Bonificación %TopeCopago Fijo% Bonif. 5.00UF 7.00UF 7.00UF 2.00UF 3.00VA 4.00VA 1.30VA Exámenes de Histopatología1.43VA 1.60VA 1.00VA 15.00UF1.20VA7.50UF 30.00UF 15.00UF 2.00VA 3.00VA 0.60UF 0.60UF 801.80VA 1.50VA 6.00VA57.00UF 0.60UF 0.60UF Exámenes de Laboratorio1.30VA Exámenes de Histopatología1.43VA 1.60VA 1.00VA 15.00UF1.20VA7.50UF Pabellón Ambulatorio(1.d)4.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)7.50UF3.00VA7.50UF Procedimientos(1.c)2.00VA 2.00VA7.50UF 0.25UF7.50UF 1.20VA7.50UF 1.20VA7.50UF 6.00VA57.00UF 2.00VA Prótesis y Ortesis1.50VA Atención integral de enfermería(2.h)2.00VA Atención integral de nutricionista(2.h)2.00VA6.60UF Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF Prestaciones Fertilización PAD(1.n): Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF 1.25UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)7.50UF10.00UF 3.50VA10.00UF 1.25UF10.00UF 2.00VA 3.00VA 4.00VA 6.00VA57.00UF Box ambulatorio(1.d)(2.a)2.50VA 1.10UF 2.50VA1.00UF 1.80VA UF 0.44700.60UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope80 Traslados médicos Sólo cobertura libre elección Sin Tope Sin Tope Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Bonificación Prestaciones Dentales PAD(1.l) 1.00 VA Clínica Tabancura Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.j) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) 1.a) OFERTA PREFERENTE (*) Medicamentos en hospitalización(2.g) (a.1) Sin Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Psiquiatría Ambulatoria Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) PRESTADOR DERIVADO (1.a.1.2)Clínica Avansalud Clínica TabancuraImagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 80 Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) 80 Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Visita Interconsultor(**) (1.b) Exámenes de Laboratorio Sin Tope Kinesiología y fisioterapia PRESTACIONES AMBULATORIAS Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Sin TopeSin Tope Día Cama Psiquiatría(1.e) Medicamentos Ambulatorios(1.j) 70 Sin Tope Consulta Urgencia(1.g) Sólo cobertura libre elección Sin Tope Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria LIBRE ELECCIÓN PRESTACIONES Tope Bonificación UF 0.35 Derecho de Pabellón 100 % Sin Tope Consulta Oftalmológica Quimioterapia(2.d) Fonoaudiología 80 (** )Staff CTAB Sin Tope 70 La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sin Tope Cobertura Internacional(1.k) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) TIPO DE PLAN:FUN Nº Habitación Individual (**) Staff Clínica Tabancura MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE con Copago Diario de UF 2.62 HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA 1TAB700714 Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Observación-Recuperación Sin Tope Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) NOMBRE:TABANCURA 7000CODIGO DE PLAN: INDIVIDUAL Materiales Clínicos e Insumos(2.g) UF 0.26 Quimioterapia(2d) Consulta Médica Drogas Biológicas (2.f) Óptica(1.h) EXS, RX,TAC,ECO, RNM Sin Tope Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Clínica Tabancura Traslados(1.i) 70 (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) OTRAS COBERTURAS (1.m) Sin Tope 80Día Cama Clínica de Recuperación Consulta Psiquiatría Radioterapia Sin Tope Sin Tope Sólo cobertura libre elección ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.2) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m) PET -CT 40 Sólo cobertura libre elección 80 www.cruzblanca.cl
Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas RED AMBULATORIA 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 1.m)Estas prestaciones quedan excluidas de la modalidad Preferente, otorgandose cobertura solo en modalidad libre elección. TABLA DE FACTORES Nº 537 Sin Tope Modalidad del Arancel$ 10 a menos de 15 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Identificación Única del Arancel (5.a)Isapre CruzBlanca - 31 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. CENTRO MEDICO CLÍNICA TABANCURA 45 a menos de 50 Contratante 2 a menos de5 0 a menos de2 1.a.1.2) Es prestador Derivado del Plan TABANCURA7000, Clínica Avansalud. En caso de insuficiencia de Clínica Tabancura, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 55 a menos de 60 Edad años 20 a menos de 25 5 a menos de 10 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente Suite y Departamento. 1.a.2.2)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquelladerivada de un servicio de urgencia, queporcondición de salud o cuadro clínico del paciente,requiere atención médica inmediata e impostergable.No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada,nila consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgenciaque no forman parte de los gastos de la hospitalización. La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Tabancura. Tope General Anual por Beneficiario (2.b) 60 a menos de 65 65 a menos de 70 70 a menos de 75 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 15 a menos de 20 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 35 a menos de 40 40 a menos de 45 1.a)Lacobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. (** )Staff CTAB = 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico,sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 25 a menos de 30 30 a menos de 35 Médicos de Staff Clínica Tabancura en Convenio para el Plan. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1TAB700714 50 a menos de 55 75 a menos de 80 80 y más 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.n)Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. Huella Dactilar Contratante 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales.