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PreferenteCódigo 1TC9000012

TERRA CENTRO 9000

Puntuación del plan
No analizado

Plan no comercializable.

Desde

$104.977/mes

2,55 UF
FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
5.50
UF
11.00
UF
11.00
UF
2.75
UF
2.75
UF
4.05
VA
1.54
UF
1.62
VA
1.78
VA
1.62
VA
1.67
VA
2.61
VA
20.00
UF 4.98 UF
2.61
VA 2.61 VA
3.96
VA 3.96 VA
1.54
UF 1.54 UF
1.54
UF 1.54 UF
20.00
UF 4.98 UF
17.20
VA 51.60 UF 17.20 UF 34.4 UF
1.61
VA 1.61 VA
2.00
VA 2.00 VA
0.80
UF 0.80 UF
1.00
UF 1.00 UF
1.00
UF
Exámenes de Laboratorio
1.26 VA
Exámenes de Histopatología
1.39 VA
1.26
VA
1.30
VA
2.03
VA 5.08 UF 2.03 VA 5.08 UF
Pabellón Ambulatorio(1b)
3.15 VA 3.15 VA
2.03
VA 2.65 UF 2.03 VA 2.65 UF
2.03
VA 2.03 VA
Procedimientos (1d)
2.03 VA 2.03 VA
Honorarios Médicos Quirúrgicos (1b)
1.00 VA 1.00 VA
17.20
UF 34.4 UF 17.20 UF 34.4 UF
Prótesis y Órtesis
1.61 VA 1.61 VA
Atención integral de enfermería (2h)
2.03 VA 2.03 VA
Atención integral de nutricionista (2h)
2.03 VA 2.03 VA
1.38
UF 12.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (1f)
6.00 UF 12.00 UF
3.20
VA 12.00 UF
5.50
UF 12.00 UF
0.40
UF 2.00 UF
2.00
VA 2.00 UF
2.00
VA 2.00 UF
2.03
VA
1.00
VA
2.03
VA
6.00
UF
Box ambulatorio (1b.2a)
4.28 VA
1.51
UF
1.61
VA 0.64 UF
2.00
VA
Fono CruzBlanca 600 818 0000

Sin Tope

Consulta Médica

Consulta Oftalmológica (1f)

70

Consulta Urgencia (1g)

Traslados médicos

Sin Tope

Quimioterapia (2d)

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Sin Tope

Sin Tope

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Clínica
Reñaca

Kinesiología y fisioterapia

Habitación
Individual

Materiales Clínicos e Insumos (2g)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis.

Exámenes de Histopatología
90Sin Tope
Clínica Reñaca

PRESTACIONES AMBULATORIAS

90

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Consulta Psiquiatría

70

Día Cama Psiquiatría (1e)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (1e)

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

INDIVIDUAL

PRESTACIONES

Drogas Biológicas (2f)

PET -CT

Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón (2e)

Medicamentos Ambulatorios (1j)

Exámenes de Laboratorio

Visita Interconsultor (1c)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Sin Tope

Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios (2e)

Sin Tope

Sin Tope

Quimioterapia (2d)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Cobertura Libre Elección

OTRAS COBERTURAS

Kinesiología y fisioterapia

Radioterapia

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Día cama Cuidados Intensivos o Coronarios

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

www.cruzblanca.cl

Sin Tope

70

Sin Tope

Fonoaudiología

Materiales Clínicos e Insumos (2g)

90

Día Cama Observación o Recuperación

Sin Tope

Medicamentos en hospitalización (2g)

Cobertura Internacional

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Clínica de Recuperación

Psiquiatría Ambulatoria

Día Cama Especialidades

Día cama Cuidados Intermedios

70

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Derecho de Pabellón

Tope max.

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope max.

Año/Benef/UF 2b)

LIBRE ELECCIÓN

Tope Bonificación
Año/Benef/UF 2b) Tope Bonificación
1TC9000012
CODIGO DE PLAN :
TIPO DE PLAN :

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

Visita Médico Tratante

MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE

NOMBRE :
TERRA CENTRO 9000
1a) OFERTA PREFERENTE(*)

La cobertura Internacional opera por reembolso y se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección, sin que sean
aplicables las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF 1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario
deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Previsional. En caso de
documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del inglés, deberán entregarse traducidos para
proceder a su liquidación.

70

80

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (*) (1d)

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA PREFERENTE.

Sin Tope

Clínica Dávila - Clínica Avansalud Providencia

ATENCIONES DE URGENCIA

70% Sin Tope Clínica Reñaca
90% Sin Tope Centros Integramedica

Sin Tope

Copago Fijo $ 5000 Clínica Reñaca

Clínica Dávila

Porcentajes de bonificación y topes de acuerdo a lo señalado para cada ítem en las columnas de Prestaciones.

PRESTADORES DERIVADOS

Cobertura Libre Elección

Óptica (1h)

Traslados (1i)
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80
1.80 1.80 1.80
0.95
0.80 0.80 0.77
0.75
0.55 0.63 0.55
0.65
0.55 0.55 0.55
0.60
0.70 0.55 0.60
0.70
1.55 0.68 0.92
0.80
2.15 0.68 1.50
1.00
3.30 1.00 1.80
1.10
3.05 1.10 1.65
1.30
2.40 1.30 1.55
1.45
2.45 1.45 1.60
1.75
2.70 1.75 1.90
2.40
3.20 2.40 2.10
3.10
3.50 3.10 2.50
4.30
3.70 4.30 3.00
4.50
3.80 4.50 3.25
5.50
4.50 5.50 4.50
5.50
4.90 5.50 4.50
Firma y Timbre Isapre
Firma afiliado
1.- Coberturas

2.- Definiciones

3.- Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente.

4.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

5.-Reajuste del arancel de prestaciones.

2 a menos de 5

5 a menos de 10
Identificación Única del Arancel (5a)
Cargas
Contratante
0 a menos de 2

Edad años

TABLA DE FACTORES Nº 537

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

d) Se entiende por quiomioterapicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica.

Forma parte del Plan de Salud, el documento que se adjunta " Condiciones y características de la oferta preferente del plan con prestador preferente" .

e) Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes
obesos o no.

10 a menos de 15
Isapre CruzBlanca - 20
65 a menos de 70

7000
UF
b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último
día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

Tope General Anual por Beneficiario 2b)

b) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 ó superior, o uso de anestesia general, éstos ítems :Box Ambulatorio, Pabellón y Honorarios Médicos, tendrán la cobertura
equivalente a la atención hospitalizada.

a) Para las bonificaciones : Si los topes están expresado en unidades de fomento (UF), el valor de la conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día
del mes anterior al de la respectiva bonificación.

70 a menos de 75

g) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos
en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida,
pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el
término del evento.

c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD

a) La cobertura de la Oferta Preferente se obtiene sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Para determinar la
bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al
convenio vigente con el prestador.

60 a menos de 65

45 a menos de 50

25 a menos de 30

75 a menos de 80

80 y más

a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente.
Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes
siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos
cambios.

f) Se entiende por "Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicas utilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.

40 a menos de 45

UF

c) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que
formen parte de la Red de la Isapre.

a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas.

b) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y oferta
preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago
del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el
articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

d) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza
la atención.

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

50 a menos de 55

55 a menos de 60

Huella Dactilar

Contratante

15 a menos de 20

20 a menos de 25

h) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación.
Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

i) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

f) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

g) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

h) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo cardiovascular modificable con
dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con valores de glicemia mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para
casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

35 a menos de 40

Modalidad del Arancel

30 a menos de 35