CÓDIGO DE PLAN : Copago %Fijo Día Cama Sala Cuna - Fototerapia Día Cama Observación - Recuperación 5.63UF Medicamentos en hospitalización(2.f) Materiales Clínicos e Insumos(2.f) 2.50VA 4.60VA 1.40UF 1.40UF 2.64VA 2.22VA 120.00UF360.00UF 120.00UF360.00UF Consulta Médica1.00UF Consulta Urgencia u Oftalmológica(1.e)1.27UF Laboratorio1.60VA Histopatología1.76VA Imagenología : RX-TAC-ECO2.08VA Imagenología: Resonancia Nuclear Magnética1.87VA Kinesiterapia1.60VA2.80UF Derecho de Pabellón(1.h)3.00VA Procedimientos(1.a)1.94VA Radioterapia1.94VA Honorarios Médicos Ambulatorios(1.h)3.58VA Consulta Psiquiatría0.90UF6.00UF Psiquiatría Ambulatoria6.00VA6.00UF Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria6.00VA6.00UF Fonoaudiología1.20VA2.10UF Quimioterapia(2.d)120.00UF360.00UF Prótesis y Órtesis3.30VA Atención integral de enfermería(1.k)2.00VA Atención integral de nutricionista(1.k)2.00VA6.60UF 1.00VA7.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Hombre1.00VA4.00UF Tratamiento Fertilización asistida baja complejidad Mujer1.00VA12.00UF Día Cama Psiquiatría1.50UF15.00UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica(1.d)5.00UF15.00UF 1.50VA15.00UF 1.50UF15.03UF 2.00VA 4.60VA 3.00VA 10.00VA Óptica(1.g)6.00VA1.51UF Traslados(1.j)2.22VA Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl Imagenología: Resonancia Nuclear Magnética Laboratorio Histopatología Imagenología : RX-TAC-ECO Tope Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Sin Tope Tope Máx. Año por beneficiario(2.e) Ampliación de Cobertura VER NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD PARA LA APLICACIÓN DE LA COBERTURA LIBRE ELECCIÓN. Sin Tope Drogas Biológicas(2.d) 40 Sin Tope 90 Día Cama Cuidados Intermedios Prestaciones Fertilización PAD (1.c): Derecho de Pabellón Prótesis órtesis y elementos de Osteosíntesis La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. Está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. OTRAS COBERTURAS 70 90% Sin Tope Libre Elección 80% Sin Tope Clínica Las Condes. PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA Kinesiterapia PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCION FUN N°TIPO DE PLAN Bonificación UNIVERSAL FULL 7200 INDIVIDUAL 1UF7201115NOMBRE : Traslados(1.j) Quimioterapia(2.d) Sin Tope Visita Médico Tratante(1.b) Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos(1.a) Visita Interconsultor(1.b) 70 Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 70 Sin Tope Sin Tope 70 90 PRESTACIONES RESTRINGIDAS Prestaciones Dentales PAD (1.i): Sin Tope Sin Tope PET - CT Día Cama Clínica de Recuperación Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas Box ambulatorio(1.h - 2.a) Medicamentos Ambulatorios(1.f) Cobertura Internacional (1.l) Cirugía de Bariátrica, Metabólica, Fotorrefractiva (lasik) : Honorarios(2.g) Cirugía de Bariátrica, Metabólica y Fotorrefractiva (lasik) : Pabellón(2.g)
CÓDIGO DE PLAN : HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Firma Representante Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : RUT:RUT: Fecha: 2.- Definiciones 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. 2.e)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximos usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección. El valor indicado rige para cada beneficiario por año vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, la bonificación corresponderá al mayor valor entre el 25% de la cobertura estipulada en el plan de salud y la cobertura financiera que asegura el Fonasa en la modalidad de libre elección a todas las prestaciones contempladas en el Arancel, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. 1.l)Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Identificación Única del Arancel(4.a) Modalidad Arancel$ 7000 UF 10 a menos de 15 15 a menos de 20 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF (3.b) UNIVERSAL FULL 7200 Isapre CruzBlanca - 31 Cargas TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 NOMBRE : Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Edad (Años) Contratante 1UF7201115 40 a menos de 45 45 a menos de 50 2.d)Se entiende por"Drogas Biológicas" los productos de fabricación o síntesis biotecnológicasutilizados para el tratamiento de patologías no oncológicas.Se entiende por quiomioterápicos o drogas antineoplásicas, los medicamentos utilizados para el tratamiento del cáncer, pudiendo ser de síntesis química o biotecnológica. 2.a)Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. 2.c)Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 50 a menos de 55 0 a menos de 2 5 a menos de 10 2 a menos de 5 20 a menos de 25 1.h)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 ó superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. Tope General por Beneficiario(2.e) 55 a menos de 60 ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN:UNIVERSAL FULL 7200 1.k)La cobertura definida para la atención integral de enfermería y nutricionista, sólo aplica para: -Nutricionista: pacientes con riesgo cardiovascular modificable con dieta que presente obesidad o sobrepeso según criterios de índice de Masa Corporal (I.M.C) y con diabetes mellitus tipo II o pre-diabetes, para casos de enfermería: para mayores de 55 años portadores de patologías crónicas, en centros de enfermería del adulto mayor, atendido por enfermeras universitarias. 1.b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. 1.c)Estas prestaciones incluyen las coberturas de especialidad, exámenes de laboratorio e imagenología propios de este tratamiento, procedimiento de criopreservación, capacitación espermática, inseminación artificial y los fármacos e insumos requeridos para la realización del tratamiento señalado. Incluyen la totalidad de las prestaciones requeridas para el tratamiento de infertilidad con inseminación artificial desde la pareja. 1.a)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 1.i)Podrán acceder a las prestaciones PAD dentales solo los beneficiarios, niños y jóvenes, entre 12 y 17 años 11 meses y 29 días que presenten caries de una o más piezas dentales. 25 a menos de 30 30 a menos de 35 35 a menos de 40 Huella Dactilar 1.d)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiátrica es por evento. 1.e)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. 1.f)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. 1.g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva,a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.” 1.j)La cobertura de Traslados médicos sólo se otorgan con indicación médica justificada. 60 a menos de 65 65 a menos de 70 1.- Coberturas NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN DE SALUD 3.a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF del último día del mes al que corresponda devengar la cotización. 4.a)El Arancel o catálogo valorizado de prestaciones se reajustará el primero de marzo de cada año hasta en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1º de Enero y 31 de Diciembre del año anterior, con un mínimo de 1% de la referida variación. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho índice, se sustituirá por el que la autoridad competente disponga en lugar de aquél. El reajuste y modificaciones antes dichas, son independientes de la obligación de la Isapre de otorgar las nuevas prestaciones que se incorporen al Arancel Fonasa en su modalidad libre elección, desde el momento de su incorporación, y otorgar, como mínimo, la cobertura financiera que dicho arancel asegura. 70 a menos de 75 75 a menos de 80 80 y mas 3.b)Para el pago de la cotización : Si el precio está expresado en unidades de fomento (UF), el valor de conversión que se utilizará corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior en que se devenga la remuneración. Contratante 2.b)Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 2.f)El tope definido para la cobertura de medicamentos e Insumos Hospitalizados es por evento hospitalario. Se entiende por evento hospitalario a aquel que engloba todos los gastos en que incurre un beneficiario mientras permanece internado en un centro asistencial (público o privado), o bajo el régimen de hospitalización domiciliaria, en forma ininterrumpida, pudiendo incluso recibir las atenciones en uno o más establecimientos hasta que es dado de alta por un profesional médico. La fecha de alta o término de la hospitalización marca el término del evento. 2.g)Se entiende por Cirugía Bariátrica o de Obesidad al By pass gástrico y/o Manga gástrica. Se entiende por cirugía Metabólica al By pass Gástrico, sea efectuado en pacientes obesos o no. La exclusión de Cobertura Preferente de la Cirugía Bariátrica y Cirugía lasik, corresponde al evento hospitalario completo.