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Preferente

1UCD880012

PREFERENTE UC DOBLE 8800

Puntuación del plan 6,0

Desde

$158.827/mes


Comparar Planes Online
FUN Nº
% Bonif.
% Bonif.
Valor Real
Valor Real
1.20
UF
3.60
VA
2.70
VA
8.04
UF
UF
100.00 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e)

90
3.00 VA
25
40.00 UF
1.00
UF
1.26
UF
1.26
UF
Laboratorio
1.30 VA
Histopatología
1.43 VA
1.60
VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
3.60 VA
Box ambulatorio (i)
4.00 VA
Derecho de Pabellón (i)
3.00 VA
Procedimientos (c)
2.70 VA
Atención integral de enfermería y nutricionista (l)
2.70 VA
1.60
VA
2.50
VA 6.25 UF
UF
1.20 UF
0.60
UF
3.00
VA
3.00
VA 9.00 UF
4.45
VA 5.79 UF
3.65
VA 1.31 UF
3.42
VA
4.64
VA
22.77
UF 68.31 UF
70

Fono CruzBlanca 600 818 0000
www.cruzblanca.cl
Sin Tope

INDIVIDUAL

30 días

Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia

Psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental,
cirugía fotorrefractiva (lasik), tratamientos de Infertilidad,
tratamientos con drogas biológicas, cirugía bariátrica o de
obesidad y PET-CT.

OTROS PRESTACIONES (Restricciones) (a.1)

Tiempos de Espera:

Atenciones de Urgencia

15 días

7 días

9.00

70

Psiquiatría Ambulatoria

Consulta Psiquiatría

70

25

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Prótesis y Ortesis

Traslados (h)

Sin tope

70

Óptica (g)

Kinesiterapia

Medicamentos Ambulatorios (j)

Consulta Urgencia (f)

Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)

Consulta Médica

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Día Cama Clínica de Recuperación

Consulta Oftalmológica

Proc. diagnósticos y Terapéuticos

Intervenciones quirúrgicas

Consulta Médica

Exámenes

Día Cama Sala Cuna-Fototerapia

Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria

OTRAS PRESTACIONES

Sólo cobertura Libre Elección

PRESTACIONES AMBULATORIAS

Hospital Clínico Universidad
Católica

Sin Tope

UF

Fonoaudiología

Día Cama Psiquiatría (d)

PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO

UF - Veces Arancel

NACIONAL

Tope Bonificación

Tope

LIBRE ELECCIÓN

TIPO DE PLAN :

(k)

90% Sin Tope
80% UC San Carlos
70% Alemana
50% Las Condes

UF - Veces Arancel

Materiales Clínicos e Insumos (m)

Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografía)

Día Cama Especialidades

90

Medicamentos en hospitalización (m)

Laboratorio

Sin Tope

Imagenología (Resonancia Nuclear Magnética)

Histopatología

Derecho de Pabellón

Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
Copago Único
Por Evento UF 5.0

Día Cama Otros

Pieza Doble
Hospital Clínico
Universidad Católica
Staff Médicos ASOMEDUC

CODIGO DE PLAN :
1UCD880012 PREFERENTE UC DOBLE 8800NOMBRE :
40.00

Sin Tope
Staff Médicos ASOMEDUC

Año/Benef/UF
Tope Bonificación
Sin Tope

100

a) COBERTURA PREFERENTE

Sólo cobertura Libre Elección

PRESTACIONES HOSPITALIZADAS

Sólo cobertura Libre Elección

100.00

Kinesiterapia

Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)

Honorarios Médicos Quirúrgicos

Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)

Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila Consulta - Exámenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM

Sólo cobertura Libre Elección

Sin Tope

UF

Sin Tope

Sin Tope

Sin Tope

3.00
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2
1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5
0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10
0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15
0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20
0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25
0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30
0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35
1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40
1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45
1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50
1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55
1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60
2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65
3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70
4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75
4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80
5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas
5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.
Firma Contratante
Nombre :
Nombre :
Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C (ASOMEDUC) en convenio con
Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.

c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional
o la institución que realiza la atención.

NOTAS EXPLICATIVAS

CODIGO DE PLAN :
PREFERENTE UC DOBLE 88001UCD880012
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes
de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día
de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para
incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime
conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación.

Unidad

b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.

a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificados. Se excluye reembolso. Para determinar la
bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación doble efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el
prestador.

NOMBRE :

d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización.

f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.

UF 7000
UF
Edad (Años)
Contratante Cargas
Tope General por
Beneficiario k)

Precio Total Plan de Salud
Complementario en UF según Grupo
familiar

Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en
el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.

(h) Con indicación médica justificada.

j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.

k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por
libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la
diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, aplicará la regla de
bonificación de doble piso mínimo de cobertura legal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190 del DFL N°1 de 2005, determinándose de esta forma el
nuevo copago del afiliado.

g) Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.

l) La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes entre 6 y 35 años con riesgo
cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C.) y con valores de glicemia
mayor 110 Mg/Dl (diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes), para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en
centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias.

m) El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel
que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen
de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta
por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento.

(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del
último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)

Isapre Cruz Blanca -20

Precio Base Plan de Salud
Complementario en UF

Nombre Arancel

a.1) Estas prestaciones se exceptúan de la cobertura preferencial, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre Elección.

La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un
tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las
Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas extranjeros
distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)

TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537

e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.

(i) Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la
atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general,
o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más

Huella Dactilar Contratante