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PreferenteCódigo 1OR7400120

ORIENTE 7400

Puntuación del plan
3,4

Plan no comercializable.

Desde

$146.833/mes

3,56 UF
INDIVIDUAL FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real

0.99
UF
2.00
VA
4.46
UF
8.91
UF
2.23
UF
1.78
UF
4.68
VA
2.88
VA
1.44
VA
1.44
VA
1.41
VA
2.88
VA 7.20 UF
Materiales Clínicos e Insumos

Día cama Psiquiatría (d)
1.11 UF 12.15 UF
3.24
VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

1.11
UF 16.71 UF
0.60
UF
1.02
UF
0.57
UF 2.85 UF
0.57
UF 2.85 UF
2.25
VA
2.25
VA 5.60 UF
2.25
VA 2.91 UF
1.17
VA
1.17
VA
1.10
VA
Medicamentos Ambulatorios (j)
1.70 UF
2.25
VA
4.14
VA
3.60
VA
3.42
VA 1.37 UF
9.31
VA
5.52
VA
18.63
UF
TIEMPOS DE ESPERA

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Libre Elección

Derecho de Pabellón (i)

Traslados (h)

OTRAS PRESTACIONES

Prótesis

95 % Sin
Tope

Kinesiterapia

Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Atenciones de Urgencia

15 días

30 días

90
Box ambultorio (i)
Exámenes
7 días
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual

6.07 UFx Evento

90% Sin Tope Prestadores Oriente B2

(Atención Médicos Staff de los Prestadores)

100% Sin Tope con copago máximo de 3
UF por evento en prestadores Oriente B1

18.22 UF Evento

100 UF x Evento

70

Óptica (g)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Honorarios Médicos Ambulatorios (i)

Psiquiatría Ambulatoria

UF/ Veces Arancel

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
Tope Bonificación / Copago FijoAño/Benef/UF
Cobertura Preferencial (a)

90

Sala cuna

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Medicamentos en Hospitalizacion

Día Cama Clínica de Recuperación

Laboratorio

Consulta Médica

Procedimientos (c)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
Cobertura Preferente

Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)

GRUPAL
TIPO DE PLAN :
Días Cama Especialidades

Día Cama Intensivo UTI- UCI-Aislamiento

Observación - Recuperación

Visita Médico Tratante o Interconsultor (b)

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Tope Bonificación

Sin Tope

Sin Tope

Psicología Ambulatoria

6.07 UF Evento

70

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Fonoaudiologia

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y
cirugía bariátrica o de obesidad (a.1)

Sólo Cobertura Libre Elección

Prestadores Derivados (*)

Red Prestadores Ambulatorios

(k)

“Igual cobertura que para prestaciones
hospitalizadas, cumpliendo condiciones
indicadas en Nota (h)”

Sin Tope

Sin Tope

OTROS (Restricciones)

Solo cobertura Libre Eleccion

Kinesiterapia

Procedimientos (c )

CÓDIGO DE PLAN :
1OR7400120 NOMBRE DEL PLAN ORIENTE 7400
12.15
UF
Sin Tope

Sin Tope
h) Con indicación médica justificada.
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Contratante _____________________________________

Edad (Años)
Contratante
g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

(*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la
señalada para la Red que integre el prestador utilizado.

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la
Isapre.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta preferente. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la
bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinandose de esta
forma el nuevo copago del afiliado.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador.

Nombre :

i) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o
superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los
prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se
aplicará esta última.

Nombre :

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura
Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA - 22. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo
señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del
ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________

ISAPRE CRUZ
BLANCA - 20

Cargas

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo
familiar

Unidad

NOTAS EXPLICATIVAS

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

CODIGO DE PLAN :

Nombre Arancel

ORIENTE 7400
1OR7400120
UF

Tope General por Beneficiario k)

7000 UF

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último
día del mes al que corresponde devengar la cotización).

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad
que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su
incorporación. Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su
arancel en la misma fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre

NOMBRE :
RED AMBULATORIA LABORATORIO - IMAGENES :
Arauco Salud
Integramedica
Megasalud
Avansalud Providencia
Plusmedica
Avansalud Providencia
Hospital Clínico Dipreca
Red UC (Torre - Hosp.)
Arauco Salud
Clínica Santa Maria
Clínica Tabancura
Clínica Indisa
Prestadores Oriente B2Prestadores Oriente B1
Clínica Las Lilas
Clínica Dávila