LUGAR____________________________________________ II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NOMBRE : MATRIMONIAL % DE BONIF. VALOR REAL 9.00 V.A. 9.00 V.A. 3.24 V.A. 1.98 V.A. 1.98 V.A. 1.93 V.A. Medicamentos en hospitalización103.28 UF x Evento 34.43 UF x Evento 1.35 UF 9.00 V.A.16.88 UF 4.50 V.A.16.88 UF 9.00 V.A.33.75 UF 5.94 V.A. 0.70 UF 0.88 UF 0.70 UF3.50 UF 0.70 UF3.50 UF 7.00 V.A. 4.62 V.A. 7.00 V.A. 2.52 V.A. 2.52 V.A.3.28 UF 2.52 V.A.6.30 UF 1.54 V.A.90% Sin Tope 1.54 V.A.90% Sin Tope 1.50 V.A.90% Sin Tope 10.50 UF 1.54 V.A.0.62 UF 1.54 V.A. 2.81 V.A. HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21.801.801.801.80 2 a menos de 50.950.800.800.77 5 a menos de 100.750.550.630.55 10 a menos de 150.650.550.550.55 15 a menos de 200.600.700.550.60 20 a menos de 250.701.550.680.92 25 a menos de 300.802.150.681.50 30 a menos de 351.003.301.001.80(El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UF 35 a menos de 401.103.051.101.65del último día del mes al que corresponda devengar la cotización.) 40 a menos de 451.302.401.301.55 45 a menos de 501.452.451.451.60Nombre del ArancelUnidad 50 a menos de 551.752.701.751.90 55 a menos de 602.403.202.402.10 60 a menos de 653.103.503.102.50 65 a menos de 704.303.704.303.00 70 a menos de 754.503.804.503.25 75 a menos de 805.504.505.504.50 80 y mas5.504.905.504.50 ___________________________________________ Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : (ORDENES DE ATENCIÓN) Tope BonificaciónAMPLIACIÓN DE COBERTURA Procedimientos( b ) Honorarios Médicos Quirúrgicos 29.48 Psicología Ambulatoria Día Cama(h) Rayos Tac - Eco RNM Kinesiterapia Laboratorio Prótesis Óptica( g ) ________________________________________________ TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 OTRAS PRESTACIONES 70 La información de prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre está disponible en las oficinas de la Isapre o a través del Call center Salud b) La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. Quimioterapia Tope Mensual Drogas Citotóxicas administradas en ciclos de Tope General por Beneficiario c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. TIPO DE PLAN : 90 Día Cama UF/ Veces Arancel Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. MÁX. BONIF(i) INDIVIDUAL UF Isapre Cruz Blanca - 20 El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. 7000 UF Rayos Tac - Eco Derecho de Pabellón Laboratorio a.-) 90% Sin Tope si día cama es igual o menor a UF 9 Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. RUT: __________________________________ FECHA ___________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________________ N° FUN ________________________________ I. DISPOSICIONES GENERALES El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 18.933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1, de 2005 del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. AÑO/BENEFIC.( UF) PRESTACIONES HOSPITALIZADAS 1UN7800509UNIVERSAL 7800CODIGO DE PLAN: CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas( d ) 90Día Cama Psiquiatría( d ) RNM Día Cama Clínica de Recuperación Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor( c ) Materiales Clínicos e Insumos Medicamentos Ambulatorios( f ) PRESTACIONES AMBULATORIAS Fonoaudiología Consulta Urgencia y Oftalmológica(e) Consulta Médica Red Prestadores Ambulatorios g) Corresponderá la bonificación de marcos y cristales sólo con la presentación de la receta médica respectiva. Cargas Traslados(j) UF a) La ampliación de cobertura a un 90% Sin Tope , en prestaciones hospitalizadas para items día cama, pabellón, laboratorio, rayos, TAC, ECO y procedimientos, sólo corresponde si se cumplen las siguientes condiciones copulativas: (i) que se trate de prestaciones otorgadas por prestadores institucionales y médicos que mantengan convenio vigente con la Isapre, y exclusivamente a través de la modalidad de Ordenes de Atención; (ii) que el valor del día cama convenido entre la Isapre y el prestador, considerando la habitación individual más simple con baño privado del establecimiento asistencial en que curse la hospitalización el beneficiario, sea igual o menor a 9UF y (iii) que la hospitalización sea dentro del territorio nacional, y que no se trate de hospitalizaciones psiquiátricas, hospitalizaciones en Clínicas de Recuperación o en habitaciones de mayor hotelería (suite o Departamento). f) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. d) El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización. No incluye y no tiene cobertura los medicamentos. e) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. Red Prestadores Ambulatorios: Arauco Salud - Integramedica - Avansalud Providencia - Plusmedica h) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la cobertura equivalente a la atención hospitalizada. Procedimientos( b ) Psiquiatría Ambulatoria Derecho de Pabellón(h) Honorarios Médicos Ambulatorios(h) 70 70 NOTAS EXPLICATIVAS Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar Precio Base Plan de Salud Complementario en UF i) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado. LasgarantíasExplicitasenSalud(GES)ycoberturaadicionalparaenfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. j) Con indicación médica justificada. La cobertura Internacional se otorgará en los mismos términos de la cobertura Nacional, esto es en función del Arancel Isapre Cruz Blanca S.A. vigente y procedimientos de bonificación del Plan contratado. Contratante Edad (Años)