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PreferenteCódigo 1OR7200714

ORIENTE 7200

Puntuación del plan
3,4

Plan no comercializable.

Desde

$152.787/mes

3,71 UF
% Tope Copago Fijo %
0.99
UF
2.00
VA
4.46
UF
Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios
8.91 UF
Día cama Cuidados Intermedios
8.91 UF
2.23
UF
1.78
UF
4.68
VA
2.88
VA
1.44
VA
1.58
VA
1.44
VA
1.41
VA
7.20
UF 2.88 VA 7.20 UF
Materiales Clínicos e Insumos (1j)(2g)

Día cama Psiquiatría (1d)
1.11 UF 12.15 UF
3.24
VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1e)

1.11
UF 16.71 UF
9.22
VA
7.37
VA
20.49
UF
Consulta Médica
0.60 UF
Consulta Urgencia y Oftalmológica (1f)
1.02 UF
Psiquiatría Ambulatoria
0.57 UF 2.85 UF
Psicología Ambulatoria
0.57 UF 2.85 UF
Procedimientos (1c)
2.25 VA
2.25
VA
2.25
VA 7.43 UF
Kinesiterapia
2.25 VA 5.60 UF
Fonoaudiología
4.01 VA 5.21 UF
9.22
VA
Laboratorio
1.17 VA
Histopatología
1.29 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.17 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.10 VA
20.49
UF
2.25
VA
3.60
VA
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
Prestaciones Fertilización PAD (1.o):

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre
1.00 VA 4.00 UF
Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer
1.00 VA 12.00 UF
2.76
VA 1.11 UF
7.37
VA
4.14
VA
Medicamentos Ambulatorios (1i)
1.70 UF
Cobertura Internacional (1m)

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía
fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con
drogas biológicas (2f), cirugía bariátrica o de obesidad y PET-CT
(1l)(2e)

Sólo cobertura Libre Elección

Sin Tope

70

PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1)

Habitación Individual

90% Sin Tope Prestadores
Oriente B2

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales
1.00
95 % Sin Tope

Derecho de Pabellón (1k)

Endodoncia Premolar

Honorarios Médicos Ambulatorios (1k)

Endodoncia Incisivo

Prótesis

Prestaciones Dentales PAD (1.n):

Sólo cobertura Libre Elección

6.07 UF Evento

Sin Tope

90

Día Cama Sala cuna

Histopatología

18.22 UF Evento

Sólo cobertura Libre Elección

Atención integral de nutricionista (2h)

70

90

Sólo cobertura Libre Elección

Endodoncia Molar

Box ambulatorio (1k)(2a)

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

VA

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1d)

TIPO DE PLAN :

Procedimientos (1c)(**)

Días Cama Especialidades

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual (2d)

1.a) Cobertura Preferencial (*)

Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2b)

Bonificación

Kinesiterapia

Traslados (1h)

OTRAS COBERTURAS (1.a.1)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre
Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000.

Honorarios Médicos Quirúrgicos (**)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Laboratorio

Sin Tope

PRESTACIONES AMBULATORIAS

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Sin Tope

Óptica (1g)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual (2d)

100 UF x Evento

Prótesis

Sin Tope
Traslados (1h) 70
Sólo cobertura Libre Elección
Día Cama Clínica de Recuperación
Medicamentos en Hospitalización (1j)(2g)

Visita Médico Tratante o Interconsultor (1b)(**)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Observación - Recuperación

Derecho de Pabellón

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

6.07 UFx Evento

Clínica Avansalud Providencia

Libre Elección

Bonificación
Tope máx. año
contrato por
beneficiario (2b)

Centros Integramedica
Sin Tope
UF

100% Sin Tope con copago
máximo de 3 UF por evento en
prestadores Oriente B1

Sin Tope

Tope

FUN Nº
INDIVIDUAL
NOMBRE DEL PLAN
CÓDIGO DE PLAN: 1OR7200714 ORIENTE 7200
PRESTADORES DERIVADOS

(Atención Médicos Staff de los
Prestadores) (**)

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

12.15

Atención integral de enfermería (2h)

Red Prestadores Oriente B1 - Red Prestadores Oriente B2

40
Sólo cobertura Libre Elección
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

1.- Coberturas

2.- Definiciones

7000 UF
Isapre Cruz Blanca - 31 $
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Edad (Años)

2.g) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

VA = Veces Arancel; UF = Unidad de Fomento; (**) Solo Médicos Staff de los Prestadores.

2.a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

2.b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige
para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año
sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

1.l) La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo.

1.o) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento,
procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones
requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

Cotizante
Cargas
CODIGO DE PLAN :
ORIENTE 72001OR7200714
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4b)

NOMBRE :

Contratante

Precio Total Plan de Salud Complementario en
UF según Grupo familiar

Huella Dactilar

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD:
1OR7200714
Tope General por Beneficiario (2b)
Nombre Arancel (5a) Unidad
1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.g ) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

1.a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador. Se excluye de la cobertura el Departamento y/o Suite.

1.a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

1.h) Con indicación médica justificada.

2.e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no.

2.f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

1.i) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.f ) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

2.d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

1.j) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

1.k) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó
superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los
prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se
aplicará esta última.

1.n) Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales.

5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en
lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección,
desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

1.m) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes
de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.a.2) Son prestadores derivados para las prestaciones hospitalarias del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la
cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado.

2.h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso
según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería
del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3.a) Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

4.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

4.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que
se devenga la remuneración.

1.d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.
Arauco Salud Clínica Indisa
Avansalud Providencia Red UC (Torre - Hosp.)
Hospital Clínico Dipreca
Prestadores Oriente B1 Prestadores Oriente B2
Clínica Las Lilas Clínica Santa Maria
Clínica Dávila Clínica Tabancura