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PreferenteCódigo 1UCE880110

HOSPITAL CLINICO UNIVERSIDAD CAT?LICA ESPECIAL 880

Puntuación del plan
5,3

Plan no comercializable.

Desde

$138.279/mes

3,36 UF
GRUPAL
% Bonif. % Bonif.
Valor Real Valor Real
1.20 UF
3.60 VA
2.70 VA
8.04 UF
100.00 UF 100.00 UF
Sin Tope
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica (e) Sin Tope
90 3.00 VA
25 Sin Tope 40.00 UF
1.00 UF
1.26 UF
1.26 UF
Laboratorio 1.30 VA
1.60 VA
Honorarios Médicos Ambulatorios (i) 3.60 VA
Box ambulatorio (i) 4.00 VA
Derecho de Pabellón (i) 3.00 VA
Procedimientos (c) 2.70 VA
1.60 VA
2.50 VA 6.25 UF
1.20 UF 3.00 UF
0.60 UF
3.00 VA
3.00 VA 9.00 UF
2.50 VA 3.25 UF
Consultas Pediatria y Subespecialidades; Neonatologia 70 0.25 UF
Visita a Enfermo Hospitalizado Neonatologo 0.30 UF
Atencion Inmediata al recien Nacido 0.68 UF
Dia Cama Sala Cuna - Fototerapia
Dia cama Incubadora
4.50 VA 1.80 UF
3.00 VA
3.02 VA
18.00 UF 54.00 UF
70
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (b)
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos (c)
90% Sin Tope
80% UC San
Carlos 70%
Alemana
60%
Las Condes
LasNieves
Derecho de Pabellón
Materiales Clínicos e Insumos
25
CODIGO DE PLAN : 1UCE880110 HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 8800NOMBRE :
Copago Unico Por
Evento UF 5.0
Clínica Dávila
Día Cama Otros
Pieza Individual
Hospital Clínico
Universidad Católica
Clínica U. Católica
Staff Médicos
ASOMEDUCMedicamentos en hospitalización
UF - Veces Arancel
a) COBERTURA PREFERENTE
Tope Bonificación
Día Cama Sala Cuna-Fototerapia
Día cama Intensivo e Intermedio (UTI-UCI)
Día Cama Especialidades
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
UF - Veces Arancel
Prestador Derivado
INDIVIDUAL
NACIONAL
Tope Bonificación
LIBRE ELECCIÓN
PRESTACIONES HOSPITALIZADAS
Tope
FUN NºTIPO DE PLAN :
Sin Tope
Sin Tope
100
Laboratorio
Resonancia Nuclear Magnética (RNM)
Kinesiterapia
90
Año/Benef/UF
(k)
70
Prótesis y Ortesis
Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)
9.00
Consulta Oftalmológica
Kinesiterapia
Sin Tope
Staff Medicos ASOMEDUC
40.00
Traslados (h) Libre Eleccion
Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de
Quimioterapia
Óptica (g)
Hospital Clínico
Universidad Católica
UTI-UCI Pediatrica y Neonatal
Día Cama Hospitalizacion Medica y Quirurgica Pediatrica
Derecho de Pabellón Parto-Cesárea-Aborto
25 Sin Tope
Resonancia Nuclear Magnética (RNM)
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas (d)
Sin tope
70
Rayos - Scanner - Ecotomografías (RX-TAC-ECO)
70
Consulta Médica
Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria
Psiquiatría Ambulatoria
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Día Cama Clínica de Recuperación
Proc. diagnósticos y Terapéuticos
Intervenciones quirúrgicas
15 días
30 días
Consulta Médica
Exámenes
90
Clínica Dávila
Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope
Sin tope
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Además de las prestaciones restringidas señaladas, existen 51 códigos de pretaciones que contemplan una valorización básica en el Arancel Isapre Cruz Blanca 22, que se
encuntran contenidas en las siguientes agrupaciones. Examenes de Laboratorio específicos de niños y control de embarazo (10), Rayos y ecotomografías específicas de niños
y estudio de infertilidad (6); Procedimientos de oftalmología en niños (7); Procedimientos de otorrinolaringología en niños (5);Procedimientos de gastroenterología en niños
(1);Procedimientos y cirugías obstetricas relacionadas con el control de embarazo y atención del parto (22).
Día Cama Psiquiatría (d)
Consulta Urgencia (f)
Consulta Psiquiatría
UF
Libre Elección
OTRAS PRESTACIONES
Libre Eleccion
Fonoaudiologia
Medicamentos Ambulatorios (j)
UF
PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE :
"PARTO - CESAREA- ABORTO RETENIDO - ATENCIONES DEL RECIEN NACIDO Y PEDIATRICAS"
"Durante la vigencia del presente plan, la isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de
Embarazo que éste(a) deberá suscribir con este sólo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso, no se encuentra embarazada. El
(la ) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud:
i) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual
podrán efectuarse los ajustes que correspon dan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.
ii) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrán realizarse
los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan."
Sin Tope Hospital Clínico U.C -Cl. Dávila
Consulta - Examenes de Laboratorio- Rx- TAC-ECO-RNM
7 días
Tiempos de Espera:
Atenciones de Urgencia
Hombre Mujer Hombre Mujer
0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.80
2 a menos de 5 0.95 0.80 0.80 0.77
5 a menos de 10 0.75 0.55 0.63 0.55
10 a menos de 15 0.65 0.55 0.55 0.55
15 a menos de 20 0.60 0.70 0.55 0.60
20 a menos de 25 0.70 1.55 0.68 0.92
25 a menos de 30 0.80 2.15 0.68 1.50
30 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.80
35 a menos de 40 1.10 3.05 1.10 1.65
40 a menos de 45 1.30 2.40 1.30 1.55
45 a menos de 50 1.45 2.45 1.45 1.60
50 a menos de 55 1.75 2.70 1.75 1.90
55 a menos de 60 2.40 3.20 2.40 2.10
60 a menos de 65 3.10 3.50 3.10 2.50
65 a menos de 70 4.30 3.70 4.30 3.00
70 a menos de 75 4.50 3.80 4.50 3.25
75 a menos de 80 5.50 4.50 5.50 4.50
80 y mas 5.50 4.90 5.50 4.50
Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A. Firma Contratante
Nombre : Nombre :
HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA ESPECIAL 8800
b) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
a) Cobertura preferente sólo a través de Ordenes de Atención con prestadores en convenio especificados. Se excluye reembolso.
Para determinar la bonificación preferente hospitalaria se considerará la habitación individual estándar con baño privado o la de menor valor
efectivamente utilizada por el beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.
CODIGO DE PLAN :
Se exceptúa de la cobertura preferencial la atención psiquiátrica, psicológica, prótesis, traslados, atención dental, cirugía fotorrefractiva (lasik),
tratamientos de Infertilidad, tratamientos con drogas biológicas y cirugía bariátrica o de obesidad, otorgándose sólo cobertura en modalidad Libre
Elección.
c) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del
profesional o la institución que realiza la atención.
l) La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está
afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del
artículo 10° de las Condiciones generales del Contrato de Salud Previsional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se
presenten en idiomas extranjeros distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación.)
El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del
mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del
primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está
facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad
que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de
su incorporación.
Unidad
(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la
UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.)
Isapre Cruz Blanca -22
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
(i) Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones
ambulatorias día cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos, se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la
cobertura para prestaciones hospitalizadas.
UF 7000 UF
Edad (Años) Contratante Cargas
Tope General por
Beneficiario k)
Precio Base Plan de Salud Complementario
en UF
Nombre Arancel
Precio Total Plan de Salud Complementario
en UF según Grupo familiar
1UCE880110 NOMBRE :
j) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología.
m)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores
ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
k) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las
prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La
bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un
año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del
afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.
g) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada
beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
d) El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la
hospitalización.
Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Staff de la RED UC pertenecientes a la asociación de médicos de la U.C (ASOMEDUC) en
convenio con Cruz Blanca para la atención de beneficiarios de Planes Preferente UC.
(h) Con indicación médica justificada.
NOTAS EXPLICATIVAS
Se excluye de esta cobertura preferente las prestaciones referidas al embarazo ( parto, cesárea, aborto, embarazo ectópico, hospitalizaciones
por complicaciones del embarazo), prstaciones pediatricas y neonatales cuya cobertura corresponderá a lo estipulado en el Plan de Salud
Complementario para la libre elección. Se deja constancia que para este tipo de Planes, no será aplicable la cobertura proporcional que alude el
inciso II del artículo 33 letra f) de la Ley Nº18.933.