7891011121314 IndividualGrupalFUN N° % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real Día Cama Especialidades9.30UF9.31UF Día cama cuidados intensivos o coronarios15.41UF17.12UF Día cama cuidados intermedios15.41UF17.12UF Día Cama Sala Cuna-Fototerapia4.65UF4.66VA Día Cama Otros9.30VA9.31VA Derecho de Pabellón6.10VA6.10VA Laboratorio2.37VA2.37VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)2.43VA2.43VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)2.43VA2.43VA Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos( c)2.08VA2.08VA Kinesiterapia2.08VA2.08VA5.19UF Medicamentos en hospitalización68.00UF68.00UF Materiales Clínicos e Insumos18.50UF18.50UF Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b)1.13UF1.13UF Visita Medico Interconsultor(b)1.13UF1.13UF Honorarios Médicos Quirúrgicos4.51VA4.51VA Prótesis y Ortesis2.44VA2.44VA Traslados(h)2.44VA2.44VA Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia15.00UF15.00UF45.00UF Consulta Médica1.13UF1.13UF Consulta Urgencia y Oftalmológica(f)1.29UF1.29UF Honorarios Médicos Ambulatorios(i)4.51VA4.51VA Día Cama(i)9.30VA9.30VA Derecho de Pabellón(i)6.10VA6.10VA Procedimientos(c)2.08VA2.08VA Laboratorio1.71VA1.71VA Imagenología (Rayos; Scanner; Ecotomografia)1.75VA1.75VA Imagenología (Resonancia Nuclear Magnetica)1.71VA1.71VA Kinesiterapia2.08VA2.08VA5.19UF Fonoaudiologia2.08VA2.08VA4.15UF Atención integral de enfermería v nutricionista2.08VA2.08VA Radioterapia8015.00UF8015.00UF45.00UF Consulta Psiquiatría1.13UF1.13UF5.65UF Psiquiatría Ambulatoria705.65VA1005.65VA Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria5.65VA5.65VA5.65UF Día Cama Psiquiatría(d)2.33UF2.33UF Medicamentos en Hospitalización Psiquiátrica( e )17.00UF17.00UF Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d)9.32VA9.32VA23.25UF Día Cama Clínica de Recuperación9.30VA9.30VA23.28UF 801.88VA801.88VA0.75UF 703.40UF803.40UF 1VT7000120NOMBRE : UF Tope Bonificación VENTISQUEROS 7000NOMBRE: a) LE ZONA SUR UF - Veces Arancel Regiones VII a XII y XIV PRESTACIONES HOSPITALIZADAS Sin Tope Sin tope UF - Veces Arancel Tope Bonificación LIBRE ELECCIÓN NACIONALTope (k) Año/Benef/UF VENTISQUEROS 7000CODIGO DE PLAN: Sin Tope 90100 Sin Tope 7080 Sin Tope 23.25 90100 Cobertura internacional La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección. No aplican las coberturas preferentes y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Para obtener la cobertura,el beneficiario deberá ceñirse a lo señalado en la letra b) del artículo 10° de las Condiciones generales del contrato de salud Provisional. En caso de documentos y/o comprobantes de pago que se presenten en idiomas distintos del ingles, deberán entregarse traducidos para proceder a su liquidación. Medicamentos Ambulatorios(j) Sin Tope PRESTACIONES RESTRINGIDAS OTRAS PRESTACIONES Óptica(g) PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO I. MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN CODIGO DE PLAN: TIPO DE PLAN: PRESTACIONES AMBULATORIAS Sin tope 8080 1VT7000120
HombreMujerHombreMujer 1.801.801.801.80 0.950.800.800.77 0.750.550.630.55 0.650.550.550.55 0.600.700.550.60 0.701.550.680.92 0.802.150.681.50 1.003.301.001.80 1.103.051.101.65 1.302.401.301.55 1.452.451.451.60 1.752.701.751.90 2.403.202.402.10 3.103.503.102.50 4.303.704.303.00 4.503.804.503.25 5.504.505.504.50 5.504.905.504.50 Fecha : a)El arancel de prestaciones podrá ser reajustado y/o modificado dentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entraran en vigencia al mes siguiente de su incorporación. 3.- Valor de conversión de la unidad de fomento a utilizar a)El precio del Plan se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valor de la UFdel último día del mes al que corresponda devengar la cotización. Edad (Años)Contratante 0 a menos de 2 Cargas 20 a menos de 25 25 a menos de 30 10 a menos de 15 15 a menos de 20 2 a menos de 5 5 a menos de 10 80 y mas 70 a menos de 75 75 a menos de 80 60 a menos de 65 65 a menos de 70 50 a menos de 55 55 a menos de 60 Precio Base Plan de Salud Complementario en UF Precio Total Plan de Salud Complementario en UF según composición del grupo familiar TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 UF 40 a menos de 45 45 a menos de 50 30 a menos de 35 35 a menos de 40 Tope General por Beneficiario en UF( k )UF 5000 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Identificación Única del ArancelIsapre CruzBlanca - 20Modalidad Arancel ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD LIBRE ELECCIÓN 1VT7000120 Firma IsapreFirma del Afiliado Nombre : Rut : d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización e)El tope de medicamentos en hospitalización Psiquiatrica es por evento y está incluido en el tope anual de Psiquiatría hospitalizada. f )Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. g)Para obtener la cobertura de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto), se exigirá receta con la indicación médica respectiva, a cada beneficiario que solicite bonificación. Lo anterior con la sola excepción del reembolso de lentes de presbicia. 1.- Coberturas a) El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las Regiones VII a XII y XIV . b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. 2.- Definiciones a) Box ambulatorio corresponde a cama, sillón, camilla u otro utilizado en un establecimiento asistencial, con fines diagnósticos o terapéuticos, que se utilice por menos de 4 horas. b) Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. 4.-Reajuste del arancel de prestaciones. (h)Con indicación médica justificada. (i)Las prestaciones ambulatorias de box, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos ambulatorios tendrán una cobertura equivalente a la atención hospitalizada sólo tratándose de intervenciones quirúrgicas que se encuentren asociadas a un pabellón 5 o superior, a uso de anestesia general, o a la utilización de un box ambulatorio por 4 horas o más. j)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. k)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud.