INDIVIDUALGRUPAL % Bonif.% Bonif.TopeMáx.BonifAño/Benef/UF Valor RealUFVeces ArancelValor RealBonificaciónAño/Benef 5.50VA 4.05VA 2.61VA 1.62VA 1.62VA 1.67VA 14.93UF x Evento 4.98UF x Evento20.00UF x Evento 1.54UF 3.96VA Día cama Psiquiatría(f)5.50VA 3.20VA 3.73UF 5.50VA20.62UF 0.80UF 1.00UF 0.40UF2.00UF 0.40UF2.00UF 3.08VA 4.28VA 3.15VA 2.03VA 1.26VA 1.26VA 1.30VA 2.03VA5.08UF 2.03VA2.64UF 1.51UF 1.61VA0.64UF 1.61VA 1.99VA 17.20UF 70%Sin Tope 7 días15 días 30 días Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl OTROS (Restricciones) Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad (a.1) Solo cobertura Libre Eleccion Exámenes FUN N° 70 Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Traslados (i) Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(g) Derecho de Pabellón Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)Clínica Reñaca Sin Tope70% Atenciones de Urgencia (excepto consulta)Clínica Reñaca Honorarios Médicos Ambulatorios(j) Kinesiterapia Medicamentos Ambulatorios(d) Laboratorio Derecho de Pabellón(j) CÓDIGO DE PLAN: Prótesis Día Cama Clínica de Recuperación Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual Óptica(h) Consulta Médica Tope Bonificación TIPO DE PLAN 50 Procedimientos(c) Prestaciones Hospitalarias Laboratorio Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia) Medicamentos en hospitalización Psicología Ambulatoria Psiquiatría Ambulatoria Cobertura Preferencial(a) Clínica Reñaca H. Clínico Viña del Mar Clínica Reñaca Prestadores Derivados 90% Sin Tope 12.00 70 90 70 Hospital Clínico Viña del Mar 90% Sin Tope (*) Red Ambulatoria Copago fijo $5.000 (a.2) Copago fijo $3.000 (a.1) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO Procedimientos(c) Fonoaudiologia Visita Médico Tratante o Interconsultor(e) Materiales Clinicos e Insumos Día Cama Tiempos de Espera: Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Habitación Individual UF Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica) Consulta Urgencia y Oftalmológica(b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Box ambulatorio(j) (k) Prestaciones Ambulatorias Otras Prestaciones Consulta Médica 1TC9000120NOMBRE :TERRA CENTRO 9000 Libre Elección Sin Tope Sin Tope Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(f) Sin Tope Sin Tope Sin Tope Sin Tope
HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77Precio Total Plan de Salud Complementario en UF 5 a menos de 100.750.550.630.55según Grupo familiar 10 a menos de 150.650.550.550.55(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 15 a menos de 200.600.700.550.60de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50Unidad 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 Firma Contratante _____________________________________ Nombre : 1TC9000120NOMBRE : Tope General por Beneficiario (k)Nombre Arancel Edad (Años) UF7000 UF Cargas Isapre Cruz Blanca - 20 TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Contratante Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________ El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. TERRA CENTRO 9000 NOTAS EXPLICATIVAS CÓDIGO DE PLAN: a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Prestador preferente: CLÍNICA REÑACA, habitación individual más simple de la Clínica. (a.1) La cobertura preferente para Consulta Medica se otorga en: CENTROMED (a.2) La cobertura preferente para Consulta Urgencia se otorga en: CLÍNICA REÑACA (*) Red Ambulatoria : Arauco Salud - Integramedica - Avasalud Providencia - Plusmedica - Megasalud b)Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. c)La línea de cobertura "Procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de j)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección.No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. d)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. e)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. f)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización h)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. g)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF i)Con indicación médica justificada.