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PreferenteCódigo 1ORE860111

ESP. ORIENTE 8600

Puntuación del plan
6,6

Plan no comercializable.

Desde

$177.209/mes

4,30 UF
INDIVIDUAL
% Bonif.

Valor Real

1.60
UF
5.76
VA
1.71
VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Kinesiterapia

100.00
UF Evento
Materiales Clínicos e Insumos (k)
56.70 UF Evento
Día cama Psiquiatría (d)
24.61 UF 24.61 UF
6.48
VA
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)
25.00 UF Evento
Día Cama Clínica de Recuperación
43.70 UF 43.70 UF
1.10
UF
1.30
UF
0.50
UF 2.49 UF
0.50
UF 2.49 UF
1.98
VA
1.98
VA
1.62
VA 4.04 UF
2.88
VA 3.74 UF
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
2.00 VA
2.25
VA
1.62
VA
1.78
VA
Medicamentos Ambulatorios (j)
0.60 UF
90
5.76 VA
2.84
VA 1.26 UF
10.25
VA
15.23
VA
51.23
UF 51.23 UF
Atenciones de Urgencia

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo
que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante
tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán
efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los
ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

Histopatología
95 % Sin Tope
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
Sin Tope
7 días

Sin Tope

Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

90% Libre Eleccion

50% Clínica Las Condes

Prótesis

Tope Bonificación/Copago Fijo

90% Libre Eleccion

50% Clínica Las Condes

Sin Tope

90

70

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

95% Sin Tope

1ORE860111
ESPECIAL ORIENTE 8600NOMBRE :
15 días

Tope Bonificación

Cobertura Preferencial (a)

Óptica (g)

UF / Veces Arancel

% Bonif.

Libre Elección

Traslados (h)

30 días

Exámenes

70

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante o Interconsultor (b)

Psicología Ambulatoria

CÓDIGO DE PLAN :

GRUPAL

Prestaciones Ambulatorias

Psiquiatría Ambulatoria

Día Cama

Derecho de Pabellón

Procedimientos (c)

90

“Igual cobertura que para prestaciones hospitalizadas, cumpliendo
condiciones indicadas en Nota (h)”

90% Sin Tope en prestadores Oriente A3

Histopatología

FUN Nº

24.30
UF
Red Prestadores
Ambulatorios

Año/Benef/UF

(m)
Prestadores Derivados (*)
95 % Sin Tope

Sólo Cobertura Libre Elección

(Atención Médicos Staff de los Prestadores)

100% Sin Tope con Copago Máximo 7 UF por
evento en Prestadores Oriente A2

100% Sin Tope con Copago Máximo 3 UF por
evento en Prestadores Oriente A1

150 UF Evento

TIPO DE PLAN :

Laboratorio

Laboratorio

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Kinesiterapia

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

Prestaciones Hospitalizadas

Procedimientos (c )

Medicamentos en hospitalización (k)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Otras Prestaciones

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)

Consulta Médica

Honorarios Médicos Ambulatorios (i)

Fonoaudiologia

Box ambulatorio (i)

Derecho de Pabellón (i)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual

Tiempos de Espera:

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía
bariátrica o de obesidad (a.1)

Otras Restricciones

Solo cobertura Libre Eleccion
CODIGO DE PLAN :
Notas Explicitas

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55 según Grupo familiar
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80 Unidad
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________
Firma Contratante _____________________________________
Nombre :
Nombre :
La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección, se excluye de la cobertura
preferente. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos
en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento.

1ORE860111

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo
al convenio vigente con el prestador.

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con
dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para
casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

h) Con indicación médica justificada.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo
anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la
atención.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

(*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la cobertura
corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado.

NOMBRE :
ESPECIAL ORIENTE 8600
Edad (Años)
Cotizante Cargas Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
Nombre Arancel

Isapre Cruz Blanca - 20

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta
Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago
del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo
copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización).

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de
enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
Independiente de lo anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha en que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.

Tope General por
Beneficiario m)

7000 UF
UF
i) La cobertura de prestaciones ambulatorias de box ambulatorio, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas
asociadas a un pabellón 5 o superior, o uso de anestesia general, o la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la
cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de
cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario
de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. Para obtener la
cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
Prestadores Oriente A2 Prestadores Oriente A3 RED AMBULATORIA : Laboratorio - Imágenes
CLÍNICA TABANCURA CLÍNICA DÁVILA CLÍNCA SAN CARLOS DE APOQUINDO CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGO ARAUCO SALUD
CLÍNICA INDISA ARAUCO SALUD CLÍNICA SANTA MARIA INTEGRAMEDICA
CLÍNICA INTEGRAMÉDICA AVANSALUD PROVIDENCIA AVANSALUD PROVIDENCIA
RED UC (TORRE-HOSP) HOSPITAL DIPRECA MEGASALUD
PLUSMEDICA
Prestadores Oriente A1