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PreferenteCódigo 1ORE900120

ORIENTE ESPECIAL 9000

Puntuación del plan
6,6

Plan no comercializable.

Desde

$175.890/mes

4,27 UF
INDIVIDUAL GRUPAL
% Bonif. Tope Bonificación % Bonif.
Valor Real UF/ Veces Arancel Tope
2.00 UF
7.20 VA
Kinesiterapia
140.00 UF Evento
Materiales Clínicos e Insumos 70.00 UF Evento
Día cama Psiquiatría (d) 30.38 UF 30.38 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica e) 35.00 UF Evento
8.10 VA 30.38 UF
54.00 UF 54.00 UF
1.40 UF
1.60 UF
0.60 UF 3.01 UF
0.60 UF 3.01 UF
2.59 VA
2.10 VA 5.25 UF
2.10 VA 2.73 UF
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) 3.00 VA
2.80 VA
2.10 VA
Medicamentos Ambulatorios ( j ) 0.70 UF
90 7.20 VA
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia 70 0.35 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo 0.50 UF
Atencion Inmediata al recien Nacido 1.80 UF
Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia
Dia cama Incubadora
3.99 V.A. 1.60 UF
15.53 V.A.
16.09 V.A.
Atenciones de Urgencia
Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
ORIENTE ESPECIAL 9000
Sin tope
UTI-UCI Pediatrica y Neonatal
Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica
Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
90 % Libre Eleccion
60% Clinica Las Condes
Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se
encuntran contenidas en las siguientes agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños y
estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7); Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños
(1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22).
Tope
Prestadores Derivados
(*)
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"
"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la )
cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán
efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
90
25 Sin Tope
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los
ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."
Honorarios Médicos Quirúrgicos 90
Libre Elección
Año/Benef/UF (k)
Prestaciones Hospitalizadas
Visita Médico Tratante o Interconsultor (b)
100% Sin Tope con Copago Máximo 7 UF por
evento en Prestadores Oriente A2
90% Sin Tope en prestadores Oriente A3
Procedimientos (c)
(Atencion Medicos Staff de los Prestadores)Medicamentos en hospitalización
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Derecho de Pabellón
Laboratorio
60% Clinica Las Condes
Kinesiterapia
Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)
Procedimientos (c )
250.00 UF
Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas (d)
Psicología Ambulatoria
Psiquiatría Ambulatoria
15 días
30 días
Prótesis
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
Máx.Bonif.
Cobertura Preferencial (a)
% Bonif.
CÓDIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN
NOMBRE DEL PLAN1ORE900120
FUN N°
90 % Libre Eleccion
Día Cama
100% Sin Tope con Copago Máximo 3 UF por
evento en Prestadores Oriente A1
Día Cama Clínica de Recuperación
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia Tope Mensual
Tiempos de Espera:
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)
Box ambulatorio (i)
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
95% Sin Tope Red Prestadores ambulatorios
70
Exámenes 7 días
Sólo cobertura Libre Elección
57.5 UF
Otras Prestaciones
95% Sin Tope
Laboratorio
Traslados (h)
Óptica (g)
70
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)
Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención
dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de
Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía
bariátrica o de obesidad (a.1)
OTROS (Restricciones)
Solo cobertura Libre Eleccion
Consulta Médica
Fonoaudiologia
Prestaciones Ambulatorias
“Igual cobertura que para prestaciones hospitalizadas,
cumpliendo condiciones indicadas en Nota (h)”
Derecho de Pabellón (i)
95% Sin Tope
CÓDIGO DE PLAN :
NOTAS EXPLICATIVAS
Precio Base Plan de Salud Complementario en UF
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77 según Grupo familiar
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65 Nombre Arancel Unidad
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y más 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente ISAPRE CRUZ BLANCA S.A... ______________________________________________________Firma Contratante _____________________________________
Nombre : Nombre :
Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por complicaciones del embarazo),
prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este
tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.
a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro
del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a
contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la
Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel
en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en
vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo
anterior, la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha en
que el arancel Fonasa modalidad Libre Elección realice cambios.
ORIENTE ESPECIAL 9000
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de
acuerdo al convenio vigente con el prestador.
NOMBRE DEL PLAN
g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen
cobertura los medicamentos.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
h) Con indicación médica justificada.
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
i) La cobertura de prestaciones ambulatorias de día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas
a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los
prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada
sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última.
Edad (Años)
1ORE900120
7000 UF Isapre Cruz Blanca - 22 UF
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la
oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación
menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de
esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.
Contratante
Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.
Tope General por Beneficiario k)
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último
día del mes al que corresponde devengar la cotización).
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 22.
Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
Cargas
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.
(*) Son prestadores derivados del prestador preferente aquellos que integran su misma Red, según el cuadro siguiente. En caso de insuficiencia del prestador preferente, la
cobertura corresponderá a la señalada para la Red que integre el prestador utilizado.
b) Se cancela visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
Red Ambulatoria : Lab; Imágenes
Clínica San Carlos de Apoquindo Arauco Salud
Integramedica
Avansalud Providencia
Plusmedica
Prestadores Oriente A1 Prestadores Oriente A2
Clínica Tabancura
Clínica Indisa
Clínica Dávila
Arauco Salud
Prestadores Oriente A3
Clínica Alemana de Santiago
Clínica Santa Maria
Clínica Integramedica Avansalud Providencia
Hospital Clínico DiprecaRed UC (Torre - Hosp.)