N° FUN _____________________________________FECHA ________________________LUGAR______________________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________RUT: _____________________________________ % Bonif.% Bonif. Valor RealValor Real 1,25 UF1,25 UF 4,97 VA4,97 VA 2,26 VA2,26 VA 2,26 VA2,26 VA5,66UF 9,30 UF10,21 UF 15,90 UF17,67 UF 4,65 UF5,11 VA 9,30 VA10,21 VA 6,76 VA6,76 VA 2,51 VA2,51 VA 2,57 VA2,57 VA 2,57 VA2,57 VA 84,00 UF84,00 UF 22,50 UF22,50 UF 2,55 UF2,55 UF25,50 UF 10,20 VA10,20 VA25,50 UF 9,30 VA9,30 VA25,53 UF 1,25 UF1,25 UF 1,43 UF1,43 UF Honorarios Médicos Ambulatorios(h)4,97 VA4,97 VA Día Cama(h)9,30 VA9,30VA Derecho de Pabellón(h)6,76 VA6,76 VA Procedimientos(c)2,26 VA2,26 VA Laboratorio1,75 VA1,75 VA Rayos - TAC - ECO1,79 VA1,79 VA RNM1,75 VA1,75 VA 2,26 VA2,26 VA5,66 UF 4,11 UF4,11 UF 1,25 UF1,25 UF 6,25 VA6,25 VA 6,25 VA6,25 VA6,25 UF 2,26 VA2,26 VA4,53 UF 2,00 VA2,00 VA0,80 UF 2,60 VA2,60 VA 2,60 VA2,60 VA 16,67 UF16,67 UF50,00 UF Fono CruzBlanca 600 818 0000www.cruzblanca.cl PRESTACIONES HOSPITALIZADAS OTRAS PRESTACIONES Óptica(f) 8080 Prótesis y Ortesis Traslados(g) Drogas Citotóxicas Administradas en Ciclos de Quimioterapia Kinesiterapia Fonoaudiologia Medicamentos Ambulatorios(i) Consulta Psiquiatría6,25UF Psiquiatría Ambulatoria Medicamentos en hospitalización Materiales Clínicos e Insumos Día Cama Psiquiatría(d) Consulta Psicología - Psicología Ambulatoria PRESTACIONES AMBULATORIAS Consulta Médica 7080 Consulta Urgencia y Oftalmológica(e) UTI-UCI Día Cama Sala Cuna-Fototerapia Día Cama Otros Derecho de Pabellón Laboratorio Rayos - TAC - ECO Visita Médico Tratante ó Visita Interconsultor(b) 90100 Honorarios Médicos Quirúrgicos Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos( c) Kinesiterapia Día Cama Especialidades RNM Prestaciones Psiquiátricas Hospitalizadas(d) Día Cama Clínica de Recuperación UF - Veces ArancelUF - Veces Arancel(j) Tope BonificaciónTope BonificaciónAño/Benef/UF NOMBRE:VENTISQUEROS 7400 NACIONALRegiones VII a XII y XIVTope LIBRE ELECCIÓNa) LIBRE ELECCION ZONA SUR Matrimonial CONTRATO DE SALUD PREVISIONAL I. DISPOSICIONES GENERALES Entre ISAPRE CRUZ BLANCA S.A., Institución de Salud Previsional, R.U.T. Nº 96.501.450-0, representada por su Gerente General, don Raúl Valenzuela Searle, Ingeniero Civil, cédula nacional de identidad Nº 5.583.758-9, ambos con domicilio en calle Suecia Nº 211, comuna de Providencia de la ciudad de Santiago, por una parte, y por la otra, el Contratante individualizado precedentemente, en adelante el Contratante o cotizante, se ha convenido el siguiente Contrato de Salud Previsional. El presente Contrato de Salud Previsional es indefinido y las partes solo podrán ponerle termino por las causales estipuladas en el; se celebra en conformidad con los dispuesto en Ley Nº 18,933 y sus modificaciones, contenidas en el DFL Nº 1,de 2005, del Ministerio de Salud, y en las Circulares emitidas por la Superintendencia de Salud, la ex Superintendencia de Isapres y su modificaciones. TIPO DE PLAN:Individual Forman Parte integrante del Contrato de Salud Previsional, además de la normativa legal y administrativa, los siguientes antecedentes: Las Condiciones Generales del Contrato de Salud Previsional, El Formulario de Declaración de Salud, Las Garantías Explícitas en Salud (GES), El Plan de Salud Complementario, La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC); El Formulario Único de Notificación (F.U.N.) tipo 1 y los demás que se suscriban durante la vigencia del Contrato; y el Arancel o Nómina de Prestaciones Valorizadas del plan contratado en adelante la NPV, documento que se encuentra a disposición del Cotizante y sus beneficiarios en cada oficina de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A. en las cuales se atienda público. Todos estos documentos, a excepción del Arancel que sólo lleva la firma del representante de ISAPRE CRUZ BLANCA S.A, deben ir firmados por ambas partes. Para todos los efectos legales del presente contrato las partes fijan domicilio especial en la ciudad de Santiago. II. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO CODIGO DE PLAN:1VT7400608
1VT7400608NOMBRE : HombreMujerHombreMujer 0 a menos de 21,801,801,801,80 2 a menos de 50,950,800,800,77 5 a menos de 100,750,550,630,55 10 a menos de 150,650,550,550,55 15 a menos de 200,600,700,550,60 20 a menos de 250,701,550,680,92 25 a menos de 300,802,150,681,50 30 a menos de 351,003,301,001,80 35 a menos de 401,103,051,101,65 40 a menos de 451,302,401,301,55 45 a menos de 501,452,451,451,60 50 a menos de 551,752,701,751,90 55 a menos de 602,403,202,402,10 60 a menos de 653,103,503,102,50 65 a menos de 704,303,704,303,00 70 a menos de 754,503,804,503,25 75 a menos de 805,504,505,504,50 80 y mas5,504,905,504,50 Firma Agente Isapre Cruz Blanca S.A.Firma Contratante Nombre :Nombre : Tope General por Beneficiario j) Nombre ArancelUnidad PrecioTotalPlandeSalud ComplementarioenUFsegúnGrupo familiar CODIGO DE PLAN: La cobertura Internacional se rige por los porcentajes de bonificación y topes de la Libre Elección Nacional y está afecta a un tope anual por beneficiario de UF1000. Las garantías Explicitas en Salud (GES) y cobertura adicional para enfermedades catastróficas CAEC se otorgará solamente en prestadores ubicados en el territorio nacional que formen parte de la Red de la Isapre. TABLA DE FACTORES SEXO EDAD Nº 537 UF VENTISQUEROS 7400 i)La cobertura por este concepto corresponde sólo en atención de urgencia, cirugía ambulatoria, y procedimiento de ortopedia y traumatología. j)Tanto el tope general anual por beneficiario, como los montos máximo usuario año son únicos y comprenden las bonificaciones de las prestaciones por libre elección y por la oferta Preferente. El valor indicado rige para cada beneficiario por año de vigencia de beneficios. La bonificación corresponde a la diferencia entre el precio de la prestación menos el copago del afiliado. Cuando la suma de la bonificación en un año sea igual al tope, solo se bonificará el 25% de los establecido en el plan de salud, determinándose de esta forma el nuevo copago del afiliado, con exclusión de las coberturas que explicitan un tope por evento o mensual en el plan de salud. (El precio se pagará en pesos. Para su cálculo se considera el valorde la UF del último día del mes al que corresponde devengar la cotización.) b)Se bonificará visita interconsultor sólo con indicación del médico tratante. NOTAS EXPLICATIVAS a)El presente Plan de Salud contempla mayor porcentaje de cobertura para todas las prestaciones que se realicen en las regiones VII; VIII; IX; X; IX; XII y XIV. Precio Base Plan de Salud Complementario en UFEdad (Años)ContratanteCargas (g)Con indicación médica justificada. (h)Tratándose de intervenciones quirúrgicas asociadas a un pabellón 5 o superior y/o uso de anestesia general, la cobertura de las prestaciones ambulatoriasdía cama, derecho de pabellón y honorarios médicos quirúrgicos,se bonificarán con los porcentajes y topes definidos en la cobertura para prestaciones hospitalizadas. UF 5000Isapre Cruz Blanca -20 Elaranceldeprestacionespodráserreajustadoy/o modificadodentro del mes de enero de cada año, y los cambios entrarán en vigencia a contar del primer día de marzo siguiente. Sin perjuicio de lo anterior, la Isapre está facultada para incorporar nuevas prestaciones al arancel en la oportunidad que estime conveniente, las que entrarán en vigencia al mes siguiente de su incorporación. e)Cobertura consulta de urgencia, sólo en atenciones otorgada en servicios de urgencia en horario hábil o inhábil. f)Corresponderá la bonificación de Lentes Ópticos (Cristales y/o Lentes de contacto) sólo con indicación médica, presentando la receta respectiva. c)La línea de cobertura "procedimientos" (diagnósticos y/o terapéuticos) es aplicable exclusivamente para la bonificación de los honorarios del profesional o la institución que realiza la atención. d)El tope anual indicado para psiquiatría hospitalizada incluye cualquier otra prestación de la especialidad que se otorgue durante la hospitalización. No incluye y no tienen cobertura los medicamentos.