.45 TIPO DE PLAN: 1LV8000120NOMBRE: a) LE ZONA CENTRO NORTE PRESTACIONES HOSPITALIZADASTope Bonificación LIBRE ELECCIÓN NACIONALRegiones V y VI 80 90100 UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA PRESTACIONES AMBULATORIAS (k) DrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia DrogasCitotóxicasAdministradasenCiclosde Quimioterapia PRESTACIONES RESTRINGIDAS OTRAS COBERTURAS 7080 80 80 29.25UF 80 90 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN:LOS VALLES 8000 Tope Bonificación Tope Año/Benef/UF La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles,deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Cobertura internacional
NOMBRE : HombreMujerMujer 1.801.801.80 0.950.800.77 0.750.550.55 0.650.550.55 0.600.700.60 0.701.550.92 0.802.151.50 1.003.301.80 1.103.051.65 1.302.401.55 1.452.451.60 1.752.701.90 2.403.202.10 3.103.502.50 4.303.703.00 4.503.803.25 5.504.504.50 5.504.904.50 Fecha : h)Con indicación médica justificada. 2.- Definiciones 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. LOS VALLES 8000 Edad (Años) f )Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. ContratanteCargas Hombre d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.- Coberturas a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Regiones V y VI. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Nombre : 0 a menos de 21.80 2 a menos de 50.80 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 1LV8000120CODIGO DE PLAN: 15 a menos de 200.55 20 a menos de 250.68 5 a menos de 100.63 10 a menos de 150.55 35 a menos de 401.10 40 a menos de 451.30 25 a menos de 300.68 30 a menos de 351.00 65 a menos de 704.30 50 a menos de 551.75 55 a menos de 602.40 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar 70 a menos de 754.50 75 a menos de 805.50 60 a menos de 653.10 45 a menos de 501.45 Identificación Única del ArancelIsapre CruzBlanca - 20Modalidad ArancelUF 80 y mas5.50 UF 7000Tope General por Beneficiario en UF( k ) -------------------------------------------------------------- -Firma Isapre --------------------------------------------------------------- Firma del Afiliado Rut : ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN 1LV8000120 a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. b) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.