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Libre Elección

1TP9200714

TITANIUM EXTRA PLUS 9200

Puntuación del plan 8,8

Desde

$399.546/mes


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CÓDIGO DE PLAN : 1TP9200714 NOMBRE :
TIPO DE PLAN :

%
de Bonificación

Ampliación de
Cobertura

Día cama

Día cama cuidados intensivos o coronarios

Día cama cuidados intermedios

Derecho de Pabellón

Exámenes de laboratorio

Histopatología

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Kinesiología
60.00 UF
Medicamentos (2.c)

14.00
VA
3.05
UF
3.05
UF
66.31
UF 198.93 UF
7.92
VA
Sin Tope
UF
19.20
VA
21.12
VA
20.80
VA
20.80
VA
6.64
VA 51.00 UF
6.64
VA
12.44
VA
14.00
VA
11.82
VA 153.66 UF
6.64
VA
76.25
UF 228.75 UF
9.11
VA
Atención integral de enfermería (2.d)
9.11 VA
Atención integral de nutricionista (2.d)
6.64 VA 21.91 UF
0.82
UF
0.83
UF
1.25
UF
1.42
UF
1.51
UF
1.83
UF
1.00
VA 4.00 UF
1.00
VA 12.00 UF
25
Sin Tope UF
80
Sin Tope UF 15.00 UF
0.76
UF
7.38
VA
Medicamentos en hospitalización Psiquiátrica (1.e)

54.00
UF
Sin Tope
UF
6.17
VA 2.47 UF
11.08
VA
14.00
UF
Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Atención Inmediata Recién Nacido

49.98

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Psiquiatría o Psicología Ambulatoria

OTRAS COBERTURAS

Sin Tope

Honorarios médicos quirúrgicos (2.a)

Sin Tope

Cobertura internacional (1.j)
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y
está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000.

1.00

Histopatología

Kinesiología

Procedimientos

Fonoaudiología

Óptica (1.g)

25

Sin Tope

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre

Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer

Radioterapia

Quimioterapia (1.c)

Pabellón ambulatorio (2.a)

Día Cama Psiquiatría (1.e)

100

Sin Tope

Sin Tope

UF

Prestaciones Dentales PAD (1.i):

40

Prótesis v Ortesis

PRESTACIONES RESTRINGIDAS

Prestaciones Fertilización PAD (1.k):

40

Día Cama Clínica de Recuperación

Consultas Pediatría y subespecialidades; Neonatología y
Ginecología

Visita por médico tratante (1.b)

Prótesis, órtesis y elementos de osteosíntesis

Quimioterapia (1.c)

AMBULATORIAS

90
Sin Tope
Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Sin Tope

Medicamentos ambulatorios (1.f)

Sin Tope

Honorarios médicos quirúrgicos

Traslados Médicos (1.d)

Exámenes de laboratorio

90

Sin Tope

Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatólogo

100

HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA

Tope
de Bonificación

Consulta médica

Materiales e insumos clínicos (2.c)

VA

Endodoncia Premolar

Endodoncia Molar

Tope Máximo Año Contrato por
Beneficiario (2e)

Sin Tope

Sin Tope

Visita por médico interconsultor (1.b)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

FUN Nº:

Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se
consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El (la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:

i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los
restantes beneficios del nuevo plan.

ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan.

PLAN CON COBERTURA MATERNAL REDUCIDA
A: "PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA, ABORTO, EMBARAZO ECTOPICO, HOSPITALIZACIÓN POR AMENAZA DE PARTO PREMATURO.

Obturación: Diagnostico y tratamiento de 1 pieza dental

Obturación: Tratamiento más de 1 y hasta 4 piezas dentales

Obturación: Tratamiento más de 4 piezas dentales

Endodoncia Incisivo

Sin Tope

(*) VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN.

Sin Tope

Hospitalización Pediátrica o Neonatal

Box Ambulatorio (2.b)

90

TITANIUM EXTRA PLUS 9200

INDIVIDUAL

PRESTACIONES

Procedimientos (1.a)

Sin Tope
Hombre Mujer Mujer
1.80
1.80 1.80
0.95
0.80 0.77
0.75
0.55 0.55
0.65
0.55 0.55
0.60
0.70 0.60
0.70
1.55 0.92
0.80
2.15 1.50
1.00
3.30 1.80
1.10
3.05 1.65
1.30
2.40 1.55
1.45
2.45 1.60
1.75
2.70 1.90
2.40
3.20 2.10
3.10
3.50 2.50
4.30
3.70 3.00
4.50
3.80 3.25
5.50
4.50 4.50
5.50
4.90 4.50
$

______________________________
_______________________________
Firma Isapre
Firma del Afiliado
Nombre :
Nombre :
Rut :
Rut :
Fecha :

4.50

20 a menos de 25

2.40

10 a menos de 15

25 a menos de 30

1.00

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

Contratante

0 a menos de 2

Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del
grupo familiar

30 a menos de 35

Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b)

1.80

3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar

2.f) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional
que formen parte de la Red de la Isapre.

2.b) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.

1.g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

1.d) La cobertura de traslados médicos se otorga sólo con indicación médica justificada.

Edad años

2 a menos de 5

5 a menos de 10

15 a menos de 20

0.80

2.a) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada
sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4
horas o más

1.a) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que
realiza la atención.

4.-Reajuste del arancel de prestaciones.

ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN

1.10

0.55

0.55

0.63

Cargas

Hombre

0.68

0.68

70 a menos de 75

3.10

35 a menos de 40

50 a menos de 55
1.75
40 a menos de 45

45 a menos de 50
1.45
1.30

5.50

2.c) El tope definido para la cobertura de Medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por Evento hospitalario a aquel que engloba todos
los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma
ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la
hospitalización marca el término del evento.

Isapre CruzBlanca - 32
Identificación Única del Arancel (4.a)
Sin Tope

1.h) Se excluye de la cobertura libre elección las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalización por diagnóstico de amenaza de
parto prematuro o aborto). Cada una de los gastos asociados a estos diagnósticos, estarán afectos a una cobertura de un 25% de lo estipulado en el Plan de Salud para la Libre
Elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933

TITANIUM EXTRA PLUS 9200

1.b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

Huella Dactilar

Contratante

1.i) Podran acceder a las prestaciones PAD Dentales sólo los beneficiarios, niños y jovenes entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o mas piezas
dentales.

2.e) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor
indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado.
Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicara la regla de bonificación del doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo
190 del DFL N° 1 de 2005, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado.

2.- Definiciones

2.d) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: - Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta, que
presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal(I.M.C.) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de Enfermería: para mayores de 55
años portadores de patologías crónicas, en centros de Enfermería del Adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias

4.30

1.c) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.

1.- Coberturas

Modalidad
Arancel

1.e) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

80 y más

5.50
75 a menos de 80
3.b) Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el
último día del mes anterior en que se devenga la remuneración.

Tope General por Beneficiario en UF (2.e)

60 a menos de 65

65 a menos de 70

3.a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.

1.k) Estas prestaciones serán otorgadas a beneficiarios que tengan entre 25 a 37 años de edad, e incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e
imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de crio preservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la
realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja.

1.j) La cobertura Internacional de los ítems definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 32. Para obtener la
cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del articulo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o
comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.

55 a menos de 60

1.f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
4.a) El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del
Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice,
se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar
las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura
financiera que dicho arancel asegura.