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PreferenteCódigo 1OR708R120

ORIENTE R708

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$114.883/mes

2,79 UF
INDIVIDUAL FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real

0.99
UF
2.50
VA
4.00
UF
8.91
UF
2.23
UF
1.78
UF
4.68
VA
2.88
VA
1.44
VA
1.44
VA
1.41
VA
2.88
VA 7.20 UF
Materiales Clínicos e Insumos

Día cama Psiquiatría (d)
1.11 UF 12.15 UF
3.24
VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

1.11
UF 16.71 UF
0.60
UF
1.02
UF
0.57
UF 2.85 UF
0.57
UF 2.85 UF
2.25
VA
2.25
VA 5.60 UF
2.25
VA 2.91 UF
1.17
VA
1.17
VA
1.10
VA
Medicamentos Ambulatorios (j)
1.70 UF
2.25
VA
4.14
VA
3.60
VA
3.42
VA 1.37 UF
9.31
VA
5.51
VA
18.63
UF
TIEMPOS DE ESPERA

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
CÓDIGO DE PLAN :

Tope Bonificación / Copago Fijo
Año/Benef/UFTope Bonificación
ORIENTE R708

TIPO DE PLAN :

Libre Elección

GRUPAL

ORIENTE 2: Clinica Santa María

90%
SIN TOPE
SIN TOPE

(Atención Médicos Staff de los Prestadores)

Habitación Individual

1OR708R120

Kinesiterapia

Laboratorio

Cobertura Preferencial (a)

NOMBRE DEL PLAN

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Sala cuna

80%

ORIENTE 1: Clínica Las Lilas, Clínica
Dávila, Arauco Salud, Avansalud
Providencia, Hospital Clínico Dipreca,
Tabancura, Indisa, *RED UC*

18.22 UF Evento

Visita Médico Tratante o Interconsultor (b)

UF/ Veces Arancel

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Medicamentos en Hospitalizacion

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Observación - Recuperación

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Procedimientos (c)

Días Cama Especialidades

Día Cama Intensivo UTI- UCI-Aislamiento

30 días

Prótesis

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

95%Sin Tope

"igual cobertura que para prestaciones Hospitalizadas,
cumpliendo condiciones de Nota i)"

OTRAS PRESTACIONES

70

Óptica (g)

Atenciones de Urgencia

OTROS PRESTACIONES (Restricciones)

Exámenes

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual

90

7 días

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

6.07 UF Evento

70

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Fonoaudiologia

Psiquiatría Ambulatoria

Psicología Ambulatoria

Día Cama Clínica de Recuperación

Consulta Médica

Prestadores Derivados (*)

(**) Red Prestadores Ambulatorios

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía
bariátrica o de obesidad (a.1)

(k)

Sin Tope

Laboratorio

Sin Tope

100 UF x Evento

Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)

Derecho de Pabellón (i)

Box ambultorio (i)

Kinesiterapia

Procedimientos (c )

Honorarios Médicos Ambulatorios (i)

90

6.07 UFx Evento

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

Solo cobertura Libre Eleccion

Traslados (h)

15 días

Sin Tope

12.15
UF
Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS
h) Con indicación médica justificada.
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Nombre :
Nombre :
l) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual
por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato
de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para
proceder a su liquidación.)

Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Edad (Años)

g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Nombre Arancel

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización).

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Contratante

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

(*) El prestador derivado señalado en el plan de salud opera en las mismas condiciones que el o los prestadores principales, en caso de existir mas de un prestador
principal y operen en condiciones preferentes uno del otro, el prestador derivado operará en las mismas condiciones de aquel que ofrezca una mejor cobertura al
beneficiario.

ORIENTE R708
1OR708R120
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y
por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura
legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

ISAPRE CRUZ
BLANCA - 20

Cargas

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

m) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario
de acuerdo al convenio vigente con el prestador.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada
sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio
por 4 horas o más.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución
que realiza la atención.

NOTAS EXPLICATIVAS

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

CODIGO DE PLAN :

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

UF

Tope General por Beneficiario k)

7000 UF

(**) Red Prestadores Ambulatoria: ( Solo en prestaciones de Laboratorio - Imágenes) Arauco Salud - Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia -

Unidad

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad
que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de
su incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar
su arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre
Elección realice cambios.

NOMBRE :

Prestador *RED UC*, incluye Hospital Clinico Universidad Catolica y Clinica Universidad Catolica, se excluye Clinica San Carlos de Apoquindo.