Bonificación %TopeCopago Fijo% Bonif. 5.00UF 7.00UF 7.00UF 2.00UF 3.00VA 4.00VA 1.30VA Exámenes de Histopatología1.43VA 1.60VA 1.00VA 15.00UF1.20VA7.50UF 30.00UF 15.00UF 2.00VA 3.00VA 0.60UF 0.60UF 801.80VA 1.50VA 6.00VA57.00UF 0.60UF 0.60UF Exámenes de Laboratorio1.30VA Exámenes de Histopatología1.43VA 1.60VA 1.00VA 15.00UF1.20VA7.50UF Pabellón Ambulatorio(1.d)4.00VA Honorarios Médicos Quirúrgicos(1.d)7.50UF3.00VA7.50UF Procedimientos(1.c)2.00VA 2.00VA7.50UF 0.25UF7.50UF 1.20VA7.50UF 1.20VA7.50UF 6.00VA57.00UF 2.00VA Prótesis y Ortesis1.50VA Atención integral de enfermería(2.h)2.00VA Atención integral de nutricionista(2.h)2.00VA6.60UF Obturación: Diagnóstico y tratamiento de 1 pieza dental0.82UF Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales0.83UF Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales1.25UF Endodoncia: Incisivo1.42UF Endodoncia: Premolar1.51UF Endodoncia: Molar1.83UF 1.25UF 1.00VA 7.50UF 3.75UF 0.75VA 1.25UF10.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.f)7.50UF10.00UF 3.50VA10.00UF 1.25UF10.00UF 2.00VA 3.00VA 4.00VA 6.00VA57.00UF Box ambulatorio(1.d)(2.a)2.50VA 1.10UF 2.50VA1.00UF 1.80VA UF 0.44700.60UF Fono CruzBlanca 600 818 0000 Sin Tope 80 www.cruzblanca.cl Sin Tope Sin Tope Consulta Psiquiatría Radioterapia Sólo cobertura libre elección ATENCIONES DE URGENCIA (1.a.2.2) PRESTACIONES RESTRINGIDAS (1.m) Sin Tope 80Día Cama Clínica de Recuperación (*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE. Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.e) OTRAS COBERTURAS (1.m) Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (**)(1.c) Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis. Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(1.e) Drogas Biológicas (2.f) Óptica(1.h) EXS, RX,TAC,ECO, RNM Clínica Tabancura INDIVIDUAL (**) Staff Clínica Tabancura PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE 1TABE70013 Día Cama Especialidades Día cama Cuidados Intermedios Día Cama Observación-Recuperación Sin Tope Sin Tope Cobertura Internacional(1.k) Sin TopeTraslados(1.i) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Visita Médico Tratante(**) TIPO DE PLAN:FUN Nº Habitación Individual Sin Tope25 70 Sólo cobertura libre elección La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Sin Tope Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) 70 PET -CT Consulta Oftalmológica Quimioterapia(2.d) Fonoaudiología 80 (** )Staff CTAB Sin Tope LIBRE ELECCIÓN Honorarios Médicos Quirúrgicos(**) Sin TopeSin Tope 80 Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Visita Interconsultor(**) (1.b) PRESTACIONES Exámenes de Laboratorio Tope Bonificación NOMBRE:ESPECIAL TABANCURA 7000CODIGO DE PLAN: Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO. 70 Sin Tope HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA UF 0.35 Derecho de Pabellón 100 % Sin Tope con Copago Diario de UF 2.62 PRESTACIONES AMBULATORIAS Kinesiología y fisioterapia Día Cama Psiquiatría(1.e) Honorarios Médicos Medicamentos Ambulatorios(1.j) Kinesiología y fisioterapia Sin Tope Consulta Urgencia(1.g) PRESTADOR DERIVADO (1.a.1.2)Clínica Avansalud Clínica TabancuraImagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética) Materiales Clínicos e Insumos(2.g) UF 0.26 Quimioterapia(2d) Consulta Médica 80 Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.e) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria Sin Tope Medicamentos Ambulatorios(1.j) Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía) Sólo cobertura libre elección 1.a) OFERTA PREFERENTE (*) Medicamentos en hospitalización(2.g) (a.1) Sin Tope Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios Psiquiatría Ambulatoria Pabellón Medicamentos hospitalarios Materiales Clínicos e Insumos Clínica Tabancura Sin Tope80 Proco. diagnósticos y Terapéuticos15 días ExámenesIntervenciones quirúrgicas30 días Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Tope máximo año contrato por Beneficiario (2.b) Bonificación COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO Día cama Maternidad Prestaciones Dentales PAD(1.l) 401.00 VA Sólo cobertura libre elección Traslados médicos Sólo cobertura libre elección Sin Tope Tiempos de Espera: Consulta Médica7 días Sin Tope
