FECHA _____________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : TIPO DE PLAN:IndividualMatrimonial Libre Elección % Bonif.% Bonif.TopeMáx.BonifAño/Benef/UF Valor RealUFVeces ArancelValor RealBonificaciónAño/Benef 5.50 VA 4.05 VA 2.61 VA 1.62 VA 1.62 VA 1.67 VA 14.93 UF x Evento 4.98 UF x Evento20.00UF x Evento 1.54 UF 3.96 VA Día cama Psiquiatría(f)5.50 VA 3.20 VA 5.50 VA20.62 UF 0.80 UF 1.00 UF 0.40 UF2.00 UF 0.40 UF2.00 UF 3.08 VA 4.28 VA 3.15 VA 2.03 VA 1.26 VA 1.26 VA 1.30 VA 2.03 VA5.08 UF 2.03 VA2.64 UF 1.51 UF 1.61 VA0.64 UF 1.61 VA 1.97 VA 17.20 UF 70%Sin Tope 15 días 30 días HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77Precio Total Plan de Salud Complementario en UF 5 a menos de 100.750.550.630.55según Grupo familiar 10 a menos de 150.650.550.550.55(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor 15 a menos de 200.600.700.550.60de la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50Unidad 30 a menos de 351.003.301.001.80 35 a menos de 401.103.051.101.65 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 70 RNM Traslados(h) TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 Contratante (a.1) La cobertura preferente para Consulta Medica se otorga en: CENTROMED Tiempos de Espera: NOTAS EXPLICATIVAS g)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con la presentación de la receta médica respectiva. h)Con indicación médica justificada. Prestador preferente: CLÍNICA REÑACA, habitación individual más simple de la Clínica. Día Cama(i) Hospital Clínico Viña del Mar d)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimientos de ortopedia y traumatología. e)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. Clínica Reñaca Sin Tope a) Cobertura preferencial sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificado. Se excluye reembolso. Prestaciones Psiquiatricas Hospitalizadas(f) Derecho de Pabellón Rayos - TAC - ECO Medicamentos Ambulatorios(d) Consulta Médica Laboratorio Derecho de Pabellón(i) Honorarios Médicos Quirúrgicos Kinesiterapia Isapre Cruz Blanca - 20 Atenciones de Urgencia (excepto consulta)Clínica Reñaca Laboratorio Rayos - TAC - ECO Medicamentos en hospitalización Psicología Ambulatoria Psiquiatría Ambulatoria Consulta Urgencia y Oftalmológica(b) Día Cama Clínica de Recuperación Honorarios Médicos Ambulatorios(i) Otras Prestaciones Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Tope Mensual Óptica(g) (a.2) La cobertura preferente para Consulta Urgencia se otorga en: CLÍNICA REÑACA b)Cobertura Urgencia sólo en atenciones otorgadas en Servicios de Urgencia, en horario hábil e inhábil. LUGAR_______________________________________________ El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. N° FUN _______________________________________ Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección. Prestaciones Hospitalarias RUT: _____________________________________ CÓDIGO DE PLAN: Prótesis 70% Copago fijo $5.000 (a.2) Copago fijo $3.000 (a.1) Clínica Reñaca Prestadores Derivados 90% Sin Tope Tope General por Beneficiario Consulta Médica Exámenes7 días c)LLa línea de cobertura "Procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre gastos por concepto de arriendos de equipos, sala de procedimientos o derechos de pabellón. Cargas f)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos. 50 Procedimientos(c) Nombre Arancel i)La cobertura de prestaciones ambulatorias de día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos definidas, sólo opera para intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general. En caso de no cumplirse alguna de estas condiciones, la cobertura preferente será de un 70% sin tope en los prestadores de las redes definidas, y la cobertura para libre elección será de un 70% con los topes definidos para esta línea de cobertura, salvo que la cobertura hospitalizada sea inferior, caso en el cual se aplicará esta última. Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Edad (Años) UF7000 UF TERRA CENTRO 9000 Día Cama Cobertura Preferencial(a) Clínica Reñaca H. Clínico Viña del Mar 1TC9000509 RNM Tope Bonificación 12.00 Prestaciones Ambulatorias 70 90 Procedimientos(c) 70 Fonoaudiologia Visita Médico Tratante o Interconsultor(e) Materiales Clinicos e Insumos Nombre : Firma Contratante _____________________________________ Nombre : El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. 90% Sin Tope (*) Red Ambulatoria (*) Red Ambulatoria : Arauco Salud - Integramedica - Avasalud Providencia - Plusmedica - Megasalud Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. ______________________________________________________ j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Procedimientos diagnósticos y Terapéuticos Intervenciones quirúrgicas Habitación Individual (k) Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. UF