Logo Isapre CruzBlanca

Preferente

1ONO2B1119

CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119

Puntuación del plan 8,1

Desde

$178.276/mes


Comparar Planes Online
CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119 FUN N°:
1ONO2B1119
Tipo de Plan: INDIVIDUAL
PLAN DE SALUD
COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE
PRESTACIONES
OFERTA PREFERENTE (1.a) LIBRE ELECCIÓN Tope máx. año
contrato por

beneficiario (2.b)
% Tope % Tope
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Día Cama

80% Sin Tope

Clínica Alemana de Santiago

100% Sin Tope

Clínica Bupa Santiago

Clínica U. de Los Andes

Clínica UC San Carlos

Clínica Santa María

Hospital Clínico UC

Clínica UC

RedSalud Vitacura

(1.a.2)

90%

16.6
UF
Sin
Tope
Día Cama Cuidados Intensivos, Coronarios o Intermedios
20.7 UF
Día Cama Sala Cuna
- Fototerapia 6.4 UF
Día Cama Observación
- Recuperación 7.2 VA
Derecho de Pabellón
15.2 VA
Exámenes de Laboratorio
6.6 VA
Exámenes de Histopatología
7.3 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
5.1 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
5.4 VA
Kinesiología y fisioterapia
12.0 VA 27.0 UF
Medicamentos (2.g)
90.0 UF
Sin Tope

Materiales e insumos clínicos (2.g)
50.0 UF
Procedimientos (1.c)(1.a.2.3)
10.2 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.a.2.3)
Habitación Individual (1.a.2.1) 7.0 VA
Visita por médico tratante y médico interconsultor (1.b)(1.a.2.3)
Staff Médicos Clínicas (1.a.2.2) (1.a.2.3) 2.0 UF
Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Sólo Cobertura Libre Elección

80%

10.0
VA
Traslados Médicos (1.i)
5.0 VA
Drogas Biológicas (2.f)
50.0 UF 75.0 UF
Quimioterapia (2.d)

Injertos
Hematopoyéticos
90%

1.0
VA
Sin Tope
Prestaciones Fertilización PAD (1.e): 1.0 VA
Fertilización asistida alta complejidad

AMBULATORIAS

Consulta médica
70% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago

80% Sin Tope

Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica UC San

Carlos, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, RedSalud

Vitacura, Centros Médicos Red UC Christus

(1.a.1)

1.5
UF
Sin Tope

Consulta oftalmológica
2.3 UF
Exámenes
de Laboratorio 4.5 VA
Exámenes de Histopatología
4.9 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
3.8 VA
Pabellón Ambulatorio (2.a) (1.d)
10.1 VA
Procedimientos (1.c)
4.3 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.d)
6.3 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
3.8 VA
Consulta traumatológica
adulto
80% Sin Tope

Clínica Alemana
de Santiago
90% Sin Tope

Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica UC San Carlos,

Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, RedSalud Vitacura, Centros

Médicos Red UC Christus

80%

1.5
UF
Sin Tope

Procedimientos traumatológicos (1.c)
4.3 VA
Atención integral de enfermería (2.h)

Sólo Cobertura Libre
Elección
4.3
VA Sin Tope
Atención integral de nutricionista
4.3 VA 14.1 UF
Kinesiología y fisioterapia
5.0 VA 8.9 UF
Consulta psiquiatría
- Psiquiatría ambulatoria 1.9 UF 7.5 UF
Consulta psicología
- Psicología ambulatoria 1.9 VA 7.5 UF
Fonoaudiología
3.5 VA 7.0 UF
Radioterapia
4.3 VA Sin Tope
Quimioterapia (2.d)
50.0 UF 7.5 UF
Prótesis y órtesis
10.0 VA Sin Tope
Injertos Hematopoyéticos
1.0 VA
Prestaciones
Dentales (PAD) (1.l)
40%
1.0 VA
7.0
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.e):

Fertilización asistida baja complejidad Hombre
4.0 UF
Fertilización asistida baja complejidad Mujer
12.0 UF
Fertilización asistida alta
complejidad 80% 1.0 VA Sin Tope
PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Día Cama Psiquiatría (1.a.3)