Cargas HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Rut:Rut: 1.- Coberturas RED AMBULATORIA 2.- Definiciones 3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente. 4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 5.-Reajuste del arancel de prestaciones. 1.l)Podrán acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años, 11 meses y 29 días, que presenten caries de una o mas piezas dentales. 2.h)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 2.c)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 25 a menos de 30 30 a menos de 35 Médicos de Staff Clínica Tabancura en Convenio para el Plan. 2.b)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. Huella Dactilar VA = Veces Arancel;UF = Unidad de Fomento;EXS = Exámenes de Laboratorio;RX = Radiología;TAC= Tomografía axial computarizada (scanner);ECO = Ecotomografías;RNM= Resonancia Nuclear Magnética. (** )Staff CTAB = 5.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 2.f)Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas. 4.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. 4.a)Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. 2.d)Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" . 2.e)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo. 2.g)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD : 1TABE70013 50 a menos de 55 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 1.d)En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos,tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. 1.j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.i)La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada. 1.g)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.f)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. 1.c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.a.1) Oferta preferente Ambulatoria: 1.e)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. 15 a menos de 20 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 35 a menos de 40 40 a menos de 45 1.a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. 1.a.2.2)Este Plan aplicará cobertura preferente a las hospitalizacionesde urgencia efectuadas en regiones distintas de la Región Metropolitana.Se entenderá por hospitalización de urgencia aquella derivada de un servicio de urgencia, que por condición de salud o cuadro clínico del paciente, requiere atención médica inmediata e impostergable. No estará afecto a esta ampliación de cobertura ninguna hospitalización programada, ni la consulta de urgencia o exámenes efectuados en el servicio de urgencia que no forman parte de los gastos de la hospitalización.La ampliación de cobertura consistirá en aplicar a la cuenta hospitalaria regional, los montos bonificados que Cruz Blanca hubiera pagado si la atención se hubiere efectuado en Clínica Tabancura. Tope General Anual por Beneficiario 2.b) Contratante 60 a menos de 65 65 a menos de 70 70 a menos de 75 1.a.2.1)Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación Individual o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.Se excluye de la cobertura preferente Suite y Departamento. 75 a menos de 80 80 y más 1.a.1.2) Es prestador Derivado del Plan ESPECIAL TABANCURA 7000, Clínica Avansalud. En caso de insuficiencia de Clínica Tabancura, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador . 1.a.2) Oferta preferente Hospitalaria: 55 a menos de 60 20 a menos de 25 5 a menos de 10 Edad añosContratante 2 a menos de5 0 a menos de2 CENTRO MEDICO CLÍNICA TABANCURA 45 a menos de 50 Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según Grupo familiar 1.k)Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Identificación Única del Arancel (5.a)Isapre CruzBlanca - 31 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF(4.b) Tratándose de la cobertura de honorarios médicos quirúrgicos, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será la de la Libre Elección. Modalidad del Arancel$ Se excluye de la cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo (parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933. 10 a menos de 15 1.m)Estas prestaciones quedan excluidas de la modalidad Preferente, otorgandose cobertura solo en modalidad libre elección. TABLA DE FACTORES Nº 537 Sin Tope