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Libre ElecciónCódigo 1TP8601211

TITANIUM EXTRA PLUS 8600

Puntuación del plan
8,6

Plan no comercializable.

Desde

$313.363/mes

7,60 UF
CÓDIGO DE PLAN : 1TP8601211 NOMBRE :
INDIVIDUAL
GRUPAL
%
de Bonificación

Ampliación de Cobertura

Día cama

Día cama cuidados intensivos o coronarios

Día cama cuidados intermedios

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatologia

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Kinesiología
45.00 UF
Medicamentos 2c)

13.00
VA
3.05
UF
3.05
UF
51.02
UF 153.06 UF
7.20
VA
11.08
VA
2.55
UF
19.20
VA
21.12
VA
20.80
VA
20.80
VA
5.81
VA 38.25 UF
5.81
VA
11.56
VA
12.25
UF
12.25
VA
10.34
VA 134.42 UF
5.81
VA
58.67
UF 176.01 UF
8.28
VA
5.81
VA
25
0.64 UF
80
2.55 UF 12.75 UF
0.76
UF
6.46
VA
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1e)

54.00
UF
Sin Tope
UF
6.86
VA 2.74 UF
Cobertura internacional

90

Psiquiatría o Psicología Ambulatoria

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Día Cama Psiquiatría (1e)

Sin Tope

Hospitalización Pediatríca o Neonatal

Día Cama Clínica de Recuperación

100

Histopatologia

Box Ambulatorio (2b)

Kinesiología

Procedimientos

Fonoaudiología

Sin Tope

Pabellón ambulatorio (2a)

Radioterapia

Quimioterapia (1c)

Prótesis v Ortesis

Sin Tope

Honorarios médicos quirurgicos (2a)

Optica (1g)

UF

25

Sin Tope

32.49

Atención de parto o cesárea (7); Atención del recién nacido (10); Atención Pediatrica (24), Deteccion y seguimiento del embarazo y monitoreo fetal (13), Diagnóstico y trataminto de la
patología de mama (22), Estudios diagnósticos y tratamientos de patologías del sistema genito urinario femenino ( 73), Estudios y tratamientos de infertilidad (23), Tratamiento de
esterilización femenina (2).

Otras prestaciones restringidas neonatales, pediátricas y/o de patologías asociadas al sexo femenino correspondientes a 174 códigos de prestaciones que contemplan una valorización
básica en el Arancel Isapre CruzBlanca - 21, se encuentran contenidas en las siguientes agrupaciones:

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Visita por médico tratante ( 1b )

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Quimioterapia (1c)

AMBULATORIAS

90
Sin Tope
Traslados Médicos (1d)

Consulta médica

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)

Atención Inmediata Recién Nacido

Atención integral de enfermería v nutricionista 2d)

90

Sin Tope

Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo

Consultas Pediatría y subespecialidades; Neonatología y
Ginecología

Materiales e insumos clínicos 2c)

Honorarios médicos quirurgicos

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)

Sin Tope

Medicamentos ambulatorios (1f)

Exámenes de laboratorio

100

Sin Tope

Sin Tope

Visita por médico interconsultor ( 1b )

Sin Tope

TIPO DE PLAN :

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en
relación al precio del nuevo plan."

Procedimientos (1a)

Sin Tope

"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá
suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los
siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes
que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.

TITANIUM EXTRA PLUS 8600

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope
de Bonificación

Tope Máximo Año
Contrato por Beneficiario
2e)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

FUN Nº:

"PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE:
PARTO O CESÁREA, ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO, PEDIATRICAS Y PATOLOGÍAS ASOCIADAS AL SEXO FEMENINO.

I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

PRESTACIONES

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un
tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el
Arancel Isapre Cruz Blanca - 21. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones
generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles,
deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.
Hombre Mujer Mujer
1.80
1.80 1.80
0.95
0.80 0.77
0.75
0.55 0.55
0.65
0.55 0.55
0.60
0.70 0.60
0.70
1.55 0.92
0.80
2.15 1.50
1.00
3.30 1.80
1.10
3.05 1.65
1.30
2.40 1.55
1.45
2.45 1.60
1.75
2.70 1.90
2.40
3.20 2.10
3.10
3.50 2.50
4.30
3.70 3.00
4.50
3.80 3.25
5.50
4.50 4.50
5.50
4.90 4.50
UF

Fecha :
Nombre :
Rut :

c) “El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que
engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de
hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un
profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. ”

e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

0.68

0.68

80 y más
5.50
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

2.40

3.10

1.45

25 a menos de 30

4.50

20 a menos de 25

5.50
75 a menos de 80
2 a menos de 5

5 a menos de 10

15 a menos de 20

1.00

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según
composición del grupo familiar

30 a menos de 35

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF

0 a menos de 2

Edad años

a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer
día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. Independiente de lo anterior la Isapre deberá modificar su arancel en la misma
fecha, en que el arancel Fonasa modalidad libre elección realice dichos cambios.

a) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención
hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la
utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más

a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la
institución que realiza la atención.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

f) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el
territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por
menos de 4 horas.

10 a menos de 15

0.80

0.55

0.55

0.63

Cargas

Hombre

1.80

1.30

35 a menos de 40

50 a menos de 55
1.75
40 a menos de 45

45 a menos de 50

1.10

Isapre CruzBlanca - 21
Identificación Única del Arancel
_______________________________________

Sin Tope

h) Se excluye de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico
de amenaza de parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado
en el Plan de Salud para la Libre Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del
artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933

TITANIUM EXTRA PLUS 8600

Firma del Afiliado

_______________________________________

Firma Isapre

g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que
solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

1.- Coberturas

a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización.

e) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre
elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la
prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo
de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.- Definiciones

d) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes entre 15 y 35 años con riesgo
cardiovascular modificable con dieta, que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con valores de glicemia > 110
mg/dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de Enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de
Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias

4.30

55 a menos de 60

f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

Modalidad
Arancel

Tope General por Beneficiario en UF 2e)

60 a menos de 65

65 a menos de 70

70 a menos de 75