Sólo Cobertura Libre Elección.
90%
2.5
UF
20.0
UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1.f)(1.a.3)
11.3 UF
Prestaciones Psiquiátricas
Hospitalizadas (1.a.3) 3.5 VA
Día Cama Clínica de Recuperación (1.a.3)
1.4 UF
Cirugía
Fotorefractiva (lasik) (2.e) 50% de la cobertura libre elección
Cirugía de Bariátrica, Metabólica
, PET-CT (2.e) 25% de la cobertura general del plan
O
TRAS COBERTURAS
Box ambulatorio (1.d)
Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios y en los mismos
prestadores
80% 3.0 VA Sin Tope
Medicamentos ambulatorios (1.j)
1.5 UF
Óptica (1.h)
Sólo Cobertura Libre Elección 80% 1.4 UF 1.4 UF
Traslados médicos (1.i)
5.0 VA Sin Tope
Cobertura internacional (1.k)
La cobertura internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la libre elección y está afecta
a un tope anual por beneficiario de UF 1.000.

ATENCIONES DE
URGENCIA (1.a.2.5) (1.g)
Consulta de Urgencia (1.a.2.4)

Idénticos porcentajes preferentes ambulatorios

80%
2.3 UF Sin Tope
EXS
– RX – TAC – ECO – RNM
PRO
– HMQ – DPA
Medicamentos ambulatorios (1.j)

PRESTADOR DERIVADO (1.a.2.6)

Prestaciones Ambulatorias
Clínica Indisa
Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria
Clínica Indisa
VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119

1ONO2B1119

PRECIO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Precio Base

Precio Total según composición del grupo familiar

TABLA DE FACTORES N°
537
Edad (Años)
Contratante Cargas
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Identificación única del arancel
Isapre CruzBlanca – 31 Modalidad Arancel $
Tope General por Beneficiario en UF
8000
(2.b)
CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119
1ONO2B1119

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PREFERENTE

NOTAS EXPLICATIVAS

1) Coberturas

1.a) La cobertura de la O
ferta Preferente se obtiene a través de órdenes de atención con prestadores en convenio especificado.
1.a.1
) Oferta preferente Ambulatoria: Clínica Alemana de Santiago, Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica UC San Carlos,
Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, RedSalud Vitacura, Centros Médicos Red UC Christus
.
1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria:
Clínica Alemana de Santiago, Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica UC San Carlos,
Clínica Sant
a María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, RedSalud Vitacura.
1.a.2.1) Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la
Habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por
el beneficiario de acuerdo al c
onvenio vigente con el prestador. Suite o Departamento sólo modalidad libre elección.
1.a.2.2)
Son prestadores Staff del Plan Preferente CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119 los profesionales médicos que trabajan en Clínica Alemana
de Santiago, Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica UC San Carlos, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC,
Clínica UC,
RedSalud Vitacura
y que tienen convenio con la Isapre CruzBlanca de la oferta preferente. Validar listado de médicos a través de las sucursales
CruzBlanca.

1.a.2.3)
En atenciones hospitalarias programadas (no urgencia), el beneficiario recibirá la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud
Complementa
rio del ítem honorarios, si su atención se efectúa con profesionales del Staff Médico del prestador utilizado, de lo contrario, será la de la
Libre Elección.

1.a.2.4) Las hospitalizaciones derivadas de una atención efectuada en el Servicio de Urgencia
de los prestadores de la Red Hospitalaria Preferente,
tendrán la cobertura señalada en la oferta preferente del Plan de Salud Complementario, incluidos los honorarios médicos de l
os profesionales staff
del prestador en convenio para el Plan.

1.a.2.5) Este
Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizaciones de urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana. Se
entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cu
adro clínico del paciente,
requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta cobertura preferente ninguna hospitalización prog
ramada, ni la consulta
de urgencia o exámenes, efectuados en servicios de urgencia, que no forman part
e de los gastos de la hospitalización. La cobertura preferente
consistirá en este caso, en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los valores que
Isapre CruzBlanca hubiera pagado si la atención se hubiere
efectuado en Clínica
Bupa Santiago, debiendo asumir el afiliado las diferencias de valores entre la Clínica Bupa Santiago y el prestador en la que
recibió las atenciones.

1.a.2.6) Es prestador derivado para la atención ambulatoria y hospitalaria del Plan Preferente
CRUZBLANCA ON ORIENTE 2B 1119 el (los)
prestador(es)
Clínica Indisa. En caso de insuficiencia en la Clínica Alemana de Santiago, Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes, Clínica
UC San Carlos, Clínica Santa María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, RedSalud Vitacura
, Centros Médicos Red UC Christus, el beneficiario recibirá
la
cobertura preferente más alta señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste (estos) prestador(es). Tratándose de la cobertura de
honorarios médicos quirúrgicos preferente, sólo corresponderá si utiliza médicos con convenio en los prestadores que consider
an dicha cobertura en
el plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección.

1.a.3) E
stas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnóstic
os y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.

1.d) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, estos í
tems: Box Ambulatorio, Pabellón y
Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada.

1.e)
Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento
de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realizació
n del tratamiento señalado.
Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con i
nseminación artificial desde la pareja.
1.f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

1.g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada
s en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
1.h) Para
obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.i)
La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.
1.j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortoped
ia y traumatología.
1.k) Para obtener la c
obertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 11° de las Condiciones generales del Contrato de
Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingl
és, deberán entregarse
traducidos p
ara proceder a su liquidación.
1.l)
Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten
caries de una o más piezas dentales.

2) D
efiniciones VA = Veces Arancel, UF = Unidad de Fomento.
Staff Médicos Clínicas
= Médicos de las Clínicas Red Hospitalaria Clínica Alemana de Santiago, Clínica Bupa Santiago, Clínica U. de Los Andes,
Clínica UC San Carlos, Clínica San
ta María, Hospital Clínico UC, Clínica UC, RedSalud Vitacura, que tienen convenio con Isapre CruzBlanca de la
oferta preferente.

Centros Médicos UC Christus
= Centro Médico San Joaquín, Centro de Especialidades Médicas (Marcoleta), Centro Médico Irarrázaval, Centro
Médico Lira (5to piso), Centro Médico San Jorge, Edificio Médico Alcántara.

SR
= Bonificación de órdenes de atención sólo por reembolso
EXS
= Exámenes de Laboratorio; RX = Radiología; TAC = Tomografía axial computarizada (scanner); ECO = Ecotomografías;
RNM
= Resonancia Nuclear Magnética, PRO = Procedimientos, HMQ = Honorarios Médicos Quirúrgicos, DPA = Derecho de pabellón.
2.a) Pabellón
ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos,
que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usu
ario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección
como por oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación
corresponde a la diferencia entre el precio
de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al
tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura
financiera que asegura el
Firma Afiliado
Nombre
Rut
Fecha
HUELLA DACTILAR
AFILIADO
Firma Representante ISAPRE
Nombre
Rut
Fecha

Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el
nuevo copago del
afiliado.

2.c) Las Garantías Explí
citas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.d) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, p
udiendo ser de síntesis
química o biotecnológica.

2.e)
Se entiende por Cirugía Bariátrica o de obesidad al by pass gástrico y/o manga gástrica. Se entiende por Cirugía Metabólica al by pass gástrico,
sea efectuado en pacientes obesos o no. La
restricción de cobertura de la Cirugía Bariátrica, Metabólica, Cirugía Lasik y PET-CT, corresponde al
evento hospitalario completo.

2.f) Se entiende por Drogas Biológicas los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento
de patologías no
oncológicas.

2.g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por
evento hospitalario a
aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece in
ternado en un centro asistencial (público o privado), o bajo
el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más est
ablecimientos hasta que
es dado de alta por un profesional médico. La
fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.
2.h)
La cobertura definida para la atención integral de enfermería, sólo aplica para: Atenciones integrales de enfermería en centro adulto mayor (3
sesiones de 45')(solo para mayor
es de 55 años); Atención integral de enfermería en domicilio (atención mínima de 45')(solo para mayores de 55
años); Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes postrados, terminales post operados; Atención integral de enf
ermería en domicilio a
pacientes ostomizados y Atención integral de enfermería en domicilio a pacientes que requieren instalación y/o retiro de cat
éter o sonda.
3)
Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente
Forma parte del Plan
de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente"
4
) Valor de Conversión de la unidad de fomento a utilizar
4
.a) Para las bonificaciones: Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación.

4
.b) Para el pago de la cotización: Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al
que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

5
) Reajuste del arancel de prestaciones
El valor de cada una de
las prestaciones de salud contenidas en los aranceles expresados en pesos será reajustado el 1º de Marzo de cada año.
Dicho reajuste no podrá ser inferior al 100% de la variación porcentual acumulada que haya experimentado el Índi
ce de Precios al Consumidor (I.P.C.),
entre el mes de febrero del año anterior y enero del año en curso.