NOMBRE2035 COLECTIVO TIPO DE PLAN :INDIVIDUAL PRESTADORES DERIVADOS U.F.A+N AMBULATORIA 1.1 MEDICA GENERAL80%0,85 1.2 MEDICA ESPECIALIDAD80%0,85 1.3 OFTALMOLOGICA80%0,85 1.4 PSIQUIATRICA80%0,856,00 U.F. 1.5 PSICOLOGIA CLINICA50%0,856,00 U.F. 1.6 DOMICILIO80%0,85 2.1 EXAMENES LABORATORIO80%2,4080%SIN TOPE85%SIN TOPE 2.2 IMAGENOLOGIA80%1,7070%SIN TOPE85%SIN TOPE 2.3 SCANNER80%3,7080%SIN TOPE 2.4 REHABILITACION80%3,6012,00 U.F. 2.5 PROCEDIMIENTOS MEDICOS80%1,90 2.6 PABELLON AMBULATORIO100%3,10 3.1 DIA CAMA (Ver NOTA 8.5)100%4,75166,00 U.F.100%SIN TOPE100%SIN TOPE 3.2 SALA CUNA100%2,80100%SIN TOPE100%SIN TOPE 3.3 INCUBADORA100%4,30100%SIN TOPE100%SIN TOPE 3.4 U.T.I. U.C.I.100%6,35 3.5 PABELLON100%3,10 3.6 MEDICAM. Y MATERIALES QUIRURGICOS80%29,50 3.7 OTRAS PRESTACIONES80% 3.8 DROGAS ANTINEOPLASICAS80%29,00 U.F. 4. HONORARIOS MEDICOS 4.1 MEDICO QUIRURGICO100%2,60 4.2 MATRONA100%2,60 5. OTROS 5.1 PROTESIS Y ORTESIS80%29,00 U.F. 5.2 CRISTALES Y MARCOS80%1,90 U.F. 5.3 TRASLADO80%1,42 U.F. 6. ATENCION DE URGENCIA 6.1 CONSULTA DE URGENCIA DIURNA80%0,8575%SIN TOPE 6.2 CONSULTA DE URGENCIA NOCTURNA80%0,8575%SIN TOPE 7. TIEMPOS DE ESPERA(en días corridos): 8. NOTAS EXPLICATIVAS 8.1 En prestaciones Hospitalarias desde el ítem 3.1 al 3.8 y Honorarios Médicos, relacionados con embarazo y parto, se bonificará un 25% de la cobertura general del plan. 8.2 El valor de los topes máximos de bonificación expresados en U.F., se reajustarán al valor de la U.F. del último día del mes anterior a aquel en que se otorguen las prestaciones objeto de reembolso y las órdenes de atención respectivas. 8.3 La cobertura preferencial ambulatoria, se refiere a Convenio 1: Clinica Antofagasta y Convenio 2: Clinica Baquedano y/o Centro Medico Norte. La cobertura preferencial en hospitalización se refiere a Convenio 1: Clínica Antofagasta, Sector Antofagasta; Convenio 2: Clínica Antofagasta, Sector Central y/o Baquedano, pertenecientes al Holding de Inversiones Clínicas Pukará S.A., en la ciudad de Antofagasta. 8.4 Los topes máximos de bonificación por año de contrato por beneficiario, son aplicables sólo en la libre elección. 8.5 La cobertura preferencial del punto 3.1 se refiere hasta el monto equivalente a Habitación Individual Stándard en Convenio 1 y Convenio 2. 8.6 Cobertura Dental sólo en centros en convenio en todo Chile, listado de prestadores a su disposición en todas las oficinas de la Isapre.La cobertura dental se refiere sólo a prestadores en convenio. 8.7 Para planes con cobertura reducida de parto o cesárea, no será aplicable la cobertura proporcional a que alude el inciso segundo del artículo 33 letra f) de la Ley N°18.933. 8.8 La cobertura óptica es sólo para corrección de la función. 8.9 El punto 3.7 se refiere a las prestaciones del item 2 con los topes de bonificación, allí señalados, con excepción del punto 2.6. En centros en Convenio 1 y 2 procede cobertura preferencial. 8.10 Cobertura kinesiologica sólo con profesionales pertenecientes a Sociedad SERVIKIN Ltda., para otros profesionales procede cobertura del punto 2.4. 9. PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA Durante la vigencia del presente plan, la Isapre estará obligada a aceptar el cambio que el (la) cotizante le solicite, a condición que en la Declaración de Embarazo que éste (a) deberá suscribir con este solo objeto, se consigne que la cotizante o beneficiaria, según sea el caso no se encuentra embarazada. El (la) cotizante tendrá derecho a optar, al menos, entre los siguientes planes de salud: a) Un plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquél que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida, caso en el cual podrán efecturase los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan. b) Un plan de salud que mantenga los beneficios del plan que se sustituye y que otorgue o aumente la cobertura de parto, caso en el cual podrá realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. U.F.7% X El precio del plan de salud se determina multiplicando su valor base por la tabla de factores detallada a continuación: Precio Base del Plan de Salud.U.F. Precio total del PlanU.F. ( según composición del grupo de beneficiarios.) Firma Habilitado IsapreFirma Contratante Nombre :Nombre : R.U.T.:R.U.T.: UNIDAD DEL ARANCELPESOS Sin días de espera en Consultas de Urgencias; Exámenes: 7 días; Procedimientos Diagnósticos y Terapéuticos: 15 días e Intervenciones Quirúrgicas: 30 días. 10. PRECIO DEL PLANPESOS 12. Tope general anual por beneficiario :3.000 U.F. Para la conversión a pesos de la cotización mensual, se utilizará el valor de la Unidad de Fomento del último día del mes anterior al pago de la cotización. 11. Nombre del arancel referencial :ARANCEL CRUZ BLANCA A+N DESCUENTO EN ATENCION DENTAL EN CENTROS EN CONVENIO (NOTA 8.6) HOSP. REG. ANTOFAGASTA SEGÚN SEA CONVENIO 1 ó 2 Con los Topes del ítem2 (Ver Nota 8.9) 3. HOSPITALIZACIONCLINICA ANTOFAGASTA SECTOR ANTOFAGASTASECTOR CENTRAL Y/O BAQUEDANO SEGÚN SEA CONVENIO 1 ó 2 HOSP. REG. ANTOFAG. 2. OTRAS PRESTACIONESCLINICA ANTOFAGASTACLINICA BAQUEDANO Y/O CENTRO MÉDICO NORTE MAXIMO BONIFICACION POR AÑO DE CONTRATO POR BENEFICIARIO PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE EL VALOR REAL TOPESDE BONIFICACION PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE EL VALOR REAL TOPESDE BONIFICACION 1. CONSULTA PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO O CESÁREA (Ver Notas 7.1 y 8.0) PRESTACIONES LIBRE ELECCIONOFERTA PREFERENTE CONVENIO 1CONVENIO 2 PORCENTAJE DE BONIFICACION SOBRE EL VALOR REAL TOPES DE BONIFICACION EVA VIII-ACODIGO FECHA XN° F.U.N. PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO NFUN _______________________________________FECHA ___________________________LUGAR______________________________________________ NOMBRE: _______________________________________________________________________________RUT: _______________________________________________