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Libre ElecciónCódigo 1TP7000013

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

Puntuación del plan
8,0

Plan no comercializable.

Desde

$263.575/mes

6,40 UF
CÓDIGO DE PLAN : 1TP7000013 NOMBRE :
%
de Bonificación

Ampliación de Cobertura

Día cama

Día cama cuidados intensivos o coronarios

Día cama cuidados intermedios

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología
25.31 UF
Medicamentos (2.c)

10.00
VA
2.05
UF
2.55
UF
23.24
UF 69.72 UF
6.93
VA
1.85
UF
9.60
VA
10.56
VA
10.40
VA
10.40
VA
3.32
VA 21.52 UF
3.32
VA
8.89
VA
7.88
VA
5.91
VA 76.83 UF
3.32
VA
26.73
UF 80.19 UF
7.97
VA
Atención integral de enfermería (2.d)
7.97 VA
Atención integral de nutricionista (2.d)
3.32 VA 10.96 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
90
0.46 UF
80
1.85 UF 9.25 UF
0.51
UF
3.69
VA
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.e)

54.00
UF
Sin Tope
UF
3.74
VA 1.50 UF
5.56
VA
7.88
UF
Cobertura internacional (1.j)

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Atención Inmediata Recién Nacido

21.52

Óptica (1.g)

25

Sin Tope

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope
anual por beneficiario de UF1000.

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Psiquiatría o Psicología Ambulatoria

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Honorarios médicos quirúrgicos (2.a)

Radioterapia

Quimioterapia (1.c)

Pabellón ambulatorio (2.a)

Día Cama Psiquiatría (1.e)

1.00

Histopatología

Kinesiología

Procedimientos

Fonoaudiología

Sin Tope

UF

Prestaciones Dentales PAD (1.i):

40

Prótesis v Ortesis

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Visita por médico tratante (1.b)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Quimioterapia (1.c)

AMBULATORIAS

90
Sin Tope
100

Sin Tope

Medicamentos ambulatorios (1.f)

Sin Tope

100

Día Cama Clínica de Recuperación

Consultas Pediatría y subespecialidades; Neonatología y
Ginecología

Exámenes de laboratorio

90

Sin Tope

Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatólogo

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Consulta médica

Materiales e insumos clínicos (2.c)

VA

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

Honorarios médicos quirúrgicos

Traslados Médicos (1.d)

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

PRESTACIONES

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

Procedimientos (1.a)

Sin Tope

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope
de Bonificación

Tope Máximo Año
Contrato por
Beneficiario (2e)

Sin Tope

Sin Tope

Visita por médico interconsultor (1.b)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

TIPO DE PLAN :

INDIVIDUAL

FUN Nº:

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir
con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes
de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que
correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al
precio del nuevo plan.

Box Ambulatorio (2.b)

90
Sin Tope
(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN.

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Sin Tope

Hospitalización Pediátrica o Neonatal
Hombre Mujer Mujer
1.80
1.80 1.80
0.95
0.80 0.77
0.75
0.55 0.55
0.65
0.55 0.55
0.60
0.70 0.60
0.70
1.55 0.92
0.80
2.15 1.50
1.00
3.30 1.80
1.10
3.05 1.65
1.30
2.40 1.55
1.45
2.45 1.60
1.75
2.70 1.90
2.40
3.20 2.10
3.10
3.50 2.50
4.30
3.70 3.00
4.50
3.80 3.25
5.50
4.50 4.50
5.50
4.90 4.50
$

______________________________
_______________________________
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

4.50

20 a menos de 25

2.40

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según

30 a menos de 35

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)

10 a menos de 15

25 a menos de 30

1.00

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

0 a menos de 2
1.80
3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.f) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

2.b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por
menos de 4 horas.

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que
solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Edad años

2 a menos de 5

5 a menos de 10

15 a menos de 20

0.80

4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de
Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o
reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de
la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su
incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura.

2.a) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención
hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de
un box ambulatorio por 4 horas o más

1.a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la
institución que realiza la atención.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

1.10

0.55

0.55

0.63

Cargas

Hombre

0.68

0.68

70 a menos de 75

3.10

35 a menos de 40

50 a menos de 55
1.75
40 a menos de 45

45 a menos de 50
1.45
1.30

75 a menos de 80

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

Contratante

80 y más
5.50
Huella Dactilar

2.c) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que
engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un
profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

Isapre CruzBlanca - 32
Identificación Única del Arancel (4.a)
7000

1.h) Se excluye de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de
amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el
Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33
letra f) de la Ley Nº18.933

TITANIUM EXTRA PLUS 7000

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

1.c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

1.- Coberturas

Modalidad
Arancel

3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha
unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

Tope General por Beneficiario en UF (2.e)

60 a menos de 65

65 a menos de 70

3.a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.

1.i) Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o
mas piezas dentales.

2.e) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre
elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación
menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal
de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.- Definiciones

2.d) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con
dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de
Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias

4.30

1.j) La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 32. Para
obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso
de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

55 a menos de 60

1.f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

5.50