%TopeCopago Fijo% 1.60VA 2.30VA 1.80VA 4.00VA 6.40VA 1.70UF 1.70UF 250.00UF200.00UF 300UF 4.80VA8.00UF3.20VA8.00UF 8.00VA8.00VA 10.04VA10.04VA 1.50UF 1.90UF Laboratorio1.60VA Histopatologia1.76VA 2.30VA 1.80VA 8.00UF3.20VA8.00UF Pabellón Ambulatorio(2.a)3.80VA 5.20UF4.00VA5.20UF 4.00VA Procedimientos(1.b)4.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(2.a)6.40VA 300UF Prótesis y Ortesis8.00VA8.00VA Atención integral de enfermería(2.h)4.00VA4.00VA Atención integral de nutricionista(2.h)4.00VA4.00VA13.20VA Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia Incisivo1.42UF Endodoncia Premolar1.51UF Endodoncia Molar1.83UF 25.00UF25.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)50.00UF50.00UF 6.67VA25.00UF 1.25UF50.00UF 0.50UF5.00UF 2.50VA5.00UF 2.50VA5.00UF 50.00UF300.00UF 4.00VA 6.40VA 3.20VA Box ambulatorio(2.a)5.00VA 1.00UF 5.00VA2.00UF 10.04VA 70% Clínica Dávila-Clínica Avansalud Providencia Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Kinesiología y fisioterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS PRESTACIONES AMBULATORIAS HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones. Exs, RX,TAC,ECO,RNM. Sin Tope Sin Tope Kinesiología y fisioterapia Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 90 Sin Tope Medicamentos en hospitalización(2.g) Habitación Individual 80 Quimioterapia(2.e) PRESTADORES DERIVADOS (1.a.2) Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope Consulta Psiquiatría Clínica Santa María 90 SIN TOPE Sin Tope (**) Staff C.S.M 80% Clínica Alemana 50% Clínica Las Condes Sin Tope Visita Interconsultor(**) (1.c) Exámenes de Laboratorio a) OFERTA PREFERENTE(*) NOMBRE:FULL SANTA MARIA 10000 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA TIPO DE PLAN: Sin Tope Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.a.1) 70 90 Consulta Urgencia y Oftalmológica(**)(1.h) Radioterapia Día Cama Psiquiatría(1.e) Cobertura Libre Elección CODIGO DE PLAN: Día Cama Especialidades Quimioterapia(2.d) 70 Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope OTRAS COBERTURAS (1.a.1) Sin Tope PET -CT 80 PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE Visita Médico Tratante(**) (1.c) Consulta Médica(**) Traslados médicos(1.i) PRESTACIONES Materiales Clínicos e Insumos(2.d) 1SM1000013 INDIVIDUAL Bonificación Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Fonoaudiología Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Honorarios Médicos Quirúrgicos(*) Derecho de Pabellón (**) Staff C.S.M 70 Sin Tope Clínica Santa María Sin Tope Clínica Santa María 70% Sin Tope Clínica Santa María 90% Sin Tope Centros Integramedica Cobertura Internacional(1.k) 70 La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e)(1.m) Sin Tope Prestaciones Dentales PAD(1.l): Sin Tope Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e)(1.m) Medicamentos Ambulatorios(1.i) Día Cama Clínica de Recuperación Psiquiatría Ambulatoria Solo Cobertura Libre Elección Clínica Dávila Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.b) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Tope máx. Año contrato por beneficiario(2.b) Tope máx. Año contrato por beneficiario(2.b) Bonificación LIBRE ELECCIÓN FUN Nº 1.00VA40 Drogas Biológicas(2.f) 70 90 www.cruzblanca.cl ATENCIONES DE URGENCIA 80 (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Óptica(1.g) Sin Tope Clínica Santa María Sin Tope Clínica Santa María Traslados(1.h)Cobertura Libre Elección
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de21.801.801.801.80 2 a menos de50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y más5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut :Rut : Fecha : 1.- Coberturas 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. TABLA DE FACTORES Nº 537 ContratanteCargas Contratante 1SM1000013NOMBRE:FULL SANTA MARIA 10000 Modalidad del Arancel 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 5.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 1.b)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 3.a)Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio estáexpresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. (**) Staff C.S.M = Médicos Staff Clínica Santa María en convenio con Cruz Blanca. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD :FULL SANTA MARIA 10000 / Código: 1SM1000013 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.d)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. Huella Dactilar 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jovenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 1.m)La exclusión de cobertura preferente, sobre la cirugía Bariátrica y cirugía Lasik, corresponden al evento completo. 1.c)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.a)La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador. 1.a.2)Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Santa María el prestador Clínica Dávila y Clínica Avansalud Providencia. En caso de insuficiencia de Clínica Santa María, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Santa María, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención de urgencia (Exs, RX,TAC,ECO,RNM, en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección. 1.a.1)Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Identificación Única del Arancel (5a) $ Isapre CruzBlanca - 31 UF7000 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (4.b) Edad años Tope General Anual por Beneficiario (2b) CODIGO DE PLAN: