IndividualGrupalFUN N° % Bonif.Tope BonificaciónTope Bonificación/Copago Fijo Valor RealUF / Veces Arancel 1.4UF 4.24V.A. 4.14 V.A. 6.33UF 12.65UF 3.16UF 2.53UF 6.73V.A. 2.07 V.A. RNM1.92 V.A. 2.07 V.A. Kinesiterapia4.14 V.A.10.35 UF 25.89 UF Evento Materiales Clínicos e Insumos8.63 UF Evento Día cama Psiquiatría(d)1.58 UF17.25 UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátricae)6.47 UF 4.6 V.A.17.25 UF Día Cama Clínica de Recuperación1.58 UF23.71 UF 1.1 UF 1.3 UF 0.5 UF2.49 UF 0.5 UF2.49 UF 1.98 V.A. 1.62 V.A.4.04 UF 1.62 V.A.2.10 UF RNM2 V.A. 2.25 V.A. 1.62 V.A. Medicamentos Ambulatorios( j )0.6 UF 905.76 V.A. 3.15 V.A.1.26 UF 9.9 V.A. 9.92 V.A. 40.5 UF Atenciones de Urgencia Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA" "Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al preciodel nuevo plan. " Honorarios Médicos Ambulatorios(i) Fonoaudiologia Óptica(g) Prótesis Exámenes30 días Procedimientos(c ) Rayos - Tac - Eco Laboratorio “Igual cobertura que para prestaciones hospitalizadas, cumpliendo condiciones indicadas en Nota (h)” 90%Libre Eleccion 50% Clínica Las Condes 7 días Día Cama(i) Derecho de Pabellón(i) Otras Prestaciones Intervenciones quirúrgicas Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos15 días Sólo Cobertura Libre Elección Tiempos de Espera: Consulta Médica PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO TIPO DE PLAN: Visita Médico Tratante o Interconsultor(b) Libre Elección CÓDIGO DE PLAN:1ORE855509 (k) NOMBRE :ORIENTE 8550 ESPECIAL Cobertura Preferencial (a) Prestaciones Hospitalizadas% Bonif. Prestadores Derivados (*) Procedimientos(c) Año/Benef/UF Psicología Ambulatoria Prestaciones Ambulatorias Psiquiatría Ambulatoria Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(d) 100 UF Evento (Atención Médicos Staff de los Prestadores) 100% Sin Tope con Copago Máximo 7 UF por evento en Prestadores Oriente A2 100% Sin Tope con Copago Máximo 3 UF por evento en Prestadores Oriente A1 90% Sin Tope en prestadores Oriente A3 95% Sin TopeRed Prestadores Ambulatorios Traslados(h) 70 95 % Sin Tope Kinesiterapia Consulta Urgencia y Oftalmológica(f) 70 Medicamentos en hospitalización 90 Honorarios Médicos Quirúrgicos Laboratorio Días Cama Especialidades Derecho de Pabellón Día Cama Intensivo UTI- UCI-Aislamiento Sala cuna Observación - Recuperación Rayos - Tac - Eco
Notas Explicitas Precio Base Plan de Salud Complementario en UF HombreMujerHombreMujerPrecio Total Plan de Salud Complementario en UF 0 a menos de 21.801.801.801.80según Grupo familiar 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60Tope General por Beneficiario k)Nombre ArancelUnidad 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________ Nombre :Nombre : El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. UF e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1ORE855509NOMBRE :ORIENTE 8550 ESPECIALCÓDIGO DE PLAN: Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo), cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. h)Con indicación médica justificada. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. (*)Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado. a)Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. f)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Isapre Cruz Blanca - 207000 UF i)La cobertura de prestaciones ambulatorias de día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. Edad (Años) (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización). CotizanteCargas Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. Prestadores Oriente A2Prestadores Oriente A3RED AMBULATORIA: Lab ; Imágenes CLÍNICA TABANCURACLÍNICA DÁVILACLÍNCA SAN CARLOS DE APOQUINDOCLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGOARAUCO SALUD CLÍNICA INDISAARAUCO SALUDCLÍNICA SANTA MARIAINTEGRAMÉDICA CLÍNICA INTEGRAMÉDICAAVANSALUD PROVIDENCIAAVANSALUD PROVIDENCIA RED UC (TORRE-HOSP)HOSPITAL DIPRECAMEGASALUD PLUSMEDICA Prestadores Oriente A1