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PreferenteCódigo 1ORE781211

ESPECIAL ORIENTE 7800

Puntuación del plan
3,7

Plan no comercializable.

Desde

$139.286/mes

3,38 UF
INDIVIDUAL FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real

UF

VA

UF

UF

UF

UF

VA

VA

VA

VA

VA

VA

VA
7.20 UF
UF Evento

Materiales Clínicos e Insumos k)
UF Evento
Día cama Psiquiatría (d)
UF 12.15 UF
VA

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
UF Evento
UF
16.71 UF
UF

UF

UF
2.85 UF
UF
2.85 UF
VA

VA
5.60 UF
VA

VA
5.18 UF
VA

VA

VA

VA

Medicamentos Ambulatorios (j)
UF
VA

VA

VA

VA
1.23 UF
VA

VA

UF

TIEMPOS DE ESPERA

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

2.88

70

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Kinesiterapia

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto
prematuro o aborto"

Sala cuna

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Observación - Recuperación

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas , cirugía bariátrica o de
obesidad, PET-CT.

Procedimientos (c )

1.70

2.25

Psicología Ambulatoria

Psiquiatría Ambulatoria

2.25

Red Prestadores Ambulatorios

1.29

1.17

1.10

Sin tope

3.60

Sin tope
2.25
1.02

18.22

1.41

1.11

UF

Sin tope

Prestadores Derivados (*)

Derecho de Pabellón

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Visita Médico Tratante o Interconsultor (b)

Sin tope

Procedimientos (c)

Laboratorio

2.88

4.68

1.78

Días Cama Especialidades

Histopatologia

Fonoaudiologia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Medicamentos en Hospitalizacion k)

2.25

Histopatologia
1.58
8.91

20.50

8.38

Atenciones de Urgencia

70

OTRAS RESTRICCIONES (a.1)

Solo cobertura Libre Eleccion

3.07

15 días

30 días
Intervenciones quirúrgicas
0.57

0.57

TIPO DE PLAN :

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Cobertura Preferencial (a)

Tope Bonificación / Copago Fijo

3.99

7 días

100 UF x Evento

(Atención Médicos Staff de los Prestadores)

100% Sin Tope con copago máximo de
3 UF por evento en prestadores Oriente
B1

Tope Bonificación

4.46

1.44

6.07
12.15
1.44

Sin tope

6.07

3.24

Día Cama Clínica de Recuperación

Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)

2.88
Kinesiterapia
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

1.11

Día Cama Intensivo UTI- UCI-Aislamiento

90

0.99

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos

7.35

2.23

“Igual cobertura que para prestaciones hospitalizadas, cumpliendo
condiciones indicadas en Nota (h)”

4.14

Sin tope

90% Sin Tope Prestadores Oriente B2

0.81

Honorarios Médicos Ambulatorios (i)

Derecho de Pabellón (i)

GRUPAL

Libre Elección

UF/ Veces Arancel

Sólo Cobertura Libre Elección

Box ambulatorio (i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia
Tope Mensual

Traslados (h)

Prótesis

Exámenes

90

Año/Benef/UF

(m)

Sin tope

OTRAS PRESTACIONES

Consulta Médica

Atención integral de enfermería y nutricionista l)

Laboratorio
1.17
95 % Sin Tope

Óptica (g)

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse
los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

ESPECIAL ORIENTE 7800
NOMBRE DEL PLAN :
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El
(la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

CÓDIGO DE PLAN :
1ORE781211
h) Con indicación médica justificada.
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
NOMBRE :
1ORE781211
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Cargas

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

(*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la
cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado.

ESPECIAL ORIENTE 7800

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Contratante

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la
oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación
menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de
esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Edad (Años)

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

NOTAS EXPLICATIVAS

CODIGO DE PLAN :

Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________
Firma Contratante _____________________________________
ISAPRE CRUZ BLANCA - 20

Unidad

UF

Tope General por
Beneficiario (m)

7000 UF

Nombre Arancel

Nombre :

i) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas
asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones,
la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta
línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última.

Nombre :

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel ISAPRE CRUZ BLANCA -
20. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso
de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de
enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según
Grupo familiar

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización).

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular
modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (diabetes mellitus tipo II o
pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras
universitarias.

k) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos los
gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma
ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento. ”

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico,
hospitalizaciones por complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre
elección, se excluye de la cobertura preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del
artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador.
RED AMBULATORIA : Laboratorio e Imagenes
Hospital Clínico Dipreca
Arauco Salud
Integramedica
Megasalud
Avansalud Providencia
Plusmedica
Red UC (Torre Hosp.)
Prestadores Oriente B1
Clínica Integramedica
Clínica Dávila
Arauco Salud
Avansalud Providencia
Prestadores Oriente B2
Clínica Santa Maria
Clínica Tabancura
Clínica Indisa