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PreferenteCódigo 1TAE840012

ESP. TERRA AUSTRAL 8400

Puntuación del plan
3,3

Plan no comercializable.

Desde

$107.285/mes

2,60 UF
FUN N°
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
2.12
UF
3.75
VA
6.00
VA
4.05
VA
4.50
VA
1.93
VA
Histopatología
2.12 VA
1.93
VA
2.06
VA
4.50
VA 11.25 UF
33.75
UF x Evento
11.25
UF x Evento
6.00
VA
3.42
VA
8.44
UF
6.00
VA 22.51 UF
1.10
UF
1.38
UF
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
2.92 VA
Box ambulatorio (i)
4.67 VA
Derecho de Pabellón (i)
3.15 VA
Procedimientos (c)
3.50 VA
Laboratorio
1.50 VA
Histopatología
1.65 VA
Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)
1.50 VA
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)
1.60 VA
3.50
VA 8.75 UF
3.43
UF
0.53
UF 2.66 UF
0.53
UF 2.66 UF
Atención Integral de Enfermería y Nutricionista (l)
3.50 VA
6.23
VA 8.10 UF
1.70
VA 0.68 UF
1.35
VA
1.85
VA
8.13
UF
Cobertura Internacional

10 días
30 días
Fono CruzBlanca 600 818 0000

"Parto - Cesárea - Aborto - Embarazo ectópico - hospitalización por diagnóstico de amenaza de parto prematuro o
aborto"

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a)
deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al
menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los
ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes
pertinentes en relación al precio del nuevo plan."

90

COBERTURA PREFERENCIAL (a)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

UF / Veces Arancel

4.50 VA

NOMBRE :
ESPECIAL TERRA AUSTRAL 8400
Año/Benef/UF

(m)

70

Sin Tope

INDIVIDUAL

Tope Bonificación

90

Sin Tope

90% Sin Tope
Red de Prestadores Ambulatorios

Sólo cobertura Libre Elección

Sólo cobertura Libre Elección

Sólo cobertura Libre Elección

Intervenciones quirúrgicas

www.cruzblanca.cl

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Sin Tope

CODIGO DE PLAN :
1TAE840012
TIPO DE PLAN :

Tope Bonificación

UF / Veces Arancel

LIBRE ELECCION

2.55 UF

PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :

Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

12.83

PRESTACIONES AMBULATORIAS

UF

Fonoaudiología

Consulta Psiquiatría

Kinesiterapia

Medicamentos Ambulatorios (j)

Consulta Urgencia y Oftalmológica (f)

Consulta Médica

OTRAS PRESTACIONES a.1)

Consulta Psicología

Sin Tope

PRESTADORES DERIVADOS (a.1.2)

Exámenes

70

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Kinesiterapia

Materiales Clínicos e Insumos (k)

Derecho de Pabellón

Procedimientos (c)

Medicamentos en hospitalización (k)
Sin Tope
Atenciones de Urgencia

PRESTACIONES AMBULATORIAS

TIEMPOS DE ESPERA

Clínica Avansalud Providencia

Hospital Clínico U.C. - Clínica Avansalud Providencia

Solo Cobertura Libre Elección

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Día Cama Clínica de Recuperación

Prótesis

Traslados (h)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección,
sin que sean aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener
la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del
contrato de salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas
extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

Óptica (g)

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia

90 % Sin Tope (*) Prestadores
Red Austral: Habitación
Doble

Día Cama

Laboratorio

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Sólo cobertura Libre Elección

Día Cama Psiquiatría (d)

Sin Tope
CODIGO DE PLAN :
Hombre
Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Huella Dactilar

Contratante

Isapre Cruz Blanca -20
UF
Unidad

m) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la
oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación
menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de
esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

Edad (Años)
Contratante Cargas
k) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los
gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma
ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable
con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-
diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras
universitarias.

El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes
de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer
día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

1TAE840012
ESPECIAL TERRA AUSTRAL 8400NOMBRE :
7000 UF

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

(*) Prestadores Red Austral: Clínica Sanatorio Alemán de Concepción; Clínica Alemana de Temuco, Clínica Alemana de Osorno, Clínica Alemana de Valdivia, Clínica
Alemana Puerto Varas, Clínica Indisa, Clínica Dávila, Hospital Clínico Universidad de Chile.

Para determinar la bonificación preferente se considerará a Habitación Doble estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo
al convenio vigente con el prestador.

Tope General por
Beneficiario (m)
Nombre Arancel
NOTAS EXPLICATIVAS

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

h) Con indicación médica justificada.

i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo
tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas
o más.

a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

a1.2) Es prestador derivado para la atención ambulatoria del Plan Preferente Red Terra Austral el prestador Clínica Avansalud Providencia. En caso de insuficiencia de La Red
Austral de Prestadores, el beneficiario recibirá la misma cobertura señalada en el Plan de Salud Complementario si utiliza éste prestador. Tratándose de la cobertura de
honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios, sólo corresponderá cobertura preferente si utiliza médicos con convenio para el Plan, de lo contrario, la cobertura de este ítem será
la de la Libre Elección. La atención médica ambulatoria efectuada en Clínica Avansalud Providencia, exceptuando los ítems especificados con cobertura preferente para atención
de urgencia (Consulta Urgencia, Exs, RX,TAC,ECO,RNM, Medicamentos ambulatorios en atención de urgencia) , tendrán la cobertura definida para la libre Elección.

La Cobertura restringida de Parto Cesárea y Aborto corresponden a las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones por
complicaciones del embarazo) cuya cobertura corresponderá a un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud Complementario Libre Eleccion, se excluye de la cobertura preferente. Se deja
constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.

Red Prestadores Ambulatorios Laboratorio e Imágenes : Arauco Salud - Integramedica - Megasalud - Avansalud Providencia - Plusmedica

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el
valor de la UF del último día del mes al que corresponde
devengar la cotización.)

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por
beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud
Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su
liquidación.

Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.