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Libre Elección

1PG8I98317

BE CLEVER PROTEGIDO 8I 9800

Puntuación del plan 8,2

Desde

$165.762/mes


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CÓDIGO DE PLAN : 1PG8I98317 NOMBRE :
TIPO DE PLAN :

% de Bonificación

Día Cama Especialidades

Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Día Cama Cuidados Intermedios

Día Cama Sala Cuna - Fototerapia

Día Cama Otros

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

7.02
UF
Medicamentos (1.k)

5.70
VA
1.60
UF
1.60
UF
4.70
VA
Drogas Biológicas (2.h)
50.00 UF 150.00 UF
50.00
UF 150.00 UF
8.00
VA
5.56
VA
4.20
VA 5.64 UF
Consulta médica
2.40 UF
Consulta Oftalmológica
2.60 UF
Consulta de Urgencia (1.a)
2.60 UF
Exámenes de laboratorio
3.70 VA
Histopatología
3.70 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
3.70 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
2.96 VA
Radioterapia
5.30 VA
Procedimientos (1.c)
5.30 VA
Honorarios médicos quirúrgicos (1.b)
5.20 VA
Pabellón ambulatorio (1.b)
5.00 VA
Prótesis y Órtesis
4.10 VA
Atención integral de enfermería (2.f)
5.30 VA
Fonoaudiología
4.20 VA 5.64 UF
Consulta Psiquiatría
1.20 UF
Psiquiatría Ambulatoria
6.00 VA
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
6.00 VA 12.00 UF
Kinesiología
5.00 VA 9.75 UF
Quimioterapia (2.g)
10.05 UF 30.15 UF
Atención integral de nutricionista (2.f)
5.30 VA 15.90 UF
40
1.00 VA 7.00 UF
1.00
VA 4.00 UF
1.00
VA 12.00 UF
80
3.70 VA 12.00 UF
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.e)
26.00 UF
3.80
UF
3.80
UF
PET-CT

Óptica (1.i)
1.78 UF 1.78 UF
5.56
VA
35.00
UF
40

12.00

Fonoaudiología

BE CLEVER PROTEGIDO 8I 9800

Visita por médico interconsultor (1.d)

Honorarios médicos quirúrgicos
Sin Tope
Sin Tope

FUN Nº
INDIVIDUAL
Sin Tope

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Tope Máximo Año Contrato por
Beneficiario (2.a)

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

PRESTACIONES

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorefractiva (lasik) : Honorarios (2.d)

Tope
de Bonificación

Materiales e insumos clínicos (1.k)

Día Cama Clínica de Recuperación

Kinesiología

Prestaciones Fertilización PAD (1.g):

Sin Tope

UF

80

100% Sin Tope Libre Elección
90% Sin Tope
Clínica Alemana de Santiago
50% Sin Tope
Clínica Las Condes (SR)
50% Sin Tope
Prestadores Nuevos (1.m)

100

100

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Procedimientos (1.c)

Visita por médico tratante

25% de la Cobertura General del Plan

Box Ambulatorio (1.b) (2.e)

Cobertura internacional (1.j)

VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN.

Traslados Médicos (1.f)

OTRAS COBERTURAS

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

80

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección y está afecta a un
tope anual por beneficiario de 1000 UF.

AMBULATORIAS

Sin Tope

Sin Tope

Medicamentos ambulatorios (1.h)

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría

Quimioterapia (2.g)

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorefractiva (lasik) : Pabellón (2.d)

Prestaciones Dentales PAD (1.l):

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas

Traslados Médicos (1.f)
CÓDIGO DE PLAN : 1PG8I98317 NOMBRE :
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Fecha :
Nombre :
Rut :

Contratante

Huella Dactilar

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2.h) Se entiende por "Drogas Biologicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncologicas.

1.k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario.

1.f) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Cargas

2.e) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

1.b) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems: Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura equivalente a la
atención hospitalizada.

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de
Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en
lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre
elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.g) Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

VA = Veces Arancel, UF = Unidad de fomento.

1.d) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo
familiar

Tope General por Beneficiario en UF (2.a)

2.d) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de
Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.

Isapre CruzBlanca - 31

3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en
que se devenga la remuneración.

2.c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la red que
determine la isapre.

1.e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento.

2.- Definiciones

1.a) Cobertura en servicios de urgencia, sólo para consulta e interconsulta de urgencia en horario hábil o inhábil, (se excluye todo otro servicio asociado a la consulta, tales como exámenes de laboratorio,
imagenología, procedimientos, etc.).

1.g) Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática,
inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación
artificial desde la pareja

1.j) Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

1.i) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola
excepción del reembolso de lentes de presbicia.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN: 1PG8I98317

1.- Coberturas

2.a) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada
beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al
tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las
prestaciones contempladas en el Arancel de este plan, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

1.m) Prestador Nuevo corresponde a todo prestador institucional, incluyendo a los profesionales de su staff, que obtengan las autorizaciones sanitarias pertinentes y entren en funcionamiento, en una fecha
posterior a la de inicio de comercialización de este plan complementario de salud, correspondiente al 15/03/2017. Las prestaciones otorgadas por dichos prestadores es la que se indica para éstos en el plan, y
que, en todo caso, siempre corresponderá a la menor cobertura prevista en modalidad libre elección tanto para prestaciones hospitalarias como ambulatorias

3.a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la
respectiva bonificación.

1.l) Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries en una o mas piezas dentales.

2.f) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para:
-Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes.
-Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.b) Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de
la hospitalización marca el término del evento.

1.h) La cobertura de Medicamentos Ambulatorios corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

1.c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención.

Identificación Única del Arancel (4.a)

NOTAS EXPLICATIVAS

6000

Contratante

Clínica Las Condes (SR): Sólo por reembolso

BE CLEVER PROTEGIDO 8I 9800

$

Modalidad Arancel

Edad (Años)

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)