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Libre ElecciónCódigo 1UN8400110

UNIVERSAL 8400

Puntuación del plan
7,8

Plan no comercializable.

Desde

$205.187/mes

4,98 UF
INDIVIDUAL GRUPAL
% DE BONIF.
VALOR REAL
90 300.00 UF x Evento
7.20 VA 18.00 UF
2.32 UF
8.28 VA
4.55 VA
4.93 VA
41.58 UF
1.20 UF
Consulta Urgencia u Oftalmológica (f) 1.51 UF
10.50 VA
6.44 VA
10.50 VA
5.60 VA
5.60 VA 7.28 UF
5.60 VA 14.00 UF
3.74 VA 90% Sin Tope
3.96 VA
3.50 VA
Radioterapia 5.60 VA
Protesis y Ortesis 4.55 VA
Atencion Integral de Enfermeria y Nutricionista 5.60 VA
Quimioterapia 1l) 41.58 UF
PRESTACIONES RESTRINGIDAS
Día Cama Psiquiatría (d) 33.75 UF 33.75 UF
Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica e) 75.00 UF x Evento
9.00 VA
54.00 UF 54.00 UF
1.40 UF 7.00 UF
1.40 UF 7.00 UF
6.57 VA 2.63 UF
13.13 UF
Cobertura Internacional
Fono CruzBlanca 600 818 0000 www.cruzblanca.cl
Box Ambulatorio (1i - 2a)
Procedimientos (b )
Fonoaudiología
Traslados (k)
PRESTACIONES AMBULATORIAS
Red Prestadores
Ambulatorios90% Sin Tope
Imágenologia Resonancia Nuclear Magnetica
Día Cama Clínica de Recuperación
Psiquiatría Ambulatoria
Sin Tope
OTRAS PRESTACIONES
Optica (h)
Imágenologia Rayos - TAC - ECO
Honorarios Médicos Ambulatorios (i)
Kinesiterapia
Laboratorio
Procedimientos (b )
Laboratorio
Imágenologia Rayos - TAC - ECO
Medicamentos en hospitalización
Imágenologia Resonancia Nuclear Magnetica
Derecho de Pabellón (i)
Honorarios Médicos Quirúrgicos
Prótesis, Ortesis y elementos de osteositesis
Quimioterapia Tope Mensual
1UN8400110
Día Cama (a)
HOSPITALARIAS Y CIRUGIA MAYOR AMBULATORIA
90% Sin Tope
60% Clínica Las Condes
Derecho de Pabellón
AMPLIACION DE
COBERTURA
CODIGO DE PLAN :
UF/ Veces Arancel
MÁX. BONIF (j)
TIPO DE PLAN FUN N°
AÑO/BENEFIC. ( UF)
PRESTACIONES
Tope Bonificación
Día cama cuidados intermedios (a)
Día cama cuidados intensivos o coronarios (a)
Kinesiterapia
Sin Tope
Materiales Clinicos e Insumos
PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO
UNIVERSAL 8400NOMBRE :
Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d)
Psicología Ambulatoria
90
70
Medicamentos Ambulatorios (g)
Sin Tope
Sin Tope
Sin Tope
70
La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las
coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. La cobertura Internacional de los ítems
definidos como “Sin Tope” en la Libre Elección, tendrá un tope de 10 veces el Arancel Isapre Cruz Blanca - 20. Para
obtener la cobertura, el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones
generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en
idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. “
70
33.75 UF
Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor (c)
Consulta Médica
70
CODIGO DE PLAN :
Hombre Mujer Hombre Mujer
1.80 1.80 1.80 1.80
0.95 0.80 0.80 0.77
0.75 0.55 0.63 0.55
0.65 0.55 0.55 0.55
0.60 0.70 0.55 0.60
0.70 1.55 0.68 0.92
0.80 2.15 0.68 1.50
1.00 3.30 1.00 1.80
1.10 3.05 1.10 1.65
1.30 2.40 1.30 1.55
1.45 2.45 1.45 1.60
1.75 2.70 1.75 1.90
2.40 3.20 2.40 2.10
3.10 3.50 3.10 2.50
4.30 3.70 4.30 3.00
4.50 3.80 4.50 3.25
5.50 4.50 5.50 4.50
5.50 4.90 5.50 4.50
UF
Firma Isapre Firma del Afiliado
Fecha :
Red Prestadores Ambulatorios Laboratorio e Imgenes : Arauco Salud - Integramedica - Avansalud Providencia - Plusmedica.
3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar
4.-Reajuste del arancel de prestaciones.
f) Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil.
Precio Base Plan de Salud Complementario
en UF
g) La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria y procedimiento de ortopedia y traumatología.
c) Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante.
h) Para obtener la cobertura de Lentes Opticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación medica respectiva, a cada beneficiario que solicite
bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia.
-----------------------------------------------------------------------------------------
Tope General por Beneficiario UF j)
NOMBRE :
7000 UF
2.- Definiciones
Nombre :
Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del
grupo familiar
-------------------------------------------------------
b) La línea de cobertura "procedimientos" (diágnósticos y/o terapéuticos) es aplicable para la bonificación de los honorarios del profesional que realiza la atención. No cubre
gastos por concepto de arriendos de equipo, sala de procedimientos o derechos de pabellón.
Identificación Única del Arancel Isapre CruzBlanca - 20
25 a menos de 30
2 a menos de 5
5 a menos de 10
55 a menos de 60
60 a menos de 65
1UN8400110
30 a menos de 35
10 a menos de 15
15 a menos de 20
50 a menos de 55
Contratante
Modalidad Arancel
UNIVERSAL 8400
ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN
75 a menos de 80
80 y más
70 a menos de 75
35 a menos de 40
40 a menos de 45
45 a menos de 50
a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4
horas.
b) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio
nacional que formen parte de la Red de la Isapre.
Cargas
TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537
Edad (Años)
0 a menos de 2
65 a menos de 70
Rut :
l) Esta cobertura se refiere sólo a las drogas citotóxicas administradas en ciclos de quimioterapia.
20 a menos de 25
a) El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización.
a) El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de
marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que
entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación.
UNIVERSAL 8400
1.- Coberturas
e) El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada.
k) Con indicación médica justificada.
i) En intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, éstos ítems (Días cama, Pabellón y Honorarios Médicos) tendrán la
cobertura equivalente a la atención hospitalizada.
j) Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección . El
valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del
afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificara el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el
nuevo copago del afiliado.
d) El tope anual indicado para Psiquiatría Hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se dé durante la hospitalización.
a) Para determinar la bonificación de día cama se considerará a Habitación Individual estándar con baño privado o la de menor valor efectivamente utilizada por el
beneficiario de acuerdo al convenio vigente con el prestador.